MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 455/2018
RESOL-2018-455-APN-SECPYME#MP
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2018
VISTO el Expediente EX-2018-34314105- -APN-DGD#MP, la Ley Nº 24.467 y
sus modificaciones, los Decretos Nros. 1076 de fecha 24 de agosto de
2001 y 699 de fecha 25 de julio de 2018, la Resolución N° 212 de fecha
28 de noviembre de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye, entre otros, el
Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al citado
Ministerio.
Que por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
estableciéndose, entre otros, los objetivos de la SECRETARÍA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que por la Resolución N° 391 de fecha 11 de agosto de 2016 del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y su modificatoria, se ha designado a la
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA como
Autoridad de Aplicación de diversos programas, entre ellos, el Sistema
de Sociedades de Garantía Recíproca previsto en la Ley Nº 24.467 y sus
modificatorias.
Que mediante la Ley Nº 24.467 y sus modificaciones se creó la figura
jurídica de las Sociedades de Garantía Recíproca, cuyo objeto principal
es el otorgamiento de garantías a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
mediante la celebración de contratos regulados en dicha ley.
Que mediante el Decreto Nº 699 de fecha 25 de julio de 2018 fue
aprobada la nueva reglamentación del Sistema de Sociedades de Garantía
Recíproca, ello a fin de receptar las últimas modificaciones
implementadas a la ley anteriormente citada.
Que mediante la Resolución N° 38 de fecha 13 de febrero de 2017 de la
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el “Registro de Empresas MiPyMEs”,
con las finalidades establecidas en el Artículo 27 de la Ley Nº 24.467,
sustituido por el Artículo 33 de la Ley N° 27.264.
Que mediante la Resolución N° 340 de fecha 11 de agosto de 2017 de la
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, fueron establecidos los requisitos necesarios
a los fines de acreditar la condición de Micro, Pequeña y Mediana
Empresa.
Que a través del Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2018 fueron
aprobadas las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación”,
aplicables para el funcionamiento del Sector Público Nacional, para el
dictado de la normativa y sus regulaciones.
Que, en este contexto, corresponde a esta Autoridad de Aplicación
adecuar el marco jurídico aplicable al sistema de Sociedades de
Garantía Recíproca, ello a fin de que el mismo resulte armónico con la
restante normativa aplicable.
Que el proyecto que por la presente se aprueba, tiene como objetivo
principal optimizar los criterios de economía, eficiencia y eficacia, a
fin de fomentar el desarrollo del Sistema mediante la simplificación de
los procedimientos requeridos por la entidad regulatoria.
Que, asimismo, derivado de la implementación de las modificaciones
propuestas, se espera un incremento sustancial en la cantidad de
garantías otorgadas, en los montos totales de operaciones garantizadas
y en la cantidad de MiPyMEs beneficiadas por el sistema.
Que, de esta forma, también resulta un objetivo fundamental de la nueva
reglamentación el impulsar el mejoramiento de las condiciones de acceso
al financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que
desarrollan actividades en el país.
Que, en consecuencia, corresponde derogar la Resolución N° 212 de fecha
28 de noviembre de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y dictar
la nueva normativa que regule el sistema de Sociedades de Garantía
Recíproca.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias
establecidas en el Artículo 81 de la Ley Nº 24.467 y sus
modificaciones, y en los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018
y sus modificatorios y 699 de fecha 25 de julio de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Deróganse la Resolución N° 212 de fecha 28 de noviembre
de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y las Disposiciones
Nros. 34 de fecha 18 de noviembre de 2016, 64 de fecha 30 de agosto de
2017 y 80 de fecha 8 de noviembre de 2017, todas ellas de la ex
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las “Normas Generales del Sistema de
Sociedades de Garantías Recíprocas” que, como Anexo
(IF-2018-35863786-APN-SECPYME#MP), forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del
primer día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano Mayer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/07/2018 N° 54374/18 v. 27/07/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)