COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución General 755/2018

RESGC-2018-755-APN-DIR#CNV - Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2018

VISTO el Expediente Nº 818/2018 caratulado “AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EEFF TRIMESTRALES AL 31/03/2018 DE ENTIDADES AUTORIZADAS POR EL BCRA POR INCORPORAR NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA” del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, lo dictaminado por la Subgerencia de Control Contable, la Gerencia de Registro y Control, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y

CONSIDERANDO:

Que, por medio de la Comunicación “A” 6114, el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) estableció que partir de los ejercicios iniciados el 1º de enero de 2018, las entidades financieras deberían comenzar a registrar sus operaciones y variaciones patrimoniales y elaborar sus estados financieros de acuerdo con las NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) emitidas por el International Accounting Standars Board (IASB) y adoptadas hasta la fecha por la Resolución Técnica Nº 26 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, sus modificatorias y las circulares de adopción aprobadas, cuya fecha de entrada en vigencia sea anterior al 31/12/18.

Que, con fecha 26 de abril de 2018, el BCRA emitió la Comunicación “A” 6497, por la cual extendió hasta el 5 de junio de 2018 el plazo para la presentación de los Regímenes Informativos “Estados Financieros para publicación Trimestral/Anual” y “Supervisión Trimestral/Anual”.

Que, en línea con ello y a los fines de compatibilizar el plazo de presentación de los estados financieros trimestrales correspondientes al ejercicio iniciado el 1º de enero de 2018 y finalizado el 31 de marzo de 2018, esta COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) emitió la Resolución General N° 732, de fecha 8 de mayo de 2018, a través de la cual incorporó el artículo 3° del Capítulo XIV del Título XVIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.), permitiendo a las entidades financieras autorizadas a funcionar en los términos de la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias a presentar sus Estados Financieros Trimestrales, correspondientes al ejercicio iniciado el 1º de enero de 2018 y finalizado el 31 de marzo de 2018, hasta el 5 de junio de 2018.

Que con posterioridad, mediante Comunicación “A” 6533, el BCRA dispuso la extensión del plazo para la presentación de los Regímenes Informativos “Estados Financieros para Publicación Trimestral/Anual” y “Supervisión Trimestral/Anual”, correspondientes al 2° y 3° Trimestre de 2018, hasta el 29 de agosto de 2018 y 29 de noviembre de 2018 respectivamente.

Que atendiendo a las especiales circunstancias mencionadas, resulta razonable y prudente compatibilizar con lo dispuesto por el BCRA, con carácter excepcional, el plazo de presentación de los estados financieros trimestrales, correspondientes al 2° trimestre y 3° trimestre de las entidades financieras que asimismo se encuentren autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores y/o registradas ante la CNV por sus actividades vinculadas al mercado de capitales.

Que, en virtud de lo estipulado por el artículo 2° del Capítulo I del Título IV de las Normas (N.T. 2013 y mod.), corresponde precisar que la referida medida alcanza también a las entidades emisoras cuyos principales activos y resultados estén constituidos por y se originen en inversiones en entidades financieras y presenten sus estados financieros observando la normativa establecida por el BCRA.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 19, incisos g) y h) de la Ley Nº 26.831 y modificatorias.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 3° del Capítulo XIV del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“PRESENTACIÓN ESTADOS FINANCIEROS TRIMESTRALES NIIF. ENTIDADES INCLUIDAS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS.

ARTÍCULO 3º.- Las entidades financieras autorizadas a funcionar en los términos de la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias, que se encuentren autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores y/o registradas ante la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES por sus actividades vinculadas al mercado de capitales, y las entidades emisoras cuyos principales activos y resultados estén constituidos por y se originen en inversiones en entidades financieras y presenten sus estados financieros observando la normativa establecida por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en los términos de lo dispuesto por el artículo 2° del Capítulo I del Título IV de las Normas (N.T. 2013 y mod.),deberán presentar sus Estados Financieros Trimestrales, correspondientes a los periodos finalizados:

a) el 31 de marzo de 2018, hasta el 5 de junio de 2018;

b) el 30 de junio de 2018, hasta el 29 de agosto de 2018;

c) el 30 de septiembre de 2018, hasta el 29 de noviembre de 2018”.

ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el sitio web del Organismo www.cnv.gob.ar, agréguese al texto de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) y archívese. Rocio Balestra - Marcos Martin Ayerra - Patricia Noemi Boedo - Carlos Martin Hourbeigt - Martin Jose Gavito

e. 30/07/2018 N° 54500/18 v. 30/07/2018