CONTRATOS
Decisión Administrativa 1383/2018
DA-2018-1383-APN-JGM - Contrato
Interadministrativo de Prestación de Servicios Aeronáuticos. Apruébase
Memorándum de Entendimiento.
Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2018
VISTO los Expedientes Nros. EX-2018-01762425-APN-SECCTYPD#MD y
EX-2017-30571559-APN-DGM#FAA y, las Leyes Nros. 24.156 y 26.501, los
Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre
de 2016 y 690 del 16 de mayo de 2016, y sus respectivas modificatorias
y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 25 inciso d) apartado 8 del Decreto N° 1023/01 y el
artículo 22 del Anexo al Decreto N° 1030/16, establecen que la
modalidad de contratación directa se podrá aplicar para los contratos
celebrados entre las jurisdicciones y entidades del ESTADO NACIONAL,
entre sí o con organismos provinciales, municipales o del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también con las empresas y
sociedades en las que tenga participación mayoritaria el Estado,
siempre que tengan por objeto la prestación de servicios de seguridad,
de logística o de salud.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) es un organismo dependiente del
MINISTERIO DE DEFENSA, y éste es una jurisdicción comprendida dentro de
la Administración Central, conforme los términos del artículo 8°,
inciso a) de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por su parte, FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S. A.
(FAdeA), es una sociedad en la que el Estado Nacional, tiene una
participación accionaria mayoritaria, conforme lo dispuesto por la Ley
N° 26.501, que autorizó al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del
MINISTERIO DE DEFENSA, a ejercer la opción de compra de las acciones de
la Empresa LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que con fecha 25 de abril de 2017 la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y
FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA)
suscribieron el Contrato Interadministrativo de Prestación de Servicios
Aeronáuticos para la FUERZA AÉREA ARGENTINA, correspondiente al período
2017 – Diciembre 2018.
Que el objeto del contrato celebrado se circunscribe a la Prestación de
Servicios Aeronáuticos, comprendiendo programas de ingeniería,
mantenimiento, reparación, recorrida general (overhaul), fabricación de
partes, apoyo al usuario, recertificación, habilitación de nuevas
capacidades, servicios de apoyo logístico, servicios aeronáuticos y
servicios generales, por un monto total de PESOS UN MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y DOS ($ 1.587.683.582), correspondiente al Período 2017-
Diciembre de 2018.
Que dicho Contrato Interadministrativo y sus SEIS (6) Anexos fueron
aprobados por la Decisión Administrativa N° 604 del 9 de agosto de 2017.
Que teniendo en cuenta el tiempo trascurrido desde la firma del
Contrato entre las partes y su aprobación, así como la duración de los
ciclos de adquisición de materiales, FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES
“BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA) y la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) se
ven imposibilitadas de brindar los Servicios establecidos en su
oportunidad al no haber podido incorporar el material adquirido para la
prestación de los mismos durante el período 2017.
Que en las actividades de Mantenimiento Aeronáutico inicialmente
definidas en el artículo 2 del Contrato, no se tuvieron en cuenta
algunos Sistemas de Armas que requieren modernización mediante la
incorporación de tecnologías o equipamiento, ya sea por obsolescencia
del material actual o para ampliar sus capacidades.
Que con fecha 9 de enero de 2018, el Presidente de FÁBRICA ARGENTINA DE
AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S. A. (FAdeA) informó al entonces
Subsecretario de Investigación, Desarrollo y Producción para la Defensa
del MINISTERIO DE DEFENSA, que a los fines presupuestarios, no se
encuentra en condiciones de cumplir la totalidad de los servicios
establecidos en el Contrato Interadministrativo.
Que en consecuencia la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y FÁBRICA ARGENTINA
DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S. A. (FAdeA) suscribieron de mutuo
acuerdo una modificación del Contrato Interadministrativo mediante la
firma de un Memorándum de Entendimiento N° 1/2018 entre las partes a
efectos de subsanar inconvenientes en la ejecución del Contrato.
Que en el citado Memorándum de Entendimiento N° 01/2018 se modifican
los artículos 2, 7 y 10 y los Anexos I, II, III y IV del Contrato.
Que mediante una Enmienda suscripta el 12 de junio de 2018, por la
FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN
MARTÍN” S.A. (FAdeA), se subsanaron errores materiales del Memorándum
de Entendimiento N° 1/2018 del 5 de marzo de 2018.
Que todos aquellos aspectos del Contrato que no hayan sido modificados
o reemplazados en forma expresa en el Memorándum referido o en su
Enmienda modificatoria, mantienen su plena validez y vigencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la
FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y la DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO del
MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado la intervención correspondiente.
Que los Anexos I y II del Contrato Interadministrativo mencionado, han
sido declarados como de SECRETO MILITAR, en los términos del Decreto N°
9390 del 11 de octubre de 1963, mediante Resolución del MINISTERIO DE
DEFENSA N° 467 del 6 de junio de 2017.
Que el Servicio Jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el
artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35
inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus
modificatorios, y el artículo 9º del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº
1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento N° 01/2018
(IF-2018-34603714-APN-SSICYPID#MD) al Contrato Interadministrativo de
Prestación de Servicios Aeronáuticos celebrado entre la FUERZA AÉREA
ARGENTINA y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A.
(FAdeA) aprobado por Decisión Administrativa N° 604 del 9 de agosto de
2017, suscripto por las citadas FUERZA AÉREA ARGENTINA y FÁBRICA
ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), y sus Anexos I
(IF-2018-34799585-APN-EMGFAA#FAA), II
(IF-2018-34814699-APN-EMGFAA#FAA), III
(IF-2018-34603669-APN-SSICYPID#MD) y IV
(IF-2018-34603592-APN-SSICYPID#MD), revistiendo los Anexos I y II,
carácter de SECRETO MILITAR.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la Enmienda al Memorándum de Entendimiento N°
01/2018 (IF-2018-34603767-APN-SSICYPID#MD) al Contrato
Interadministrativo de Prestación de Servicios Aeronáuticos celebrado
entre la FUERZA AÉREA ARGENTINA y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG.
SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA) aprobado por Decisión Administrativa N° 604
del 9 de agosto de 2017, suscripta el 12 de junio de 2018 por las
citadas FUERZA AÉREA ARGENTINA y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG.
SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA).
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas
correspondientes a la Subjurisdicción 45-23 - ESTADO MAYOR GENERAL DE
LA FUERZA AÉREA, para el Ejercicio 2018.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, con excepción de los Anexos I y
II, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-. Los
Anexos I y II no se publican.
e. 23/07/2018 N° 52925/18 v. 23/07/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)