ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 576/2018
RESOL-2018-576-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018
VISTO el Expediente Nº EX 2018-37027916-APN-ANAC#MTR del Registro de
esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770
de fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta de
enmienda del Apéndice H – Procedimientos Generales para Helicópteros -
de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General”, de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que la enmienda propiciada tiene por finalidad reglamentar las
operaciones de vuelo de helicópteros a bordo de buques o con grúas, y
actualizar requisitos reglamentarios que hacen a la seguridad de las
operaciones de vuelo en determinadas condiciones.
Que, asimismo, se incorpora la posibilidad de realizar operaciones
eventuales de helicópteros desde o hacia lugares no homologados o
declarados como helipuertos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INSFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
(DGIySA) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO), ambas
de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) han tomado la
intervención de su competencia.
Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos
Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión
y la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, ambos de esta Administración
Nacional, han tomado la intervención que les compete.
Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración
Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3
de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores
interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y
propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de
fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas respecto de la enmienda del Apéndice H –
Procedimientos Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de
Vuelo y Operación General”, de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN
CIVIL (RAAC), que, como Anexo IF-2018-38463362-APN-DGIYSA#ANAC, integra
la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta QUINCE
(15) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente
medida, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452
(C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en
el horario de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de
expediente que surge del Visto de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones
durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el
Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de
la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración
Nacional, con asiento en la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10
a 15 horas.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y
Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace
referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de
diciembre de 2003 y habilitase la casilla de correo
“normaer@anac.gob.ar” a los efectos de recibir los comentarios aludidos
en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín
Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plazo de
QUINCE (15) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a
la Unidad de Planificación y Control de Gestión – Departamento
Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la
continuación del trámite. Tomás Insausti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar.
e. 10/08/2018 N° 58135/18 v. 13/08/2018