MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Resolución 319/2018

RESOL-2018-319-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2018

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2018-04440732-APN-DDMEAPYA#MRE, la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS adoptada en la Ciudad de San Francisco, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el día 26 de junio de 1945, aprobada por la Ley N° 12.838, los Decretos Nros. 1521 de fecha 1° de noviembre de 2004, 1867 de fecha 16 de octubre de 2014, las Resoluciones Nros. 2397 de fecha 22 de diciembre de 2017 del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, 52 de fecha 11 de enero de 2007, 409 de fecha 27 de agosto de 2009, todas del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, 404 de fecha 26 de octubre de 2017, 441 de fecha 13 de noviembre de 2017, 461 de fecha 22 de noviembre de 2017, 526 de fecha 20 de diciembre de 2017, todas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2° del Decreto N° 1521/04 establece que en los casos en que el CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS o sus órganos subsidiarios identifiquen personas o entidades sujetas al régimen de sanciones previsto en las resoluciones de ese órgano, este Ministerio dará a conocer y actualizará los listados correspondientes a través de resoluciones a publicarse en el Boletín Oficial.

Que mediante la Resolución N° 52/07 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se dieron a conocer las sanciones adoptadas por el CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS en su Resolución N° 1718 (2006) respecto de la REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA.

Que mediante la Resolución N° 409/09 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se amplió el régimen de sanciones impuesto sobre la REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA adoptada por medio de la Resolución N° 1874 (2009) del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS.

Que mediante las Resoluciones Nros. 404/17, 441/17, 461/17 y 526/17 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, se dieron a conocer las Resoluciones Nros. 2371 (2017), 2356 (2017), 2368 (2017) y 2375 (2017), respectivamente, del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS que modificaron y ampliaron el régimen de sanciones impuesto sobre la REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA.

Que resulta preciso dar a conocer las medidas que imponen sanciones adicionales y actualiza la lista de personas y entidades respecto del régimen de sanciones, adoptadas en la Resolución N° 2397 (2017) del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, relativas a la REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA.

Que la Dirección de Organismos Internacionales propicia el dictado de la presente resolución.

Que la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales, la Dirección General de Asuntos Consulares, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR, la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 1521/04.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la Resolución N° 2397 (2017) del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, que modifica las medidas y actualiza la lista de personas y entidades, respecto del régimen de sanciones relativo a la REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA, que como Anexo registrado en el Módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales bajo el código IF-2018-04890792-APN-DGOI#MRE, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Marcelo Faurie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/08/2018 N° 56250/18 v. 06/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)