MINISTERIO DE EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Disposición 843/2018

DI-2018-843-APN-INET#ME

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2018

VISTO el Expediente Electronico N° 13105626-APN-INET#ME/18, la Disposición DI-2018-308-APN-INET#ME de fecha 16 de abril de 2018, su modificatoria DI-2018-725-APN-INET#ME y

CONSIDERANDO

Que la mencionada Disposición aprobó el Reglamento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, Ley 22.317, para el ejercicio 2018.

Que la fecha tope estipulada para la presentación de Proyectos educativos, en el marco de dicho Régimen, era el 29 de junio de 2018.

Que debido a problemas en la plataforma se prorrogó la fecha de presentación de proyectos hasta el 13 de julio de 2018.

Que la Plataforma On Line, donde las instituciones educativas deben cargar los proyectos, presentó algunas fallas técnicas que ha demorado este proceso.

Que se han presentado numerosos pedidos de instituciones educativas solicitando prorrogar el plazo previsto para la presentación de los proyectos, a los fines de completar la documentación formal que requieren los formularios previstos.

Que atendiendo a los principios que rigen al Régimen de Crédito Fiscal, resulta indispensable propender a la completa asignación del cupo establecido por la Ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional, para este organismo de Estado.

Que la presente se dicta conforme a las facultades conferidas a este INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA por los Decretos Nº 143/00, y su modificatorio 1895/02 y el Decreto 668/17.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el plazo establecido en el punto 3.2 del Anexo IF—2018-13104542-APN-INET#ME de la Disposición DI-2018-308-APN-INET#ME, que rige para la presentación de Proyectos de Educación Trabajo en el marco del Régimen de Crédito Fiscal del ejercicio 2018, que administra este organismo, hasta el 3 de agosto de 2018 inclusive.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro Gaston Goroyesky

e. 20/07/2018 N° 52155/18 v. 20/07/2018