NSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Decisión Administrativa 1462/2018

DA-2018-1462-APN-JGM - Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-11806688-APN-INAI#MJ, la Ley Nº 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Indígenas y su Decreto Reglamentario Nº 155 del 2 de febrero de 1989 y su modificatorio, la Ley Nº 24.071 aprobatoria del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, los Decretos Nº 410 del 12 de abril de2006, Nº 702 del 20 de mayo de 2010 y Nº 12 del 5 de enero de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 23.302 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, como entidad descentralizada con participación indígena.

Que el Decreto Nº 155/89 reglamentó la Ley mencionada en el Considerando precedente.

Que mediante el Decreto 410/06 se aprobó la estructura organizativa del citado ente descentralizado, dependiente de la entonces SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que mediante el Decreto Nº 702/10 se incorporó a la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS la DIRECCION DE AFIRMACIÓN DE LOS DERECHOS INDÍGENAS.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 12/16 se transfirió el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, Organismo descentralizado del ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que corresponde efectuar una readecuación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, a fin de propiciar un marco adecuado para el cumplimiento de las misiones y funciones a su cargo y, asimismo, incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Organismo.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16, inciso 31, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I (IF-2018-37722070-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2018-12254428-APN-INAI#MJ), respectivamente, forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 2°.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, según detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-22197274-APN-INAI#MJ), que forman parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 3º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles y grados de revista previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con las partidas específicas asignadas a la Jurisdicción 118 – INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Germán Carlos Garavano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/08/2018 N° 58114/18 v. 10/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

AnexoI



IF-2018-37722070-APN-DNDO#JGM





ANEXO II

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARA

Establecer y asegurar la aplicación de los sistemas de control interno basados en principios de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES:

1. Elaborar el plan anual y global de la Unidad de Auditoria Interna, conforme las normas vigentes.

2. Producir información integral e integrada sobre la gestión de las distintas áreas del Instituto, analizando el cumplimiento de las políticas y metas establecidas por la Autoridad Superior.

3. Asesorar a la Autoridad Superior sobre los sistemas y procedimientos que resulte conveniente aplicar o modificar en la organización, como asimismo efectuar recomendaciones respecto de los desvíos que se detectan.

4. Poner en conocimiento del titular del Organismo y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN los actos que hubiese acarreado o se estime puedan acarrear perjuicios para el patrimonio de la jurisdicción.

5. Evaluar la precisión de la regularidad contable en las registraciones y las medidas de salvaguardia tomadas para el acceso restringido a los activos líquidos, fijos, documentación y registros.

6. Emitir informes periódicos sobre los controles de auditoria interna de revisión limitada, espaciales y financieros sobre la materia objeto de estudio.

7. Diagnosticar sobre el grado de confiabilidad de los sistemas de información analizados, tomando como base la existencia de disciplinas de control y controles contables básicos.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

DIRECCIÓN TECNICO ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARA

Entender en las actividades relativas a la gestión económica, financiera, contable, patrimonial, de recursos humanos y de servicios del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.

ACCIONES:

1. Entender en la programación, ejecución y control de los actos vinculados con la gestión económico, financiera, contable, impositiva, responsabilizándose de la custodia de fondos y valores.

2. Asistir en el diseño de la política presupuestaria del organismo y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.

4. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

5. Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

6. Efectuar la recepción, registro, distribución, salida y archivo de toda la documentación, tanto administrativa como de carácter judicial, otorgando fecha cierta mediante los correspondientes timbrados de entrada y salida.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARA

Representar judicialmente al Organismo y asesorar jurídicamente a las distintas

áreas del Instituto.

Realizar todas las actividades vinculadas con la información y la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda instruir al personal del Instituto.

ACCIONES:

1. Ejercer la defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL y del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, ante los organismos jurisdiccionales de cualquier fuero.

2. Elaborar dictámenes jurídicos previos al dictado del acto administrativo que pudiere afectar derechos subjetivos o intereses legítimos.

3. Intervenir en la tramitación de los recursos administrativos reglados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación, emitiendo dictamen y proyectando los actos administrativos pertinentes.

4. Asesorar respecto de la legalidad de los actos sometidos a consideración del Titular del Organismo, analizar y supervisar las formulaciones de legislación particulares del Organismo.

5. Intervenir como órgano consultivo en aquellas cuestiones complejas o de cualquier naturaleza en apoyo de las decisiones políticas, participando en su fundamentación.

6. Intervenir en la elaboración de proyectos de leyes, decretos, resoluciones u otros actos normativos que impulse o dicte el Instituto.

7. Elaborar proyectos de convenios con entidades gubernamentales de los distintos niveles del Estado y organismos internacionales, vinculados al cumplimiento de los objetivos del INSTITUTO.

8. Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

9. Supervisar la recopilación de informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

DIRECCIÓN DE AFIRMACIÓN DE LOS DERECHOS INDÍGENAS

RESPONSABILIDAD PRIMARA

Promover la participación de los pueblos indígenas en las políticas públicas susceptibles de afectar directamente sus intereses, impulsando entre las comunidades el pleno ejercicio de sus derechos a través del conocimiento de los mismos y de las herramientas para ejercerlos.

ACCIONES:

1. Diseñar y realizar programas de capacitación y difusión procurando fortalecer las capacidades de los integrantes de las comunidades en el ejercicio de sus derechos.

2. Asistir a las autoridades del organismo en las acciones necesarias para la constitución y puesta en funcionamiento del Consejo de Participación Indígena Nacional y de los Consejos Regionales y Locales.

3. Diseñar y proponer mecanismos para incrementar la representatividad indígena según la tradición y pautas culturales propias de cada pueblo indígena.

4. Coordinar y/o brindar asistencia técnica a las entidades responsables de ejecutar procesos de consulta y participación a nivel nacional, provincial y local, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

5. Realizar los procesos de selección de los representantes de pueblos originarios para garantizar su participación en las instancias institucionales que establece la normativa vigente.

6. Brindar asistencia técnica a los organismos competentes para el desarrollo de principios, lineamientos y protocolos de participación y consulta que respeten la tradición y pautas culturales propias de cada pueblo originario.

7. Desarrollar un registro de casos, experiencias y buenas prácticas en materia de consulta y participación de comunidades indígenas el país.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

DIRECCIÓN DE TIERRAS Y REGISTRO NACIONAL DE COMUNIDADES INDÍGENAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, elaborar y ejecutar, en coordinación con las áreas de competencia a nivel provincial, el registro de comunidades indígenas y los relevamientos territoriales de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas.

Coordinar acciones con áreas de competencia nacional, provinciales y municipales para el desarrollo de programas de regularización dominial de las tierras relevadas, con el objeto de reconocer el derecho a la posesión y propiedad comunitaria y la entrega de tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano de las comunidades indígenas.

ACCIONES:

1. Diseñar y ejecutar el relevamiento territorial de las tierras que ocupan tradicionalmente las comunidades indígenas, en articulación con los organismos competentes en el orden nacional, provincial y municipal.

2. Brindar asistencia técnica a los organismos nacionales, provinciales, municipales y a las comunidades indígenas, en la ejecución de Programas de Regularización Dominial de las tierras que habitan tradicionalmente.

3. Analizar las actuaciones y emitir informes técnicos a solicitud de los organismos competentes en la materia, sobre las tramitaciones respecto a los procesos de expropiación y compra de tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano de las comunidades indígenas.

4. Proponer, desarrollar e implementar mecanismos de respuesta rápida y resolución temprana ante casos de emergencia o situaciones problemáticas detectadas durante los trabajos de relevamiento territorial.

5. Asistir técnicamente a las comunidades indígenas que lo requieran para que alcancen una organización formal basada en sus tradiciones y pautas culturales, y mediante procesos autogestivos, favoreciendo su registro en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

6. Organizar, mantener actualizado y hacer público el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

7. Coordinar la acción del Registro Nacional de Comunidades Indígenas con los Registros similares creados en las jurisdicciones provinciales correspondientes.

8. Brindar asesoramiento jurídico a las comunidades indígenas sobre derecho a la posesión y propiedad comunitaria de tierras.

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE COMUNIDADES INDÍGENAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar e implementar, en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales, políticas, programas y planes, destinados a la promoción y protección de derechos y al desarrollo integral, autónomo y sostenible de comunidades indígenas.

ACCIONES:

1. Realizar estudios y censos que permitan analizar y diagnosticar los problemas de acceso a derechos que afecten el desarrollo de las comunidades indígenas.

2. Coordinar espacios inter-agenciales que permitan diseñar e implementar políticas con un enfoque de acceso a derechos de comunidades indígenas.

3. Brindar asistencia técnica para el diseño e implementación de proyectos, inter-agenciales, inter-jurisdiccionales e intersectoriales, cuya finalidad sea el desarrollo de las comunidades indígenas.

4. Asistir técnicamente a las comunidades indígenas en la formulación y ejecución de proyectos que permitan su desarrollo sobre la base del óptimo aprovechamiento de sus recursos, capacidades y condiciones, respetando sus tradiciones culturales.

5. Brindar asistencia técnica a los organismos nacionales, provinciales y locales competentes en el desarrollo de protocolos de actuación frente a situaciones de emergencia o catástrofe sanitarias, alimentarias y climáticas que afecten a comunidades indígenas.

IF-2018-12254428-APN-INAI#MJ




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INCORPORACIONES



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

HOMOLOGACIONES Y REASIGNACIONES



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DEROGACIONES



IF-2018-22197274-APN-INAI#MJ