COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 755/2018
RESGC-2018-755-APN-DIR#CNV - Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2018
VISTO el Expediente Nº 818/2018 caratulado “AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE
PRESENTACIÓN DE EEFF TRIMESTRALES AL 31/03/2018 DE ENTIDADES
AUTORIZADAS POR EL BCRA POR INCORPORAR NORMAS INTERNACIONALES DE
INFORMACIÓN FINANCIERA” del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE
VALORES, lo dictaminado por la Subgerencia de Control Contable, la
Gerencia de Registro y Control, la Subgerencia de Normativa y la
Gerencia de Asuntos Legales, y
CONSIDERANDO:
Que, por medio de la Comunicación “A” 6114, el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) estableció que partir de los ejercicios
iniciados el 1º de enero de 2018, las entidades financieras deberían
comenzar a registrar sus operaciones y variaciones patrimoniales y
elaborar sus estados financieros de acuerdo con las NORMAS DE
INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) emitidas por el International Accounting
Standars Board (IASB) y adoptadas hasta la fecha por la Resolución
Técnica Nº 26 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de
Ciencias Económicas, sus modificatorias y las circulares de adopción
aprobadas, cuya fecha de entrada en vigencia sea anterior al 31/12/18.
Que, con fecha 26 de abril de 2018, el BCRA emitió la Comunicación “A”
6497, por la cual extendió hasta el 5 de junio de 2018 el plazo para la
presentación de los Regímenes Informativos “Estados Financieros para
publicación Trimestral/Anual” y “Supervisión Trimestral/Anual”.
Que, en línea con ello y a los fines de compatibilizar el plazo de
presentación de los estados financieros trimestrales correspondientes
al ejercicio iniciado el 1º de enero de 2018 y finalizado el 31 de
marzo de 2018, esta COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) emitió la
Resolución General N° 732, de fecha 8 de mayo de 2018, a través de la
cual incorporó el artículo 3° del Capítulo XIV del Título XVIII de las
Normas (N.T. 2013 y mod.), permitiendo a las entidades financieras
autorizadas a funcionar en los términos de la Ley Nº 21.526 y sus
modificatorias a presentar sus Estados Financieros Trimestrales,
correspondientes al ejercicio iniciado el 1º de enero de 2018 y
finalizado el 31 de marzo de 2018, hasta el 5 de junio de 2018.
Que con posterioridad, mediante Comunicación “A” 6533, el BCRA dispuso
la extensión del plazo para la presentación de los Regímenes
Informativos “Estados Financieros para Publicación Trimestral/Anual” y
“Supervisión Trimestral/Anual”, correspondientes al 2° y 3° Trimestre
de 2018, hasta el 29 de agosto de 2018 y 29 de noviembre de 2018
respectivamente.
Que atendiendo a las especiales circunstancias mencionadas, resulta
razonable y prudente compatibilizar con lo dispuesto por el BCRA, con
carácter excepcional, el plazo de presentación de los estados
financieros trimestrales, correspondientes al 2° trimestre y 3°
trimestre de las entidades financieras que asimismo se encuentren
autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores y/o registradas
ante la CNV por sus actividades vinculadas al mercado de capitales.
Que, en virtud de lo estipulado por el artículo 2° del Capítulo I del
Título IV de las Normas (N.T. 2013 y mod.), corresponde precisar que la
referida medida alcanza también a las entidades emisoras cuyos
principales activos y resultados estén constituidos por y se originen
en inversiones en entidades financieras y presenten sus estados
financieros observando la normativa establecida por el BCRA.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 19, incisos g) y h) de la Ley Nº 26.831 y modificatorias.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 3° del Capítulo XIV del Título
XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
“PRESENTACIÓN ESTADOS FINANCIEROS TRIMESTRALES NIIF. ENTIDADES INCLUIDAS EN LA LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS.
ARTÍCULO 3º.- Las entidades financieras autorizadas a funcionar en los
términos de la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias, que se encuentren
autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores y/o registradas
ante la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES por sus actividades vinculadas al
mercado de capitales, y las entidades emisoras cuyos principales
activos y resultados estén constituidos por y se originen en
inversiones en entidades financieras y presenten sus estados
financieros observando la normativa establecida por el BANCO CENTRAL DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA, en los términos de lo dispuesto por el artículo
2° del Capítulo I del Título IV de las Normas (N.T. 2013 y
mod.),deberán presentar sus Estados Financieros Trimestrales,
correspondientes a los periodos finalizados:
a) el 31 de marzo de 2018, hasta el 5 de junio de 2018;
b) el 30 de junio de 2018, hasta el 29 de agosto de 2018;
c) el 30 de septiembre de 2018, hasta el 29 de noviembre de 2018”.
ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución General entrará en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
la República Argentina.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el sitio web del
Organismo www.cnv.gob.ar, agréguese al texto de las NORMAS (N.T. 2013 y
mod.) y archívese. Rocio Balestra - Marcos Martin Ayerra - Patricia
Noemi Boedo - Carlos Martin Hourbeigt - Martin Jose Gavito
e. 30/07/2018 N° 54500/18 v. 30/07/2018