INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 208/2018

RESOL-2018-208-APN-INPI#MP

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expte Nº EX-2018-37723084- -APN-DO#INPI, del registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), y la Resolución INPI Nº P 101/2006 y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto, se halla establecido el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, como asimismo el modo de acceso a la Matrícula para su ejercicio.

Que este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL resulta ser el organismo de superintendencia de la citada profesión, por lo cual le atañen todas las obligaciones inherentes a dicha potestad, entre ellas las de dictar el curso previo y preparatorio para los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, y constituir las mesas examinadoras, una vez por año calendario.

Que la currícula para el señalado curso, y el conocimiento que deben poseer los aspirantes para aprobar el examen, consiste en el acabado conocimiento de las Leyes que por competencia legal le es atribuida a este organismo, como asimismo las Resoluciones y Disposiciones dictadas en consecuencia, así como la práctica en el quehacer diario de un Agente de la Propiedad Industrial por ante el organismo.

Que el Honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 27.444, promulgada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Nº 559/2018 de fecha 15 de Junio de 2018, por la cual se introdujeron significativas y trascendentes modificaciones a las Leyes de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, de Marcas y Designaciones, y de Modelos y Diseños Industriales.

Que resta aún el dictado de los Decretos Reglamentarios relativos a cada uno de dichos regímenes legales, como también una serie de Resoluciones que debe dictar el organismo para tornar operativas los importantes y sustantivos cambios.

Que a la fecha estipulada para el inicio del curso preparatorio para los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, y el exámen de suficiencia anual, todavía se estará atravesando la transitoriedad legal entre el estatus normativo anterior y el sobreviniente, de modo que no resultará adecuado que la currícula verse sobre el estándar legal precedente.

Que el organismo se encuentra trabajando en los nuevos programas académicos, a la luz de los cambios introducidos por la Ley Nº 27.444 y la normativa complementaria a dictarse, en los que se incorporarán nuevas herramientas y métodos pedagógicos para el dictado del curso previo y preparatorio.

Que en este estado de cosas, resulta aconsejable suspender el llamado al curso previo y preparatorio destinado a los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, así como el examen de suficiencia, durante el año calendario en curso.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE PATENTES, la DIRECCION NACIONAL DE MARCAS, la DIRECCIÓN DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES, la DIRECCION DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA, la DIRECCION DE ADMINISTRACION, la DIRECCIÓN OPERATIVA, la DIRECCIÓN DE INFORMATICA y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la normativa legal vigente

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Suspéndase para el año 2018, el llamado al dictado del curso previo y preparatorio para los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, así como al exámen de suficiencia, establecidos en la Resolución INPI N° P 101/2006, y complementarias.

ARTÍCULO 2º- Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por un (1) dia en el Boletín Oficial, pubíquese en el Boletín de Marcas y Patentes, expóngase en la página web del Instituto, comuníquese a la Asociación Argentina de Agentes de la Propiedad Industrial y a la Cámara de Agentes de la Propiedad Industrial de la República Argentina y, archívese. Dámaso Pardo

e. 13/08/2018 N° 58132/18 v. 13/08/2018