SERVICIO EXTERIOR
Decreto 686/2018
DECTO-2018-686-APN-PTE - Establécese Representación Diplomática.
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2017-09528639-APN-DDMEAPYA#MRE, y
CONSIDERANDO:
Que por la Declaración Conjunta de fecha 23 de abril de 1993 se
establecieron relaciones diplomáticas entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la
REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL.
Que, desde entonces, no se ha asignado la concurrencia diplomática y la
circunscripción consular de la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL a
ninguna Representación Argentina.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, luego de realizadas
las evaluaciones pertinentes, considera conveniente establecer la
concurrencia diplomática ante la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL, en la
Embajada de la República en JAPÓN.
Que, en el mismo sentido, resulta necesario modificar la
circunscripción consular de la Sección Consular de la Embajada de la
República en JAPÓN, para que incorpore el territorio de la REPÚBLICA DE
LAS ISLAS MARSHALL.
Que la asignación propuesta redundará en una mejor atención de las
relaciones bilaterales entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE
LAS ISLAS MARSHALL, facilitando la promoción de los vínculos políticos,
económicos y culturales.
Que la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL y JAPÓN han sido debidamente
notificados de la intención del Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA de
ejercer la concurrencia diplomática con la REPÚBLICA DE LAS ISLAS
MARSHALL desde la Embajada de la República en JAPÓN, conforme lo
establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y
la circunscripción consular con la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL
desde la Sección Consular de la Embajada de la República en JAPÓN,
conforme lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones
Consulares, aprobadas por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 14 de
septiembre de 1963 y la Ley Nº 17.081, respectivamente.
Que la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL y JAPÓN, luego de haber sido
notificados en debida forma de acuerdo con lo establecido en la
Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, artículo 5, y la
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, artículo 7°, no se han
opuesto expresamente.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO han tomado intervención en el ámbito de sus
respectivas competencias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécese la Representación Diplomática de la REPÚBLICA
ARGENTINA ante la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL, asignándose tal
función a la Embajada de la República en JAPÓN.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase la circunscripción consular de la Sección
Consular de la Embajada de la República en JAPÓN, la cual incorporará
el territorio de la REPÚBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL.
ARTÍCULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente
decreto se imputarán a las respectivas partidas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie
e. 25/07/2018 N° 53678/18 v. 25/07/2018