DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 3304/2018
DI-2018-3304-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2018
VISTO el Expediente EX-2017-04000363-APN-DGA#DNM del registro de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la
Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo
de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.871 y sus modificatorias,
el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, la Disposición
DI-2017-6333-APN-DNM#MI del 15 de noviembre de 2017, la Disposición
DI-2018-553-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2018, la Disposición
DI-2018-1108-APN-DNM#MI del 15 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota del 18 de junio de 2018 el Comité Organizador de los
Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 –DIRECCIÓN DE
OPERACIONES- informó que a la fecha se habían recibido cerca de
CUARENTA MIL (40.000) registraciones internacionales, superando las
expectativas, y que por distintas cuestiones particulares de algunos
países alrededor de CINCO MIL (5.000) participantes se vieron
imposibilitados de completar su registración antes del día 15 de junio
de 2018, fecha límite prevista en las normativas específicas para la
registración e información a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES de
las personas que participarán del evento, solicitando la extensión de
dicho plazo hasta el día 15 de agosto de 2018 a fin de completar el
proceso de registración y remisión de la información al Organismo.
Que por las Disposiciones DI-2017-6333-APN-DNM#MI y
DI-2018-1108-APN-DNM#MI se establecio en sus respectivos artículos 3°
que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA del
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, o quien éste designe
deberían remitir hasta el día 15 de junio de 2018 a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MIGRACIONES la nómina de las personas registradas para cada
una de las categorías que dichas normativas regulan y bajo las
condiciones allí descriptas.
Que mediante Convenio de Colaboración suscripto el día 29 de marzo de
2017 el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA del
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la DIRECCIÓN NACIONAL
DE MIGRACIONES han acordado desarrollar e implementar acciones
conjuntas y de cooperación mutua para el desarrollo de los JUEGOS
OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018, a realizarse en la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES entre los días 6 y 18 de octubre de 2018,
comprometiéndose la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a arbitrar los
medios conducentes a fin de garantizar un trámite abreviado para el
ingreso al Territorio Nacional de las personas acreditadas a los
mencionados Juegos.
Que resulta razonable la solicitud incoada, en tanto se trata de contar
con la anticipación necesaria de la información de los ciudadanos
extranjeros que participarán del evento referido.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley N° 25.871, sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 616
del 3 de mayo de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el artículo 3° de la Disposición
DI-2017-6333-APN-DNM#MI del 15 de noviembre de 2017, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3°.- A efectos de la implementación de las facilidades
previstas en la presente Disposición, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, o quien éste designe deberá remitir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES el listado total de las personas registradas y acreditadas
para participar del evento hasta el día 15 de agosto de 2018.”
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el artículo 3° de la Disposición
DI-2018-1108-APN-DNM#MI del 15 de marzo de 2018, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3°.- Lo previsto en los artículos 1º y 2° será aplicable a
todos los extranjeros que hayan sido debidamente registrados por el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DEL GOBIERNO DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la calidad allí descripta y cuya
nómina sea debidamente comunicada por el mencionado Ministerio a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES con anterioridad al día 15 de agosto
de 2018 debiendo dicho Ministerio, asimismo, remitir la nómina
correspondiente a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES
dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a efectos
de la emisión de la visa consular argentina, cuando correspondiera.”
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio José García
e. 25/07/2018 N° 53223/18 v. 25/07/2018