MINISTERIO DE EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Disposición 934/2018

DI-2018-934-APN-INET#ME

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2018

VISTO el Expediente Electrónico N° 08110607-APN-INET#ME/2017, la Ley N° 22.317 y modificatorias, la Ley N° 27.341 relativas al Régimen de Crédito Fiscal en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, la disposición DI-2017-6-APN-SSCA#ME de fecha 23 de mayo de 2017 y la Disposición DI-2018-3-APN-INET#ME de fecha 4 de enero de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional N° 27.341, estableció un cupo de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MILLONES ($ 210.000.000.-) en el marco de la Ley 22.317 de Crédito Fiscal, para ser administrado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica.

Que la Disposición DI-2017-6-APN-SSCA#ME, aprobó el Reglamento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, Ley 22.317, para el ejercicio 2017.-

Que en dicho reglamento se reservó parte del cupo asignado al financiamiento de Proyectos de Desarrollo de Innovación Institucional INET.

Que cumplimentados los plazos establecidos en el Procedimiento ya se han asignado por Disposición DI-2018-2-APN-INET#ME la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 136.720.582.-) y ha quedado un remanente de cupo sin afectar de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 73.279.418.-).

Que atendiendo a los principios que rigen al Régimen de Crédito Fiscal, resulta indispensable propender a la completa asignación del cupo establecido por la Ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional, para este organismo de Estado.

Que con la intención de ejecutar la totalidad del cupo no afectado a los Proyectos Educación Trabajo, 111 mil Programadores, Asignación Directa, Capacitación y Actualización Técnica Docente y Desarrollo de Innovación Institucional INET, corresponde asignar el remanente del monto no comprometido y ejecutarlo, destinando el mismo a llevar adelante Proyectos de Desarrollo de Innovación Institucional INET.

Que la presente se dicta conforme a las facultades conferidas a este INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA por los Decretos Nº 143/00, y su modificatorio 1895/02.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Asignar del monto no ejecutado de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO ($ 73.279.418.-) del cupo de Crédito Fiscal establecido por la Ley 27.341 para el ejercicio 2017, la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000), y autorizar su aplicación para la realización del Programa de Incubadoras Tecnológicas, según reglamento contenido en Anexo I (IF-2018-37925273-APN-INET#ME) que forma parte integrante de la presente disposición, en el marco de los Proyectos de Desarrollo de Innovación Institucional del Instituto Nacional de Educación Tecnológica a desarrollarse durante el año 2018.

ARTICULO 2º.- Determinar que, si existiera liberación de cupo resultante de la no ejecución de los proyectos, se asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por posibles variaciones en los costos de los mismos.

ARTICULO 3°.- Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado de crédito fiscal a las empresas que patrocinen los proyectos mencionados, con los límites establecidos en el artículo 2º de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos de la Disposición DI-2017-6-APN-SSCA#ME de fecha 23 de mayo de 2017.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro Gaston Goroyesky

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/08/2018 N° 58482/18 v. 14/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



Anexo I

Reglamento Programa de Incubadoras Tecnológicas

Con el propósito de acompañar el espíritu del Programa Progresar, se propone desde el INET implementar a través del Régimen de Crédito Fiscal, un Programa destinado a Alumnos del 6° y 7° año de las Escuelas Secundarias Técnicas y Agrotécnicas, así como alumnos del último año de Tecnicaturas Superiores no Universitarias.

Dicha herramienta tiende a fortalecer la retención escolar y proveer a los alumnos partícipes, de herramientas concretas para encarar el desarrollo personal y profesional una vez finalizado el ciclo de estudio secundario y/o superior técnico, y propender el espíritu emprendedor.

El mismo se desarrollará en los establecimientos educativos a través de la implementación de Incubadoras (de acuerdo a la especialidad a desarrollar, y en un todo de acuerdo con las áreas estratégicas de vacancia por regiones, plasmadas en el informe del CPRES y por el conjunto del Poder Ejecutivo Nacional).

Los equipos de las mismas estarán compuestos por hasta 30 alumnos, acompañados por un tutor/coformador.

Dentro de los requisitos para formar parte de estas incubadoras los alumnos deberán poseer el 75% de las materias correspondientes a la curricula aprobadas.

A través del patrocinio de las empresas, se prevé:

1) Financiar a los proyectos con hasta $ 100.000 para el establecimiento educativo, para gastos correspondientes a la adecuación edilicia, equipamiento e insumos requeridos para poder llevar adelante los mismos.

2) Beneficiar a los alumnos con un estipendio comprendido entre el importe mínimo de acuerdo a lo regulado por el Plan Progresar, respecto a alumnos de las escuelas medias y los Institutos Superiores Técnicos, y como tope máximo la suma de $ 5.000.- mensuales. (según duración del proyecto, máximo 10 meses).

3) Al Docente responsable del proyecto, y para las actividades que realiza en el mismo, siempre fuera de su horario de clase habitual, se le podrá reconocer en concepto de honorarios, hasta la suma máxima de $ 500 por hora y hasta un máximo por proyecto de $ 60.000- (equivalente a 120 horas por proyecto).

Procedimiento: El establecimiento educativo presentante del Proyecto, deberá presupuestar los ítems mencionados en el punto 1) precedente. Asimismo, será el encargado de transcribir el monto correspondiente a los honorarios del capacitador y el estipendio de los alumnos, a través de planillas descriptivas y nominales a tales efectos. Estos se tomarán como gastos operativos del proyecto. El docente y los alumnos deberán presentar la conformidad a la propuesta de manera escrita.

El Establecimiento educativo deberá tener el alta de su legajo, en el sistema web de Crédito Fiscal http://creditofiscal.inet.edu.ar, y enviar el proyecto por mail a incubadorastecnologicas@educacion.gob.ar

La fecha de cierre para envío de los proyectos será el 15/09/2018

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 35/2018 del Instituto Nacional de Educación Tecnológica B.O. 25/09/2018, se prorroga el plazo establecido en el presente Anexo, que rige para la presenteción de Proyectos de Incubadoras Tecnológica en el marco del Régimen de Crédito Fiscal del ejercicio 2018, que administra este organismo, hasta el 8 de octubre de 2018 inclusive)

Una vez aprobado el proyecto se aceptará la realización de un desembolso inicial según instrucciones (CBU del establecimiento educativo y listado de CBU de los alumnos), de hasta un 30% del proyecto.

Contra rendición del mismo por parte del patrocinante, y del Establecimiento educativo, donde conste grado de avance, asistencia y participación de los alumnos, y actividades realizadas por el docente responsable, podrán realizarse hasta 2 desembolsos más hasta cubrir el importe por la totalidad del proyecto.

Para la primera cohorte se proporcionalizará el estipendio estudiantil, en una duración de 5 meses (comprendidos por el segundo semestre académico 2018), financiados por un importe de hasta veinte millones ($ 20.000.000), remanentes de la convocatoria 2017, para acciones directas INET.

Tendrán prioridad aquellos proyectos que presenten una Carta de Compromiso de Patrocinante.

Mejoraran su ponderación, aquellos proyectos que incluyan Prácticas Formativas en contextos reales de Trabajo, y que dichas empresas certifiquen la trayectoria de los estudiantes al final de dicha Práctica.

De acuerdo a las condiciones para poder participar, la evaluación de los Proyectos, se realizará a traves del CEIL del CONICET (como Evaluador Permanente designado en los Proyectos de Crédito Fiscal).

Pueden postularse dentro de las incubadoras alumnos comprendidos

• Jóvenes de 17 a 19 años en el nivel Secundario, y de entre 20 a 30 años para el Nivel Superior.

• Ser argentino nativo, naturalizado con DNI o acreditar 5 años de residencia.