MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución 423/2018
RESOL-2018-423-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2018
VISTO: El expediente Nº EX-2017-25713910--APN-DGAYF#MAD del registro
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, las Leyes Nros.
24.295, 25.438 y 27.270, el Decreto N° 1247 del 12 de diciembre de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.295 se aprobó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO, adoptada en Nueva York (Estados
Unidos de América) el 9 de mayo de 1992 y abierta a la firma en Río de
Janeiro (República Federativa del Brasil) el 4 de junio de 1992.
Que, a su vez, por la Ley N° 25.438 se aprobó el Protocolo de Kyoto de
la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático,
adoptado en Kyoto (Japón) el 11 de diciembre de 1997.
Que mediante la Ley N° 27.270 se aprobó el Acuerdo de París, hecho en
la ciudad de París – República Francesa – el 12 de diciembre de 2015,
cuyo objeto consiste en reforzar la respuesta mundial a la amenaza del
cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los
esfuerzos por erradicar la pobreza.
Que mediante el Decreto N° 1247 del 12 de diciembre de 2016 se aprobó
el CONVENIO DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE DE INVERSIONES DEL FONDO
PARA EL MEDIO AMBIENTE MUNDIAL (FMAM) correspondiente a la Donación N°
GRT/FM-15083-AR para la asistencia financiera del Proyecto GEF AR-G1002
“Eficiencia Energética y Energía Renovable en la Vivienda Social
Argentina”, a suscribirse entre la República Argentina y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) en su carácter de administrador del
Fondo de Financiamiento en cuestión.
Que con fecha 15 de Marzo de 2017 se suscribió el CONVENIO DE
FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE DE INVERSIONES DEL FONDO PARA EL MEDIO
AMBIENTE MUNDIAL (FMAM) N° GRT/FM-15803-AR entre el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) en su calidad de administrador del
Fondo BID/FMAN y la República Argentina, en virtud del cual la
mencionada entidad internacional asignó a la Nación una donación para
la ejecución del PROYECTO, por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CATORCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
(U$ D 14.630.855).
Que el objetivo de la Donación es cooperar en la ejecución del proyecto
Eficiencia Energética y Energía Renovable en la Vivienda Social
Argentina.
Que el art. 4.02 del Anexo Único del Convenio de Financiamiento aludido
estipula que el Destinatario deberá establecer y mantener una Unidad
Co-ejecutora de Proyecto (UCEP) para la ejecución de las actividades
especializadas bajo su competencia.
Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 1247/2016 se designó a la
SUBSECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente
de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO
SUSTENTABLE del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, como
“Organismo Co-Ejecutor” del Convenio de Financiamiento, quedando
facultadas para celebrar los actos y contratos necesarios para la
correcta implementación del citado proyecto.
Que la mencionada SUBSECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO
SUSTENTABLE fue continuada por la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y
DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE en virtud de lo dispuesto por el Decreto N°
174/2018.
Que, asimismo, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y
eficacia en la ejecución del referido Proyecto, así como la eficiencia
en el uso de los recursos y el logro de los resultados y productos
previstos en tiempo y forma según los principios de la buena gestión
pública, resulta prioritario delegar la realización de las actividades
de gestión administrativa, financiera y contrataciones del Proyecto
aludido en la respectiva Unidad Co-ejecutora de Proyecto (UCEP) a
través del agente designado en carácter de Director Nacional, en razón
de su especificidad y calificaciones técnicas en la materia.
Que, por las razones expresadas, corresponde crear la Unidad
Co-ejecutora de Proyecto MAyDS “Eficiencia Energética y Energía
Renovable en la Vivienda Social Argentina”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del
12 de marzo de 1992) y modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1°. - Créase en el ámbito de la SECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO
Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE la Unidad Co-ejecutora de Proyecto MAyDS “Eficiencia
Energética y Energía Renovable en la Vivienda Social Argentina”
(Donación FMAM GRT/FM-15083-AR).
ARTICULO 2°.- Apruébese en el ámbito de la Unidad Co-ejecutora de
Proyecto MAyDS “Eficiencia Energética y Energía Renovable en la
Vivienda Social Argentina” creada en virtud del artículo precedente su
estructura básica, la cual estará conformada por las Coordinaciones
General y Técnica; Legal, de Adquisiciones y Contrataciones; y
Administrativa, Contable y Financiera, las que tendrán las funciones
detalladas en Anexo I (IF-2017-26746215-APN-DNTDS#MAD), que forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 3°. - Designase, con carácter ad honorem, a partir del 1° de
agosto de 2017, al Ing. Carlos Bruno GENTILE, D.N.I. N° 18.353.786,
como Director Nacional del Proyecto “Eficiencia Energética y Energía
Renovable en la Vivienda Social Argentina” (Donación FMAM
GRT/FM-15083-AR).
ARTICULO 4°. - Ratifíquese lo actuado por el Ing. Carlos Bruno GENTILE
en su calidad de Director Nacional del Proyecto el marco del Proyecto
“Eficiencia Energética y Energía Renovable en la Vivienda Social
Argentina” (Donación FMAM GRT/FM-15083-AR).
ARTICULO 5°. - Apruébese el plan de actividades y los montos
establecidos para cada una de ellas según se detalla en Anexo II
(IF-2017-26747122-APN-DNTDS#MAD) que forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Alejandro Bergman
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/07/2018 N° 52707/18 v. 23/07/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)