e. 14/08/2018 N° 58482/18 v. 14/08/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo I
Reglamento Programa de Incubadoras Tecnológicas
Con el propósito de acompañar el espíritu del Programa Progresar, se
propone desde el INET implementar a través del Régimen de Crédito
Fiscal, un Programa destinado a Alumnos del 6° y 7° año de las Escuelas
Secundarias Técnicas y Agrotécnicas, así como alumnos del último año de
Tecnicaturas Superiores no Universitarias.
Dicha herramienta tiende a fortalecer la retención escolar y proveer a
los alumnos partícipes, de herramientas concretas para encarar el
desarrollo personal y profesional una vez finalizado el ciclo de
estudio secundario y/o superior técnico, y propender el espíritu
emprendedor.
El mismo se desarrollará en los establecimientos educativos a través de
la implementación de Incubadoras (de acuerdo a la especialidad a
desarrollar, y en un todo de acuerdo con las áreas estratégicas de
vacancia por regiones, plasmadas en el informe del CPRES y por el
conjunto del Poder Ejecutivo Nacional).
Los equipos de las mismas estarán compuestos por hasta 30 alumnos, acompañados por un tutor/coformador.
Dentro de los requisitos para formar parte de estas incubadoras los
alumnos deberán poseer el 75% de las materias correspondientes a la
curricula aprobadas.
A través del patrocinio de las empresas, se prevé:
1) Financiar a los proyectos con hasta $ 100.000 para el
establecimiento educativo, para gastos correspondientes a la adecuación
edilicia, equipamiento e insumos requeridos para poder llevar adelante
los mismos.
2) Beneficiar a los alumnos con un estipendio comprendido entre el
importe mínimo de acuerdo a lo regulado por el Plan Progresar, respecto
a alumnos de las escuelas medias y los Institutos Superiores Técnicos,
y como tope máximo la suma de $ 5.000.- mensuales. (según duración del
proyecto, máximo 10 meses).
3) Al Docente responsable del proyecto, y para las actividades que
realiza en el mismo, siempre fuera de su horario de clase habitual, se
le podrá reconocer en concepto de honorarios, hasta la suma máxima de $
500 por hora y hasta un máximo por proyecto de $ 60.000- (equivalente a
120 horas por proyecto).
Procedimiento: El
establecimiento educativo presentante del Proyecto, deberá presupuestar
los ítems mencionados en el punto 1) precedente. Asimismo, será el
encargado de transcribir el monto correspondiente a los honorarios del
capacitador y el estipendio de los alumnos, a través de planillas
descriptivas y nominales a tales efectos. Estos se tomarán como gastos
operativos del proyecto. El docente y los alumnos deberán presentar la
conformidad a la propuesta de manera escrita.
El Establecimiento educativo deberá tener el alta de su legajo, en el
sistema web de Crédito Fiscal http://creditofiscal.inet.edu.ar, y
enviar el proyecto por mail a incubadorastecnologicas@educacion.gob.ar
La fecha de cierre para envío de los proyectos será el 15/09/2018
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 35/2018
del Instituto Nacional de Educación Tecnológica B.O. 25/09/2018, se
prorroga el plazo establecido en el presente Anexo, que rige para la
presenteción de Proyectos de Incubadoras Tecnológica en el marco del
Régimen de Crédito Fiscal del ejercicio 2018, que administra este
organismo, hasta el 8 de octubre de 2018 inclusive)
Una vez aprobado el proyecto se aceptará la realización de un
desembolso inicial según instrucciones (CBU del establecimiento
educativo y listado de CBU de los alumnos), de hasta un 30% del
proyecto.
Contra rendición del mismo por parte del patrocinante, y del
Establecimiento educativo, donde conste grado de avance, asistencia y
participación de los alumnos, y actividades realizadas por el docente
responsable, podrán realizarse hasta 2 desembolsos más hasta cubrir el
importe por la totalidad del proyecto.
Para la primera cohorte se proporcionalizará el estipendio estudiantil,
en una duración de 5 meses (comprendidos por el segundo semestre
académico 2018), financiados por un importe de hasta veinte millones ($
20.000.000), remanentes de la convocatoria 2017, para acciones directas
INET.
Tendrán prioridad aquellos proyectos que presenten una Carta de Compromiso de Patrocinante.
Mejoraran su ponderación, aquellos proyectos que incluyan Prácticas
Formativas en contextos reales de Trabajo, y que dichas empresas
certifiquen la trayectoria de los estudiantes al final de dicha
Práctica.
De acuerdo a las condiciones para poder participar, la evaluación de
los Proyectos, se realizará a traves del CEIL del CONICET (como
Evaluador Permanente designado en los Proyectos de Crédito Fiscal).
Pueden postularse dentro de las incubadoras alumnos comprendidos
• Jóvenes de 17 a 19 años en el nivel Secundario, y de entre 20 a 30 años para el Nivel Superior.
• Ser argentino nativo, naturalizado con DNI o acreditar 5 años de residencia.