PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
Resolución 327/2018
RESOL-2018-327-APN-SGP
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2018
VISTO el EX-2018-33445251--APN-CGD#SGP, la Ley N° 27.431 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, el Decreto Nº 1545 de fecha 31
de agosto de 1994 y, el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y
sus modificatorios y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo del 2018, se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta el nivel de Subsecretaría, y sus respectivos objetivos, entre los
que se encuentran los correspondientes a la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que en los términos del Decreto Nº 174/18 corresponde a la SECRETARÍA
DE GESTIÓN INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN dirigir la asistencia al señor SECRETARIO GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el diseño y actualización de políticas
públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos
de la comunidad.
Que el sector del artesanado argentino representa un sector
significativo de la economía argentina que es necesario desarrollar y
favorecer mediante el diseño de políticas que permitan su incentivo y
crecimiento, de forma tal de asistirlo en la producción y la promoción
de sus productos.
Que resulta necesario impulsar una política que promueva al sector del
artesanado en toda la cadena de valor productiva y que potencie los
oficios artesanales de tradición argentina para favorecer el desarrollo
de las economías regionales.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario crear el PROGRAMA
ARTESANADO ARGENTINO, con dependencia de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
como herramienta para promover la generación de una política pública
integral y transversal para favorecer el desarrollo del sector
productivo vinculado a la producción de artesanías argentinas, en
coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL con competencia en la
materia.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
de DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL
Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y el Anexo II,
Apartado I, Punto 3 del Decreto N° 174/18 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA ARTESANADO ARGENTINO, dependiente de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, cuyos objetivos se detallan en el ANEXO I
(IF-2018-33460480-APN-SGI#SGP) de la presente, y que tendrá la misión
de generar una política pública integral y transversal que favorezca el
desarrollo del sector productivo vinculado a la producción de
artesanías argentinas, en coordinación con las áreas del ESTADO
NACIONAL con competencia en la materia.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-01 SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Fernando de Andreis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2018 N° 52484/18 v. 23/07/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I AL ARTÍCULO 1
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
OBJETIVOS DEL PROGRAMA ARTESANADO ARGENTINO
1. Diseñar y ejecutar acciones tendientes a la promoción, incentivo y
desarrollo de las capacidades productivas de colectivos de artesanos y
pequeños productores, en coordinación con las distintas dependencias
nacionales, provinciales, municipales con competencia en la materia,
organizaciones de la sociedad civil, entidades públicas y privadas.
2. Generar una marca para artesanías argentinas que representen los
valores, calidad, diversidad, historia y cultura de cada región, y
proponer herramientas y estrategias para la difusión de la marca en el
país y en el exterior, en coordinación con las áreas del ESTADO
NACIONAL con competencia en la materia.
3. Establecer y definir criterios, condiciones, y mecanismos de selección de las artesanías que integrarán la marca.
4. Generar acciones tendientes al desarrollo de mercados internos y
externos, dentro de los parámetros del comercio justo y consumo
responsable y sustentable, para los productos artesanales argentinos,
en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL con competencia en la
materia.
5. Favorecer la fusión entre la artesanía de tradición y el diseño
contemporáneo mediante políticas que promuevan la incorporación de
diseño, innovación y tecnología en la elaboración de artesanías
argentinas.
6. Promover e impulsar procesos asociativos, fortalecimiento
comunitario, la revalorización del rol de la mujer y el acceso a las
nuevas tecnologías de la población vinculada al artesanado, en
coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL con competencia en la
materia.
7. Promover el resguardo y la transmisión de los oficios artesanales de
tradición argentina, el saber-hacer ancestral y de todo el patrimonio
cultural material e inmaterial vinculado a la producción de artesanías.
IF-2018-33460480-APN-SGI#SGP