ANEXO
II
MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA NACIONAL
DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
1.
Instrumentos de articulación interjurisdiccional:
A los efectos de formalizar los objetivos compartidos entre la nación,
las provincias y los municipios y determinar los compromisos de cada
una de las partes para su implementación, se suscribirán:
- CONVENIO MARCO: materializan los compromisos que asumen la Nación y
la provincia a los efectos de promover la participación de la instancia
provincial en el desarrollo del "PROGRAMA" en la jurisdicción.
- ACUERDO TERRITORIAL (AT): compromiso de trabajo que asumen la nación,
la provincia y el municipio para llevar adelante acciones conjuntas
orientadas a intervenir sobre los determinantes y condicionantes de la
salud.
- PROTOCOLO ESPECÍFICO (PE): instrumento mediante el cual se
operativiza el Acuerdo Territorial.
2. Metodología de Acreditación:
2.1. Alcance:
Esta metodología de acreditación alcanza a las últimas dos Fases del
Ciclo de Vida del "PROGRAMA": "Municipio Responsable" y "Municipio
Saludable".
2.2. Finalidad:
El sistema de Acreditación tiene como finalidad promover en los
municipios un proceso de mejora continua que signifique sucesivos
avances en el Ciclo de Vida del "PROGRAMA"; está orientado a:
i. Desarrollar una
cultura de la
evaluación que permita proyectar el futuro a partir de un
Análisis de Situación de Salud Local con base a datos cualitativos y
cuantitativos.
ii. Promover el desarrollo y fortalecer las capacidades institucionales
de los municipios para el diseño y la implementación de políticas de
prevención y promoción en salud.
iii. Promover el desarrollo y fortalecimiento de las alianzas
estratégicas con otros actores, en pos de hacer sostenibles las
transformaciones alcanzadas.
iv. Desarrollar políticas de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad desde la perspectiva de los determinantes sociales,
partiendo de las particularidades de cada territorio y según los
lineamientos de la política nacional y provincial.
v. Fortalecer un modelo de articulación interjurisdiccional orientado a
lograr avances de los municipios en relación a indicadores y
descriptores relativos a procesos de gestión, resultados de gestión en
salud y resultados en salud.
2.3. Criterios y estándares de
valoración:
El objetivo del proceso de Acreditación en cada una de las Fases, se
hace operativo a través de "Componentes" con sus respectivos "Elementos
de Gestión" que expresan los campos y dimensiones a valorar.
El sistema de Acreditación comprende un conjunto de procedimientos y de
instrumentos que hace operativa esta valoración.
En cada Elemento de Gestión, la metodología utiliza: las "evidencias"
que permiten cotejar los avances; una "puntuación" a través de una
escala genérica que describe cuatro (4) situaciones posibles; un
"puntaje", que es el resultado particular alcanzado por cada municipio;
el "factor de ponderación" a través del cual se atribuye la relevancia
que tiene cada Elemento de Gestión o cada Componente; y el "puntaje
ponderado" resultante.
La suma de los puntajes ponderados de los Elementos de Gestión da como
resultado el "Nivel de logro del Componente" y la suma de los
Componentes da el "Nivel de logro de la Fase".
2.4. Proceso:
El proceso está organizado en tres etapas:
I) La Autoevaluación
La Autoevaluación es un ejercicio de auto diagnóstico realizado por el
municipio con la Mesa de Trabajo Intersectorial, en el cual se analiza
el estado de avance alcanzado por el Municipio con los estándares
defnidos por la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", a
través de los instrumentos que ésta provea para ese fin.
El Referente Municipal pondrá a consideración del Intendente Municipal
el "Informe de Autoevaluación", quien lo analizará y decidirá si están
dadas las condiciones para solicitar formalmente la Evaluación Externa
a la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
II) La Evaluación
Externa (EE)
En la Evaluación Externa la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES" convoca e involucra a Equipos Externos con experiencia y
capacidad en la temática, a fin de generar información significativa y
brindar una supervisión capacitante al municipio. Los resultados de
esta etapa se expresan en el Informe de la Evaluación Externa.
III) La Certificación
Finalizada la Autoevaluación y Evaluación Externa, la "DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" enviará al Intendente Municipal el
"Informe de Evaluación Externa", quien tendrá 30 días corridos para
rectificar -de manera fundada- los contenidos de dicho informe; de no
mediar comunicación fehaciente se considerará que el municipio acepta
el resultado del mismo.
En caso que efectúe comentarios y observaciones acerca del "Informe de
Evaluación Externa", éstos deberán enviarse formalmente a la "DIRECCIÓN
DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" a través de una Nota suscripta
por el Intendente Municipal. La misma no será vinculante respecto a la
valoración de la Certificación.
Cumplido el procedimiento administrativo, la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES realizará una devolución al municipio y
posteriormente se hará público el nivel de acreditación alcanzado.
2.5. Responsable de la ejecución:
La "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" será la
responsable de diseñar, poner en marcha e implementar el proceso de
Acreditación.
2.6. Los Niveles de Acreditación
Los niveles de la Acreditación se corresponden con las últimas dos
Fases del Ciclo de Vida del "PROGRAMA": Municipio Responsable" (Fase 3)
y "Municipio Saludable" (Fase 4).
3. Responsabilidades por nivel
3.1. Al
nivel nacional le
corresponden las siguientes responsabilidades:
i. Diseñar las metodologías e instrumentos necesarios para la
implementación del "PROGRAMA" en sus distintas fases, incluida la
Acreditación.
ii. Realizar las modificaciones a las herramientas e instrumentos del
"PROGRAMA" que resulten necesarias para su adecuado funcionamiento.
iii. Difundir y sensibilizar a provincias, municipios y otras
organizaciones de la sociedad en relación a los alcances y
procedimientos de la implementación del "PROGRAMA".
iv. Suscribir los Convenios Marco de Adhesión con las provincias, los
Acuerdos Territoriales y sus Protocolos Específicos con provincias y
municipios.
v. Capacitar y asistir técnica y financieramente a los organismos
provinciales y municipios en la implementación del "PROGRAMA",
monitorear, evaluar y supervisar la rendición técnica y financiera de
los fondos transferidos.
vi. Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación y de
otros ministerios nacionales para participar en la puesta en marcha e
implementación del "PROGRAMA".
vii. Analizar la documentación presentada, promover los procesos de
Autoevaluación y Evaluación Externa y decidir acerca de las
acreditaciones, conforme a lo establecido para cada fase.
viii. Celebrar convenios con ONG e instituciones académicas
especializadas para el desarrollo de la capacitación y asistencia
técnica. ix. Disponer de instrumentos de financiamiento que permitan
consolidar los avances en la implementación del "PROGRAMA".
3.2. El
nivel provincial
tendrá las siguientes responsabilidades:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
"DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" en el Plan
Estratégico.
ii. Suscribir el Convenio Marco, el Acuerdo Territorial y sus
Protocolos Específicos, cumplir y supervisar el cumplimiento de los
compromisos establecidos en dichos acuerdos.
iii. Designar un Referente y un equipo técnico para llevar a cabo las
actividades previstas.
iv. Difundir, sensibilizar y capacitar a los municipios en la
finalidad, propósitos y orientaciones del "PROGRAMA".
v. Asistir técnicamente y capacitar a equipos técnicos municipales en
la implementación del "PROGRAMA" en los municipios y monitorear su
desarrollo.
vi. Proveer información e impulsar la integración de políticas
socio-sanitarias provinciales para la implementación del "PROGRAMA" en
cada municipio.
vii. Para el desarrollo de estas acciones, podrán recibir y gestionar
fondos otorgados por el Ministerio de Salud de la Nación y
transferirlos -cuando sea necesario- a los municipios, siendo
responsables de la supervisión de las actividades correspondientes.
viii. Realizar todos los informes técnicos y financieros que
correspondan, a la vez que garantizar la rendición de cuentas en tiempo
y forma, según la normativa vigente en la materia y el instructivo de
fnanciamiento que provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES".
3.3. El
nivel municipal será
responsable de:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por de la
"DIRECCIÓN DE, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" en el Plan
Estratégico.
ii. Designar un Referente del "PROGRAMA" y un equipo técnico para
llevar a cabo las actividades previstas.
iii. Conformar la Mesa de Trabajo Intersectorial.
iv. Suscribir el Acuerdo Territorial con sus Protocolos Específicos y
cumplir con los compromisos en ellos establecidos.
v. Llevar adelante en el seno de la Mesa de Trabajo Intersectorial
todas las acciones previstas para el conocimiento de la situación de
salud en el municipio, como así también llevar adelante políticas,
programas y proyectos de promoción y prevención en salud, según los
requisitos previstos en cada una de las fases.
vi. Participar de las actividades de Autoevaluación y facilitar la
realización de la Evaluación Externa, así como también de otras
actividades de monitoreo y evaluación que proponga la "DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
vii. Para el desarrollo de estas acciones, podrán recibir y gestionar
fondos otorgados por el Ministerio de Salud de la Nación, siendo
responsables de la supervisión de las actividades correspondientes.
viii. Realizar todos los informes técnicos y financieros que
correspondan y garantizar la rendición de cuentas en tiempo y forma
según la normativa vigente en la materia, y el instructivo de
financiamiento que provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES".
4. La ejecución del "PROGRAMA":
La "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES" es la responsable
de la ejecución del "PROGRAMA", llevando adelante las siguientes
funciones, a saber:
i. Elaborar metodologías e instrumentos de planificación, gestión,
monitoreo y evaluación necesarios a ser implementados por la nación,
las provincias y los municipios para el adecuado funcionamiento del
"PROGRAMA".
ii. Elaborar y ejecutar la planificación anual.
iii. Elaborar y divulgar los materiales de difusión del "PROGRAMA" y
del Ministerio de Salud de la Nación entre los municipios.
iv. Elevar propuestas de Convenios Marco a suscribir con las provincias.
v. Elaborar las propuestas y supervisar la ejecución de los Acuerdos
Territoriales y sus Protocolos Específicos.
vi. Capacitar y asistir técnicamente a los organismos provinciales
responsables del acompañamiento del "PROGRAMA" en la provincia.
vii. Llevar adelante el proceso de Ingreso, Consolidación y
Acreditación de los municipios en sus distintas fases.
viii. Realizar la capacitación y asistencia técnica al Municipio para
la gestión del "PROGRAMA".
ix. Sistematizar la información que resulte de la implementación del
"PROGRAMA" y hacerla accesible a los municipios y provincias
(actualización del sitio web, elaboración de informes de gestión, etc.).
x. Promover el avance de los municipios en el Ciclo de Vida del
"PROGRAMA", así como la presentación del "Proyecto Municipal", "Módulo
de Promoción de la Salud", "Plan de Mejora" y "Plan Estratégico de
Promoción de la Salud Local", de acuerdo con los criterios establecidos
por la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
xi. Coordinar con otros programas del Ministerio de Salud de la Nación
y otros ministerios nacionales que resulten pertinentes, desarrollando
acciones conjuntas en el territorio.
xii. Coordinar el proceso de Acreditación tanto en el desarrollo de las
Autoevaluaciones como de las Evaluaciones Externas y, conforme los
resultados, proponer la correspondiente Certificación. Hacer públicos
los resultados cuando haya finalizado el proceso.
xiii. Hacer operativo convenios con instituciones académicas
especializadas para el desarrollo de actividades de asistencia técnica,
capacitación y/o evaluación.
ACÁPITE 1
MODELOS DE NOTA INTENCIÓN, DE ACTA COMPROMISO Y DE ORDENANZA MUNICIPAL
NOTA
INTENCIÓN
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
Ministerio de Salud de la Nación
Por intermedio de la presente, y en mi carácter de (intendente,
presidente municipal o comunal) de la (ciudad/municipio)
de........................................................ de la
provincia de ......................................., manifiesto el
interés de implementar el
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables.
A estos efectos y como claro signo de la voluntad de esta comunidad
para trabajar y realizar esfuerzos conjuntos para mejorar su calidad de
vida trabajando desde el enfoque de los determinantes y condicionantes
de la salud, se acompaña a la presente el Acta Compromiso suscripta por
(gobierno municipal, Concejo Deliberante, ONGs, universidades,
instituciones educativas, organizaciones sociales comunitarias, etc.).
Solicito remitir la respuesta a:
- Cargo o función del responsable:
- Nombre y Apellido:
- Domicilio postal:
- Teléfono / fax:
- Dirección de correo electrónico:
A la espera de su respuesta, lo saludo atte.
Intendente / Presidente Municipal o
Comunal
ACTA
COMPROMISO
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
Ministerio de Salud de la Nación
El Gobierno de la ciudad/municipio de .......................a
los.........días del mes
de.................................de.........., bajo este acto se
compromete a trabajar con todos los actores y sectores de la comunidad,
para crear ámbitos que promuevan políticas públicas saludables
tendiendo al bienestar colectivo a través de la participación activa de
todos los miembros de la misma, propiciando:
- Iniciar el proceso de construcción hacia un Municipio Saludable.
- Trabajar conjuntamente para modificar los factores que determinan y
condicionan negativamente la situación actual de salud de la población,
y desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir
las brechas de inequidad existentes.
- Propiciar la participación de todos los sectores y actores de la
comunidad, fortaleciendo la conformación de alianzas y asociaciones con
aquellos que puedan contribuir a mejorar las condiciones de salud de la
comunidad.
Se suscribe este compromiso que se encuentra abierto a la adhesión de
otros sectores y organizaciones de la comunidad, que se comprometan a
trabajar conjuntamente hacia el logro de estos objetivos.
Nota: Además
del Intendente, los abajo firmantes deberán aclarar nombre y apellido,
DNI e institución a la que representan. |
ORDENANZA
MUNICIPAL
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
Ministerio de Salud de la Nación
VISTO (las normas superiores vigentes/ adhesión al Programa Nacional de
Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables de/ el Decreto municipal/
el proyecto presentado
por..................................................................) y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud de la Nación promueve acciones en el nivel
local desde una perspectiva comprensiva e integral, a partir del
enfoque de los determinantes de la salud.
Que resulta necesario modificar los factores que determinan y
condicionan negativamente la situación de salud de la población y
desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir
las brechas de inequidad existentes.
Que resulta relevante aunar esfuerzos de los actores gubernamentales
(nacional, provincial y municipal) y de otros actores sociales para
promover y fortalecer el desarrollo de políticas públicas locales que
aborden de manera integral los determinantes y condicionantes de la
salud.
Por ello,
El (Concejo Deliberante / Municipal) RESUELVE:
ARTICULO 1: Declarar de interés municipal el Programa Nacional de
Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en el municipio
de...............
ARTICULO 2: Iniciar el proceso de construcción hacia un Municipio
Saludable.
ARTICULO 3: Trabajar de manera activa para modificar los factores que
determinan y condicionan negativamente la situación de salud de la
población y desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente,
para reducir las brechas de inequidad existentes.
ARTICULO 4: Convocar, apoyar y fortalecer todos aquellos espacios de
trabajo conjunto (de actores gubernamentales y de la sociedad) en
políticas públicas locales que aborden de manera integral los
determinantes y condicionantes de la salud.
ARTICULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION Nro.
ACÁPITE
2
MODELOS DE NOTA DESIGNACIÓN REFERENTE
Y DE ACTA CONFORMACIÓN MESA DE TRABAJO INTERSECTORIAL
NOTA
DESIGNACIÓN REFERENTE
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
Ministerio de Salud de la Nación
Por intermedio de la presente, me dirijo a usted a efectos de
comunicarle que en virtud de los requisitos establecidos por el
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables, he
designado como Referente de la contraparte municipal a
..............................................................................(NOMBRE
Y APELLIDO).
Adjunto a la presente, copia del Acta Conformación de la Mesa de
Trabajo Intersectorial y manifiesto nuestra voluntad de implementar el
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en
carácter de Municipio Titular, para lo cual participaremos de las
instancias de capacitación y asistencia técnica previstas.
A la espera de su respuesta, lo saludo atte.
Intendente / Presidente Municipal o
Comunal
Datos del Referente de Municipios
Saludables:
Nombre y Apellido:
DNI:
Cargo en la estructura (si correspondiere):
Área de la cual depende:
Dirección de correo electrónico:
Teléfono línea:
Celular (opcional):
ACTA CONFORMACIÓN
MESA DE TRABAJO INTERSECTORIAL
Dirección de Municipios y Comunidades Saludables
Ministerio de Salud de la Nación
En el día......de.................. de..........se conforma la MESA DE
TRABAJO INTERSECTORIAL del municipio de.....................de la
provincia de...................
La misma queda conformada por las siguientes instituciones (NOMBRE DE
LAS INSTITUCIONES Y ORGANISMOS):
......................................, quienes se comprometen a
trabajar de manera activa para modificar los factores que determinan y
condicionan negativamente la situación de salud de la población y
desarrollar aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir
las brechas de inequidad existentes, en el marco del Programa Nacional
de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables (en adelante el
"PROGRAMA").
En virtud de las funciones previstas en el PROGRAMA, los abajo
firmantes se comprometen a realizar para cada una de las fases del
ciclo de vida, las siguientes actividades:
a) Elaborar el Análisis de Situación de Salud Local.
b) Identificar proyectos conforme a los recursos (humanos, materiales,
institucionales y financieros) disponibles.
c) Implementar y mantener actualizada la Sala de Situación de Salud
Local.
d) Diseñar proyectos, programas y planes estratégicos de promoción de
la salud.
e) Monitorear la ejecución de las propuestas.
f) Difundir las acciones y resultados.
g) Participar de las actividades de capacitación, monitoreo y
evaluación previstas para la implementación del "PROGRAMA".
h) Realizar y acompañar el proceso de Autoevaluación.
i) Promover el desarrollo de políticas públicas locales de promoción de
la salud.
La Mesa de Trabajo Intersectorial del municipio de
..................... estará presidida por el Sr/Sra. Intendente/a
municipal,
.........................................................................,
y la Secretaría Técnica estará a cargo del Responsable de implementar
el Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables
en el municipio,
Sr/Sra.......................................................................................................
En conjunto se comprometen a garantizar un funcionamiento regular y
adoptar mecanismos de registro (tanto de agenda como de acuerdos) que
permitan sistematizar los avances.
En conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor a
los.........días del mes
de..................., de 20...
Nota: Además
del Intendente, los abajo firmantes deberán aclarar nombre y apellido,
DNI e institución a la que representan. |
ACÁPITE
3
METODOLOGÍA DE ACREDITACIÓN FASE 3
"MUNICIPIO RESPONSABLE"
PROPÓSITOS DE LA ACREDITACIÓN:
Un municipio podrá ser certificado como "Municipio Responsable" por el
Ministerio de Salud cuando se constate que:
i. Elaboró y mantiene actualizado el Análisis de Situación de Salud
Local.
ii. Puso en funcionamiento y actualiza la Sala de Situación de Salud
Local, produciendo insumos para la toma de decisiones de las
autoridades municipales en materia de salud.
iii. Planifica y ejecuta programas, proyectos y acciones de prevención
y promoción de la salud en los distintos campos de los determinantes.
REQUISITOS PARA INGRESO A LA FASE:
Estarán en condiciones de acreditar a
"Municipio Responsable", aquellos que hayan alcanzado la fase de
"Municipio Titular", hayan cumplimentado con el proceso de
rendición de fondos de los proyectos y planes financiados por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES, realicen la Autoevaluación utilizando los instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES, y
reciban Evaluación Externa favorable.
COMPONENTES Y ELEMENTOS DE GESTIÓN:
La acreditación a "Municipio Responsable" consta de una evaluación de
las tres primeras Fases del ciclo de vida del "PROGRAMA".
Los parámetros de valoración en la Fase 1 se organizan en dos
Componentes:
1.1. Nota de Intención
1.2. Acta Compromiso
Los parámetros de valoración en la Fase 2 se organizan en los siguiente
Componentes:
2.1. Referente Municipal
2.2. Mesa de Trabajo Intersectorial
Los parámetros de valoración en la Fase 3 se organizan en tres
Componentes:
3.1. Análisis de Situación de Salud Local
3.2. Sala de Situación de Salud Local
3.3. Programas y proyectos de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad
Cada uno de estos Componentes se abre en distintos Elementos de Gestión
tal como se expresa a continuación.
Componentes y Elementos de Gestión de
la Fase 3 "Municipio Responsable"
SOBRE LOS NIVELES DE ACREDITACIÓN:
La valoración de los resultados alcanzados será cuantitativa e irá de 1
a 4 puntos.
Los niveles de acreditación serán los siguientes:
NO ACREDITADO: La iniciativa no logra los requerimientos mínimos cuando
presenta un puntaje global inferior a 2,5.
ACREDITADO CON NIVEL BÁSICO:
La iniciativa alcanza un puntaje global entre 2,6 y 3,0.
ACREDITADO CON NIVEL DESTACADO: La iniciativa alcanza un puntaje global
entre 3,1 y 3,6.
ACREDITADO CON NIVEL EXCELENTE: La iniciativa alcanza un puntaje global
entre 3,7 y 4,0.
VIGENCIA DE LA CERTIFICACIÓN:
La certificación en el nivel alcanzado como "Municipio Responsable"
tendrá una vigencia de cuatro (4) años.
Finalizado el plazo, el municipio podrá optar entre:
- Realizar un proceso de re-certificación, por única vez, para mantener
la condición de Municipio Responsable por 2 (dos) años más; o bien
- Postularse a la Convocatoria para ingresar a la Fase 4 y acreditar
como Municipio Saludable.
Aquellos municipios que hubieran acreditado como Responsable con nivel
básico o destacado y cumplido al menos dos años en dicha fase, podrán
acceder de manera voluntaria, a la instancia de re-certificación. De
esta forma, tendrán la posibilidad de evidenciar las mejoras en el
proceso de gestión en vistas de acreditar a Municipio Saludable.
Perderá su condición de Municipio Responsable en Salud:
• aquel municipio cuya certificación haya perdido vigencia (4 años) y
no apruebe la recertificación;
• aquel municipio cuya recertificación (2 años) haya perdido vigencia y
no certifique como Municipio Saludable.
En tales casos, el municipio podrá
iniciar nuevamente el proceso de certificación a Municipio Responsable,
a través de una instancia de autoevaluación y otra de evaluación
externa en terreno.
ACÁPITE
4
METODOLOGÍA DE ACREDITACIÓN FASE 4
"MUNICIPIO SALUDABLE"
PROPÓSITOS DE LA ACREDITACIÓN:
Un municipio podrá ser certificado como "Municipio Saludable" por el
Ministerio de Salud de la Nación cuando se constate que:
i. Profundizó y siguió fortaleciendo "procesos de gestión" orientados
hacia la integralidad, la participación y la institucionalización de
las políticas de prevención y promoción de la salud.
ii. Sostuvo y amplió acciones y programas, alcanzando mejores
desempeños en sus "resultados de gestión en salud".
iii. Alcanzó -- a través de dichas acciones -- mejoras en los
"resultados en salud" que contribuyeron con la reducción de las brechas
de inequidad.
REQUISITOS PARA INGRESO A LA FASE Y
APERTURA DEL PROCESO:
El Ministerio de Salud de la Nación abrirá una convocatoria a la que
podrán presentarse para iniciar el proceso de acreditación a "Municipio
Saludable" aquellos municipios que hayan certificado con nivel
Excelente en la fase de "Municipio Responsable"; y hayan cumplimentado
con el proceso de rendición de fondos de los proyectos y planes
financiados por la
DIRECCIÓN DE,
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
Dicha certificación deberá tener una antigüedad no mayor a los cuatro
(4) años. Las convocatorias tendrán una periodicidad de dos (2) años.
COMPONENTES Y ELEMENTOS DE GESTIÓN:
Los parámetros de valoración en la Fase 4 se organizan en cinco
Componentes:
4.1. Fortalecimiento institucional.
4.2. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad en relación
con los modos de vida.
4.3. Mejora a los programas y servicios de salud orientados a la
promoción de la salud y prevención de la enfermedad
4.4. Cambios en los determinantes y condicionantes relativos al
ambiente.
4.5. Cambios en los determinantes y condicionantes socio económicos.
Cada uno de estos Componentes se abre en distintos Elementos de Gestión
tal como se expresa a continuación.
Componentes y Elementos de Gestión de
la Fase 4: "Municipio Saludable"
Los Elementos de Gestión podrán modificarse mediante Resolución
Ministerial.
PARÁMETROS DE VALORACIÓN:
El "puntaje" alcanzado en cada Elemento de Gestión se determinará
ubicando el avance alcanzado por el municipio, en alguna de las
situaciones a determinar mediante la Matriz de Valoración de la Fase 4.
El puntaje máximo será igual a 4 (cuatro).
El Componente 1 ("Fortalecimiento Institucional") valora de manera
exclusiva "procesos de gestión" en relación con el desarrollo del
"PROGRAMA". A partir del Componente 2 hasta el Componente 5, los rangos
se determinan en relación con el cumplimiento de un conjunto de
descriptores e indicadores (según sean cualitativos o cuantitativos)
que describen los logros alcanzados en relación con los "procesos de
gestión", "resultados de gestión en salud" y "resultados en salud" que
busca el "PROGRAMA" .
Para garantizar la adecuación en la medición de recorridos distintos y
de situaciones locales también diferentes, se distingue entre
descriptores o indicadores "requisito" y "elegibles":
-
Requisito: expresan
objetivos sanitarios para el conjunto de los municipios en el
territorio nacional así como también aquellos que resultan de los
compromisos internacionales. Por esta razón, deben ser cumplidos en su
totalidad para alcanzar el máximo nivel de acreditación.
- Elegibles por cada municipio:
expresan los avances con relación a los problemas que han priorizado y
sus necesidades asociadas - exclusivamente dentro de la nómina
establecida por el Ministerio -. Como resultado de la Autoevaluación,
cada municipio elegirá los descriptores e indicadores que solicita sean
considerados (junto a aquellos que son "requisito") en el proceso de
acreditación; para cada Elemento de Gestión.
La puntuación presente en la matriz de valoración tiene en cuenta --
para cada uno de los cuatro (4) valores -- la "cantidad de
descriptores/ indicadores" "requisito" y "elegibles".
El Ministerio de Salud de la Nación establecerá la lista de
descriptores e indicadores "requisito" y "elegibles", definiendo las
cantidades a cumplir para cada uno de los valores en la Matriz de
Valoración. Los descriptores e indicadores podrán variar según la
tipología por tamaño poblacional que se presenta a continuación:
Para determinar con precisión la valoración que resulte de cada proceso
de acreditación, se utilizará una escala de 1 a 400. En consecuencia,
el resultado de la suma de los logros alcanzados en los cinco
Componentes deberá ser multiplicada por 100.
Para acreditar en alguno de los niveles será necesario que el municipio
alcance al menos 151 puntos, de lo contrario será "no acreditado".
SOBRE LOS NIVELES DE ACREDITACIÓN:
La valoración de los resultados alcanzados será cuantitativa de 1 a 400
puntos.
Los niveles de acreditación serán los siguientes:
NIVEL 1: puntaje global entre 151 y 200 puntos.
NIVEL 2: puntaje global entre 201 y 250 puntos.
NIVEL 3: puntaje global entre 251 y 350 puntos.
NIVEL 4: puntaje global entre 351 y 400 puntos.
Aquellos municipios que no alcancen los 151, puntos no acreditarán en
ninguno de los niveles de la fase.
Independientemente del puntaje obtenido en la valoración de todos los
componentes, para alcanzar los niveles 3 y 4 los municipios que se
encuentren en condiciones de hacerlo deberán demostrar adicionalmente
variaciones relativas positivas en los "indicadores de
morbimortalidad", según parámetros que se definirán oportunamente.
VIGENCIA DE LA CERTIFICACIÓN:
La certificación a "Municipio Saludable" en el nivel alcanzado tendrá
una vigencia de cuatro (4) años.
En oportunidad de cada convocatoria, el Ministerio de Salud de la
Nación informará a aquellos municipios que estén en condiciones de
postularse para validar el nivel alcanzado o bien para avanzar en el
proceso de acreditación hacia niveles superiores.
ANEXO A.
GLOSARIO
Acreditación: conjunto de
procesos a través de los cuales el municipio logra mejorar los
siguientes componentes: "procesos de gestión" orientados hacia la
integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas de prevención y promoción en salud; "resultados de gestión en
salud"; y "resultados en salud" orientados a reducir las brechas de
inequidad. El proceso de acreditación está compuesto por tres etapas:
a) autoevaluación; b) evaluación externa; y c) certificación.
Acuerdo Territorial: compromiso
de trabajo interjurisdiccional entre la nación, la provincia y el
municipio, para llevar adelante actividades conjuntas orientadas a
intervenir sobre los determinantes y condicionantes de la salud de la
población.
Análisis de Situación de Salud Local:
descripción y análisis de las variables comprendidas en el conjunto de
determinantes (sistemas y servicios de salud; modos de vida;
ambientales y socioeconómicos) y de las acciones que desde las
políticas públicas vienen desarrollándose en cada campo. Debe basarse
en hechos cotejables a través de fuentes confiables y válidas, tiene el
propósito de delimitar (de manera participativa entre los actores de la
Mesa de Trabajo Intersectorial) el campo de problemas en torno al cual
trabajar y proveer insumos para una definición consensuada de hipótesis
para la acción, teniendo en cuenta las capacidades y recursos
disponibles.
Capacidades institucionales:
potencialidades que tienen las instancias de gobierno para priorizar,
decidir y gestionar las cuestiones públicas. Refiere al "cómo" y al
"para qué" de las organizaciones estatales y de la sociedad; comprende
aspectos administrativos y políticos. Las capacidades administrativas
remiten a la facultad para asignar, conforme a derecho, bienes y
servicios de manera oportuna y en la cantidad necesaria. Por su parte,
las capacidades políticas refieren a la aptitud para responder a las
demandas de la población, tomando decisiones que las expresen y las
hagan convergentes hacia la búsqueda de equidad.
Certificación: conjunto de
procesos a través de los cuales el municipio obtiene un reconocimiento
formal por parte del Ministerio de Salud de la Nación. El resultado de
esta etapa será el Certificado de Municipio Responsable o Municipio
Saludable, según corresponda.
Componentes: procesos y
mecanismos seleccionados como objeto de evaluación, que han sido
elegidos debido a que son aspectos valorados en la planificación y
gestión de las políticas públicas saludables. Su desarrollo (total o
parcial, según sea el caso) asegura el tránsito de la iniciativa local
hacia una nueva fase. Cada Componente agrupa un conjunto de Elementos
de Gestión específicos.
Comunicación en salud: configura
un campo estratégico para la promoción de la salud y para el abordaje
de los determinantes y condicionantes de la salud. Conjunto de
herramientas para la elaboración de contenidos en salud; implica crear
nuevos significados y sentidos comunes; e impulsa la participación
ciudadana en la promoción de la salud.
Convenio Marco: materializa los
compromisos que asumen la Nación y la Provincia a los efectos de
promover la participación de la instancia provincial en el desarrollo
del "PROGRAMA" en la jurisdicción.
Determinantes y condicionantes de la
salud: condiciones en las que la gente nace, vive, trabaja y
envejece, incluido el sistema de salud. Estas circunstancias están
moldeadas por la distribución del dinero, el poder y los recursos en
los niveles local, nacional y mundial, sobre los cuales influyen las
decisiones políticas. Los determinantes sociales de la salud son, en su
mayor parte, responsables de las inequidades en salud. Este término es
una manera sencilla de incluir los esfuerzos sociales, económicos,
políticos, culturales y medioambientales que determinan las condiciones
de vida de las personas. (OMS: 2011; Cerrando la brecha).
Elementos de Gestión: hacen
referencia a ciertos resultados requeridos para acreditar la calidad de
la intervención en salud de cada municipio. Constituye una parte o
aspecto del Componente y es una expresión operativa del mismo.
Estándares de Calidad para la
Certificación en el proceso de Acreditación: pautas de
referencia que caracterizan las condiciones en términos de los
"procesos de gestión", "resultados de gestión en salud" y "resultados
de gestión" que deben cumplirse para asegurar los avances en las
últimas dos fases del Ciclo de Vida del "PROGRAMA".
Programa: figura a través de la
cual un equipo de trabajo organiza sus actividades y establece una
secuencia en el tiempo, atendiendo a las relaciones de interdependencia
existentes entre las mismas. Esta organización tiene por propósito
delinear un camino que permita modificar una situación actual para
alcanzar una situación deseada con la participación de distintos
actores. Para un adecuado desarrollo deberá prefigurar el contexto en
el que se desarrollará en el futuro, identificando los factores
internos (fortalezas y debilidades) y los factores externos
(oportunidades y amenazas) que afectarán su implementación.
Evidencias: fuentes de
información necesarias para medir el indicador o descriptor enunciado
en las situaciones establecidas en cada "puntuación"; las evidencias
permiten probar que se han alcanzado los procesos y resultados del
"PROGRAMA".
Factor de ponderación: permite
atribuir un peso diferencial de importancia a cada Elemento de Gestión
o Componente respecto del resto.
Integralidad: alinear las
acciones de la política pública con la complejidad y
multidimensionalidad de los problemas sociales y sanitarios. Asimismo,
supone trascender las fronteras de los sectores sociales (salud,
educación, infraestructura, etc.) estableciendo las interdependencias
necesarias para construir respuestas que permitan modificar las
múltiples causas que están condicionando o determinando un problema
socio sanitario.
Interjurisdiccionalidad:
articulación de las responsabilidades y atribuciones que corresponden a
los distintos niveles estaduales de gobierno y de administración
(nacional, provincial y municipal), que refieren a un campo de
problemas comunes; con vistas a coordinar posibilidades, esfuerzos y
recursos para su resolución.
Intersectorialidad: integración
e interacción de los distintos sectores sociales con vistas a la
definición y solución integral de los problemas sociales.
Mesa de Trabajo Intersectorial:
espacio de trabajo en el que participan los distintos actores
comprometidos en el desarrollo de políticas públicas orientadas a
actuar sobre los determinantes de la salud. En el marco de este
espacio, se desempeña un conjunto de tareas relacionadas al proceso de
avance del "PROGRAMA" en el municipio: elaboración del Análisis de
Situación de Salud Local; implementación y actualización de la Sala de
Situación de Salud Local; y diseño y ejecución de proyectos y políticas
para actuar sobre los determinantes y condicionantes de la salud.
Municipio: se utiliza este
término para hacer referencia a las distintas formas de organización en
el nivel infra provincial que comprenden a municipios, comunas,
comisiones municipales, juntas de gobierno, comisiones de fomento y
comunas rurales.
Municipio Responsable: aquel
que, partiendo de un conocimiento sistemático y consensuado acerca de
la problemática de salud en relación con los cuatro campos de los
determinantes y condicionantes expresado en el Análisis de Situación de
Salud Local, tiene en funcionamiento la Sala de Situación de Salud
Local e implementó proyectos en los distintos campos de los
determinantes y condicionantes.
Municipio Saludable: aquel que
obtuvo resultados positivos en la modificación de los factores que
determinan y condicionan negativamente la situación de salud en las
cuatro campos de los determinantes y condicionantes y redujo las
brechas de inequidad identificadas.
Nivel de Logro del Componente:
suma de todos los puntajes ponderados de los Elementos de Gestión
incluidos en cada Componente.
Nivel de Logro de la Fase: promedio
del nivel de logro de todos los Componentes.
Planificación: proceso de toma
de decisiones para alcanzar un futuro deseado, teniendo en cuenta la
situación actual y los factores internos y externos que pueden influir
en el logro de los objetivos.
Políticas públicas: conjunto de
decisiones y acciones orientadas a impactar en las condiciones bajo las
cuales se desenvuelve la vida de las personas, familias y comunidades.
Las políticas públicas ocupan un espacio destacado en la compleja
articulación entre el Estado y la sociedad civil; son formuladas por el
Estado y se proponen impactar en la sociedad. Las políticas públicas
pueden generar acciones y reacciones a lo largo de su proceso de
implementación, de allí que deban observarse como un proceso dinámico
que incluye decisiones y también omisiones, implican valores sociales,
ritos, normas, procedimientos, recursos materiales y actores sociales.
Problema de salud: aquello que
condiciona o determina la situación de salud o epidemiológica de la
población, alcanzando también a los factores involucrados con la
producción y manutención de la salud. Al referirse a problemas de salud
se está aludiendo a la morbilidad, la mortalidad y los factores de
riesgo que afectan a una determinada población.
Procedimientos e instrumentos de
Acreditación: permiten certificar el avance de un determinado
municipio en el Ciclo de Vida del "PROGRAMA".
Proceso de gestión: refiere a
los cambios en las rutinas y reglas de juego derivados de los
programas, proyectos y/o acciones que realiza el municipio.
Promoción de la salud: proceso
a través del cual se busca proporcionar a las personas, familias y
comunidades los medios necesarios para mejorar su salud y ejercer un
mayor control sobre la misma (Carta de Ottawa, 1986). Busca desarrollar
habilidades personales así como generar los mecanismos administrativos,
organizativos y políticos que faciliten a las personas y/o grupos tener
mayor control sobre su salud y mejorarla; persigue el logro de un
estado de bienestar físico, mental y social, en el que los individuos
y/o grupos puedan tener la posibilidad de identificar y lograr
aspiraciones, satisfacer necesidades y poder cambiar o hacer frente a
su entorno.
Protocolo Específico:
instrumento mediante el cual se operativiza el Acuerdo Territorial.
Proyecto: empresa planificada
consistente en un conjunto de actividades interrelacionadas y
coordinadas con el fin de alcanzar objetivos específicos dentro de los
límites de recursos establecidos y en un período de tiempo dados. Un
conjunto de proyectos que persiguen los mismos objetivos, configuran un
"programa".
Puntaje: resultado particular
obtenido por un municipio según los rangos establecidos en la
"puntuación".
Puntaje ponderado: se obtiene
multiplicando el puntaje de cada Elemento de Gestión obtenido por la
"ponderación" que corresponda a cada uno; de este modo, se obtiene el
puntaje ponderado.
Puntuación: está definida a
través de una escala genérica que describe cuatro situaciones posibles
al interior de cada Elemento de Gestión que se valoran de 1 a 4 puntos.
Esta escala permite medir los avances al interior de cada Elemento de
Gestión.
Resultado de gestión en salud: desempeño
de las políticas medido en cambios en la población, en relación a las
acciones de esas políticas.
Resultado en salud: cambio que
puede medirse a través de indicadores que describen factores de riesgo,
morbilidad, mortalidad y discapacidad.
Sala de Situación de Salud Local:
espacio físico y/o virtual donde la información en salud es presentada
y difundida en diversos formatos para tomar decisiones basadas en
evidencias. Esa información es analizada sistemáticamente por los
decisores políticos locales y por la Mesa de Trabajo Intersectorial
para caracterizar la situación de salud de la población. De este modo,
la Sala de Situación se convierte en un instrumento para la gestión
institucional, la negociación política, la identificación de
necesidades, la movilización de recursos, el monitoreo y evaluación de
las intervenciones en salud.
Territorio: resultado de una
relación dinámica entre los componentes sociales (economía, cultura,
instituciones, poderes) que expresan determinadas relaciones de poder.
Cada territorio reconoce atributos particulares. En el territorio se
articulan e integran las diferentes escalas de actores, de
jurisdicciones y de problemas, alrededor de las cuales se inscriben las
estrategias identitarias.
IF-2018-32434017-APN-DCMYCS#MS
ANEXO III
MODELOS DE CONVENIO
MARCO, DE ACUERDO TERRITORIAL Y DE PROTOCOLOS ESPECÍFICOS I, II Y III
CONVENIO
MARCO
CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN
DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES
EN LA PROVINCIA DE_
En la ciudad de_, a los_días del mes de_de 20_, entre el Ministerio de
Salud de la Nación, con sede en Avenida 9 de Julio N° 1925 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; representado en este acto por el Sr. Ministro
de Salud de la Nación, _, en adelante 'EL MINISTERIO" por una parte, y
por la otra parte el Ministerio de Salud de la Provincia de _, con sede
en _de la ciudad de_, representado en este acto por el Sr./Sra.
Ministro/a de Salud de la provincia de _, Sr./Sra. _, en adelante 'LA
PROVINCIA"; se comprometen a suscribir el presente, para la
implementación del "PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante, el "PROGRAMA", de conformidad con
las cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA - PROPÓSITO. 'EL
MINISTERIO" y 'LA PROVINCIA" acuerdan establecer las condiciones de
cooperación y acción conjunta entre las partes, para el desarrollo del
"PROGRAMA" en los gobiernos locales de la provincia de_con el propósito
de trabajar sobre los factores que determinan y condicionan la
situación actual de salud, a la vez que promover y fortalecer en los
municipios el desarrollo de políticas de promoción y prevención que los
aborden de manera integral.
SEGUNDA - OBJETIVOS. Los
objetivos son los siguientes:
i. Celebrar acuerdos interjurisdiccionales en salud, entre "EL
MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y los municipios, los cuales se suscribirán
a través de ACUERDOS TERRITORIALES basados en el presente Convenio
Marco.
ii. Articular de manera efectiva programas nacionales y provinciales
que resulten relevantes para la generación de políticas que aborden los
determinantes de la salud en los municipios.
iii. Brindar asistencia técnica a los municipios que implementen el
"PROGRAMA".
TERCERA - COMPROMISO DEL MINISTERIO. Para
hacer posible los objetivos descriptos en el CLÁUSULA SEGUNDA, "EL
MINISTERIO" se compromete a:
a) Aportar las metodologías e instrumentos necesarios para la ejecución
del "PROGRAMA" en la provincia en sus distintas fases.
b) Difundir y sensibilizar a las autoridades y equipos técnicos locales
en relación con los alcances y procedimientos para la implementación
del "PROGRAMA" en la provincia.
c) Comunicar los resultados de las acciones del "PROGRAMA" y de las
evaluaciones que realice en la provincia en las distintas instancias.
d) Suscribir los Acuerdos Territoriales y sus Protocolos Específicos
con la provincia y los municipios y asistir técnicamente en su
implementación.
e) Asistir técnicamente a los organismos de la provincia que
correspondan y a los municipios en la implementación del "PROGRAMA" en
cada una de sus fases.
f) Monitorear, evaluar y supervisar la rendición técnica y financiera
de los fondos transferidos a los municipios conforme la normativa
vigente en la materia.
g) Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación y de
otros ministerios nacionales para participar en las acciones en la
provincia.
h) Monitorear el desarrollo del "PROGRAMA" en la provincia y realizar
los ajustes necesarios para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.
i) Analizar la documentación presentada, promover los procesos de
Autoevaluación y Evaluación Externa, y decidir acerca de las
acreditaciones de los municipios de la provincia en el marco del Ciclo
de Vida del "PROGRAMA", conforme a lo establecido para cada fase.
j) Desarrollar actividades de capacitación que resulten pertinentes a
los objetivos del "PROGRAMA" en la provincia.
CUARTA - COMPROMISO DE LA PROVINCIA.
Para hacer posible los objetivos descriptos en la CLÁUSULA SEGUNDA, "LA
PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos para la
puesta en marcha e implementación del "PROGRAMA".
b) Difundir y sensibilizar a las autoridades y equipos técnicos locales
en la finalidad, propósitos y orientaciones del "PROGRAMA".
c) Suscribir el Acuerdo Territorial y sus Protocolos Específicos.
d) Designar un Referente Provincial y un equipo técnico para llevar a
cabo las actividades previstas, y facilitar su participación en las
instancias de capacitación y asistencia técnica.
e) Asistir técnicamente y capacitar a los miembros de las Mesas de
Trabajo Intersectorial en la formulación de programas y proyectos.
f) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de fnanciamiento que
provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", en
adelante "LA DIRECCIÓN".
g) Asistir a los municipios para que realicen los informes técnicos y
financieros comprometidos requeridos según la normativa vigente en la
materia y los instructivos de fnanciamiento que provea 'LA DIRECCIÓN".
h) Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en sus diferentes fases en
los municipios de la provincia.
i) Colaborar con el registro y sistematización de la información
resultante de la implementación y los resultados del "PROGRAMA" en la
provincia, y elevar informes periódicos a "LA DIRECCIÓN" según
corresponda. j) Contribuir con el cumplimiento de los compromisos
presentes en este Convenio Marco, los Acuerdos Territoriales y sus
Protocolos Específicos que se suscriban y supervisar su cumplimiento.
k) Facilitar la información estadística necesaria para la elaboración
de los Análisis de Situación de Salud Local y la puesta en marcha y
funcionamiento de las Salas de Situación de Salud Local.
l) Impulsar la integración de políticas socio-sanitarias provinciales
para apoyar y fortalecer las actividades de las Mesas de Trabajo
Intersectoriales de los municipios en el desarrollo de acciones y
proyectos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. m)
Para el desarrollo de estas acciones, podrán recibir, gestionar y
transferir los fondos -cuando sea necesario- a los municipios, siendo
responsables de la supervisión de las actividades correspondientes. n)
Asistir técnicamente en el diseño de los Proyectos Municipales, Módulos
de Promoción de la Salud, Planes de Mejora y Planes Estratégicos de
Promoción de la Salud Local, facilitar la participación de los
organismos provinciales y supervisar su ejecución. o) Facilitar y
promover la articulación de los programas provinciales con los
municipios para el desarrollo de las políticas de promoción y
prevención en salud en el territorio, en el marco de las problemáticas
priorizadas.
QUINTA. A fin de instrumentar
las acciones tendientes al cumplimiento del presente Convenio Marco,
"EL MINISTERIO" actuará a través de la SECRETARIA DE COBERTURAS Y
RECURSOS DE SALUD, y la "PROVINCIA" a través de su Ministro de Salud
provincial.
SEXTA. La operatividad del
presente Convenio Marco, así como la ejecución de acciones específicas
que se requieran y que no se encuentren expresamente consignadas en el
presente, se realizará a través de la suscripción de ACUERDOS
TERRITORIALES entre el "MINISTERIO", la "PROVINCIA" y el "MUNICIPIO" en
el que se llevará adelante el "PROGRAMA" En dichos Acuerdos y en sus
PROTOCOLOS ESPECIFICOS se consignarán los términos particulares y se
establecerá el alcance y el compromiso de las partes responsables para
su cumplimiento. Las partes firmantes delegan la suscripción de los
Acuerdos Territoriales o sus Protocolos Específicos en los designados
en la cláusula QUINTA del presente.
SÉPTIMA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE
LAS PARTES. La ejecución del presente CONVENIO MARCO y los
ACUERDOS TERRITORIALES no crean ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "LA
PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será responsable de
ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por "LA PROVINCIA" o
cualquier persona que reclame en nombre de "LA PROVINCIA", que sea
consecuencia o esté vinculada en cualquier forma con la ejecución del
presente Convenio Marco y Acuerdos Adicionales.
OCTAVA. VIGENCIA Y RESCISIÓN.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su firma.
Tendrá una duración de DOS (2) años y se prorrogará automáticamente de
no mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de
las partes, con una antelación de al menos SESENTA (60) días a su
vencimiento. La anulación del Convenio no afectará las actividades
aprobadas y que se estén ejecutando.
NOVENA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las
partes se comprometen a solucionar todo conflicto motivado en la
interpretación y aplicación del presente convenio, amistosamente y de
buena fe, sometiéndose de ser necesario a la jurisdicción de los
Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS. Para
todos los efectos legales las partes constituyen domicilio en los
indicados en el encabezado del presente convenio.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor
y a un solo efecto, en la ciudad de_, provincia de_a los_(_) días del
mes de de dos mil .-
ACUERDO
TERRITORIAL
En la ciudad de _, a los_días del mes de_del año_, entre el Ministerio
de Salud de la Nación, en adelante 'EL MINISTERIO" con sede en Avenida
9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; actuando en este
acto a través del Señor Secretario de Coberturas y Recursos de Salud, _
por una parte; por otra el Ministerio de Salud de la Provincia de_, en
adelante "LA PROVINCIA" actuando en este acto a través del Ministro de
Salud de la Provincia de _, Sr./Sra._; con sede en _ de la ciudad de _;
y por la otra, el Sr. Intendente _ del Municipio de _de la provincia
de_en adelante 'EL MUNICIPIO", con sede en_; se comprometen a suscribir
el presente Acuerdo, para la implementación del "PROGRAMA NACIONAL DE
CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante, el
"PROGRAMA", de conformidad con las cláusulas que a continuación se
establecen:
PRIMERA. ANTECEDENTES DEL ACUERDO
TERRITORIAL Y PROPÓSITO: "EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL
MUNICIPIO" en el marco de lo suscripto en el Convenio Marco para la
implementación del "PROGRAMA" en la Provincia de _, el día _ del mes de
_ del dos mil_, expresan la voluntad de llevar adelante actividades
conjuntas orientadas a modificar los factores que determinan y
condicionan negativamente la situación actual de salud y desarrollar
aquellos que inciden en ella positivamente, para reducir las brechas de
inequidad existentes.
SEGUNDA. OBJETIVOS: 'EL
MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" acuerdan desarrollar
políticas y proyectos de trabajo para alcanzar mejoras en relación a
los siguientes objetivos, en el marco de la Acreditación como Municipio
Responsable y Saludable:
a. Promover el fortalecimiento institucional en los municipios para
llevar adelante acciones sistemáticas orientadas a la promoción de la
salud y prevención de la enfermedad.
b. Desarrollar políticas, programas y proyectos orientados a la
promoción de la salud y prevención de la enfermedad en relación a los
modos de vida.
c. Promover y aportar a la consolidación de los procesos de mejora en
los programas y servicios de salud.
d. Promover y consolidar cambios en los determinantes y condicionantes
relativos al ambiente.
e. Promover cambios en los determinantes y condicionantes socio
económicos.
f. Desarrollar políticas, programas y proyectos orientados a mejorar el
estado de salud de la población a lo largo del curso de vida.
g. Promover el desarrollo de acciones de comunicación de la
implementación del Programa en el nivel local para la promoción de la
salud.
TERCERA. COMPROMISOS DE "EL
MINISTERIO": Para hacer posible los objetivos descriptos en la
CLÁUSULA SEGUNDA, "EL MINISTERIO" se compromete a:
a) Aportar las metodologías y los instrumentos necesarios para la
ejecución del "PROGRAMA" en el municipio.
b) Proponer "Protocolos Específicos" a ser suscriptos con la provincia
y el municipio, para hacer operativos los compromisos presentes en este
Acuerdo.
c) Asistir técnica y financieramente al municipio miembro del
"PROGRAMA" en el proceso de Acreditación a "Municipio Responsable" y
"Municipio Saludable".
d) Requerir la rendición de cuentas en tiempo y forma, conforme la
normativa vigente en la materia y los instructivos de fnanciamiento que
provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
e) Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación y de
otros ministerios nacionales, para participar en las acciones que
deriven de este acuerdo y de sus Protocolos Específicos.
f) Monitorear el desarrollo del "PROGRAMA" en el municipio y realizar
los ajustes necesarios para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.
g) Promover los procesos de Autoevaluación y Evaluación Externa en el
municipio y decidir acerca de las acreditaciones en el marco del Ciclo
de Vida del "PROGRAMA", conforme a lo establecido para cada fase.
h) Desarrollar actividades de capacitación en el seno de la Mesa de
Trabajo Intersectorial y de la "LA PROVINCIA" en las distintas
instancias del proceso de Acreditación.
i) Difundir los resultados de las acciones desarrolladas en el
municipio.
Estas acciones estarán a cargo de la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES".
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA":
Para hacer posible los objetivos descriptos en la CLAUSULA
SEGUNDA, "LA PROVINCIA" se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos para la
implementación del "PROGRAMA".
b) Llevar adelante capacitaciones en el municipio según las pautas
establecidas por la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
c) Acordar con el Ministerio de Salud de la Nación y suscribir los
Protocolos Específicos que hagan operativo el presente Acuerdo.
d) Asistir técnicamente y capacitar a los miembros de la Mesa de
Trabajo Intersectorial en la formulación de planes, programas y
proyectos, y facilitar la participación de los programas y servicios
provinciales en dichos procesos.
e) Supervisar la implementación del "PROGRAMA" en el municipio, en las
diferentes fases del Ciclo de Vida del "PROGRAMA".
f) Contribuir con y supervisar el cumplimiento de los compromisos del
presente Acuerdo y en sus Protocolos Específicos.
g) Facilitar la información estadística necesaria para el desarrollo de
las acciones en el proceso de Acreditación.
h) Impulsar la integración de políticas socio-sanitarias provinciales
para apoyar y fortalecer las actividades de la Mesa de Trabajo
Intersectorial en el desarrollo de acciones y proyectos de promoción de
la salud y prevención de la enfermedad.
i) Asistir técnicamente en el diseño de los Proyectos Municipales,
Módulos de Promoción de la Salud, Planes de Mejora y Planes
Estratégicos de Promoción de la Salud Local, facilitar la participación
de los organismos provinciales y supervisar su ejecución.
j) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de fnanciamiento que
provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
k) Colaborar con el municipio para que realice los informes técnicos y
financieros comprometidos requeridos según normativa vigente en la
materia y los instructivos de fnanciamiento que provea la "DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO": En
pos de los objetivos descriptos en la CLAUSULA SEGUNDA, "EL MUNICIPIO"
se compromete a:
a) Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
"DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
b) Designar un Referente Municipal del "PROGRAMA" y equipo técnico para
llevar a cabo las actividades previstas y facilitar su participación en
las instancias de capacitación y asistencia técnica.
c) Fortalecer el trabajo en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial conformada al momento de consolidación como "Municipio
Titular".
d) Cumplimentar con lo establecido en el presente Acuerdo y en las
especificaciones que se hagan a través de sus Protocolos Específicos.
e) Impulsar la implementación y el fortalecimiento del "PROGRAMA".
f) Garantizar las condiciones organizacionales para la gestión de la
promoción de la salud: conformación de equipos de trabajo, asignación
de recursos físicos y presupuesto.
g) En el seno de la Mesa de Trabajo Intersectorial, llevar adelante las
acciones necesarias para avanzar en el proceso de Acreditación a
"Municipio Responsable" y "Municipio Saludable".
h) Ser responsable del diseño y la ejecución de planes, programas y
proyectos.
i) Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea la "DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES".
j) Participar de actividades de Autoevaluación y facilitar la
realización de la Evaluación Externa para la Acreditación a "Municipio
Responsable" y "Municipio Saludable".
k) Participar de las instancias de monitoreo y evaluación internas y
externas, previstas en la implementación del "PROGRAMA".
l) Recertifcar la condición de Municipio Responsable o Municipio
Saludable, en caso de cumplida la vigencia de las mismas, a fin de
mantener su nivel de avance en el marco del Ciclo de Vida del
"PROGRAMA".
SEXTA. SUSCRIPCIÓN DE PROTOCOLOS
ESPECÍFICOS: La operatividad del presente Acuerdo, así como la
ejecución de acciones específicas que se requieran y que no se
encuentren expresamente consignadas en el presente, se realizará a
través de la suscripción de Protocolos Específicos.
SÉPTIMA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE
LAS PARTES. La ejecución del presente compromiso de gestión no
crea ningún vínculo de tipo empleador/empleado, agencia o cualquier
relación legal entre "EL MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO".
"EL MINISTERIO" no será responsable de ninguna pérdida, accidentes,
daño o lesión sufrida por "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier
persona que reclame en nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que
sea consecuencia o esté vinculada en cualquier forma con la ejecución
del presente compromiso.
OCTAVA. VIGENCIA Y RESCISIÓN:
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su firma.
Tendrá una duración de dos años y se prorrogará automáticamente de no
mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de
las partes, con una anterioridad de SESENTA (60) días a su vencimiento.
La anulación del Acuerdo no afectará las actividades aprobadas y que
estén en curso.-
NOVENA: Las partes se
comprometen a solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y
aplicación del presente acuerdo, amistosamente y de buena fe,
sometiéndose de ser necesario a la jurisdicción de los Tribunales
Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para
todos los efectos legales las partes constituyen domicilio en los
indicados en el encabezado del presente acuerdo.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de _,
provincia de _ a los _(_) días del mes de_del dos mil _.-
PROTOCOLO ESPECÍFICO
I
PROTOCOLO
ESPECÍFICO I DEL ACUERDO TERRITORIAL NACIÓN - PROVINCIA - MUNICIPIO
"MUNICIPIO TITULAR"
En la ciudad de_, a los _ (_) días del mes de _ de 20_, entre el
Ministerio de Salud de la Nación, en adelante 'EL MINISTERIO" con sede
en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
actuando en este acto a través del Señor Secretario de Coberturas y
Recursos de Salud, _ por una parte; por otra, el Ministerio de Salud de
la Provincia de _en adelante "LA PROVINCIA" actuando en este acto a
través del Ministro de Salud de la provincia de_; con sede en_ de la
ciudad de _ ; y por la otra, por el Sr. Intendente _del Municipio de _
de la Provincia de _en adelante 'EL MUNICIPIO", con sede en_; suscriben
el presente Protocolo Específico I del Acuerdo Territorial (en adelante
AT) suscripto el día _ del mes de _ del dos mil _, para la
implementación del "PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante el "PROGRAMA" de conformidad con
las cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN A
"MUNICIPIO RESPONSABLE": Conforme lo establecido en el Convenio
Marco para la implementación del "PROGRAMA" en la Provincia de _ y en
el Acuerdo Territorial (AT) previamente suscriptos, "EL MINISTERIO",
"LA PROVINCIA" y "EL MUNICIPIO" llevarán adelante las siguientes
acciones para avanzar en el proceso de acreditación a "Municipio
Responsable", a saber:
a. Desarrollar participa e integralmente la gestión para la promoción
de la salud.
b. Elaborar el Análisis de Situación de Salud Local por parte de la
Mesa de Trabajo Intersectorial.
c. Implementar la Sala de Situación de Salud Local, utilizar la
información para la toma de decisiones y difundir los datos a la
comunidad.
d. Desarrollar programas, proyectos y acciones de promoción de la salud
y prevención de la enfermedad en los distintos campos de los
determinantes.
e. Realizar el proceso de Autoevaluación y apoyar el desarrollo de la
Evaluación Externa. f Fortalecer el marco institucional para la
promoción de la salud.
SEGUNDA. COMPROMISOS DEL MINISTERIO:
Para hacer posible las acciones previstas en la cláusula primera, "EL
MINISTERIO" se compromete a:
i. Aportar las metodologías e instrumentos para la realización de las
actividades comprometidas en la cláusula primera.
ii. Capacitar a los integrantes de los equipos técnicos municipales y
provinciales y otros actores de la Mesa de Trabajo Intersectorial.
iii. Brindar asistencia técnica en la elaboración del Análisis de
Situación de Salud Local y la puesta en marcha de la Sala de Situación
de Salud Local.
iv. Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación y
fomentar la integración con otros Ministerios Nacionales para
contribuir al desarrollo de programas y proyectos de promoción de la
salud en el municipio.
v. Asistir técnica y financieramente en el diseño e implementación de
programas y proyectos de promoción y prevención en salud, según el
Instructivo de Financiamiento y Rendición que como Anexo A pasa a
formar parte del presente.
vi. Monitorear la implementación global del "PROGRAMA" en el municipio,
en el proceso de acreditación a "Municipio Responsable".
vii. Definir los parámetros de valoración, proveer los instrumentos
para la Autoevaluación; y promover el proceso de Evaluación Externa y
posterior Certificación, en el proceso de acreditación a "Municipio
Responsable" y difundir sus resultados.
Las mismas estarán a cargo de la Dirección de Municipios y Comunidades
Saludables.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA":
Para hacer posible las acciones previstas en la cláusula primera, 'LA
PROVINCIA" se compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación
como "Municipio Responsable".
ii. Realizar actividades de capacitación según lo establecido por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
iii. Contribuir con la elaboración del Análisis de Situación de Salud
Local y la puesta en marcha de la Sala de Situación de Salud Local.
iv. Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información
disponible en la provincia.
v. Asistir técnicamente en el diseño e implementación de políticas,
programas y proyectos, y facilitar la participación de los programas y
servicios provinciales en dichos procesos.
vi. Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el municipio en el
tránsito hacia Municipio Responsable.
vii. Facilitar la información estadística necesaria para la elaboración
del Análisis de Situación de Salud Local y la puesta en marcha y
funcionamiento de la Sala de Situación de Salud Local.
viii. Promover la participación de los organismos provinciales para
llevar adelante estos compromisos y las acciones necesarias para
avanzar en el proceso de acreditación a Municipio Responsable.
i. Colaborar con los municipios para que realicen los informes técnicos
y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente en la
materia y los instructivos de fnanciamiento que provea la DIRECCIÓN DE
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO":
Para hacer posible las acciones previstas en la cláusula primera, "EL
MUNICIPIO" se compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación a
Municipio Responsable.
ii. Elaborar un Análisis de Situación de Salud Local.
iii. Poner en marcha la Sala de Situación de Salud Local, promover la
utilización de la información en la toma de decisiones, difundir los
datos con la comunidad y otros organismos estatales y garantizar su
actualización.
iv. Diseñar e implementar programas, proyectos y acciones de prevención
y promoción de
la salud en los distintos campos de los determinantes, según el
Instructivo de Financiamiento y Rendición que como Anexo A pasa a
formar parte del presente.
v. Realizar todos los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y los instructivos de financiamiento
que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
vi. Fortalecer el trabajo de la Mesa de Trabajo Intersectorial para
llevar a cabo las actividades previstas conforme lo establecido por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y promover la
participación de actores locales y de la comunidad en general.
vii. Participar de las instancias de monitoreo y evaluación internas y
externas, previstas para la imple mentación del "PROGRAMA".
viii. Realizar la Autoevaluación conforme la metodología e instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
facilitar la realización de la Evaluación Externa en el proceso de
acreditación a "Municipio Responsable", aceptando las pautas,
procedimientos y criterios de valoración establecidos.
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE
LAS PARTES. La ejecución del presente Protocolo Específico I del
AT no crea ningún vínculo de tipo empleador/empleado, agencia o
cualquier relación legal entre "EL MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL
MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será responsable de ninguna pérdida,
accidentes, daño o lesión sufrida por "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o
cualquier persona que reclame en nombre de "LA PROVINCIA" o "EL
MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté vinculada en cualquier forma
con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El
presente Protocolo entrará en vigencia el día siguiente de su firma.
Tendrá una duración de dos años y se prorrogará automáticamente de no
mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de
las partes, con una anterioridad de SESENTA (60) días a su vencimiento.
La anulación del Protocolo no afectará las actividades aprobadas y que
estén en curso.
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Las partes se comprometen a solucionar todo conflicto motivado en la
interpretación y aplicación del presente protocolo, amistosamente y de
buena fe, sometiéndose de ser necesario a la jurisdicción de los
Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para
todos los efectos legales las partes constituyen domicilio en los
indicados en el encabezado del presente protocolo.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de _,
provincia de _a los_(_) días del mes de_de dos mil _.-
PROTOCOLO ESPECÍFICO
II
PROTOCOLO
ESPECÍFICO II DEL ACUERDO TERRITORIAL NACIÓN - PROVINCIA -
MUNICIPIO "MUNICIPIO RESPONSABLE"
En la ciudad de_, a los _ (_) días del mes de _ de 20_, entre el
Ministerio de Salud de la Nación, en adelante '"EL MINISTERIO" con sede
en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, actuando en este acto a través del Señor Secretario de
Coberturas y Recursos de Salud, _por una parte; por otra, el Ministerio
de Salud de la Provincia de _en adelante "LA PROVINCIA" actuando en
este acto a través del Ministro de Salud de la provincia de _; con sede
en _ de la ciudad de _ ; y por la otra, por el Sr. Intendente _del
Municipio de _ de la Provincia de _ en adelante 'EL MUNICIPIO', con
sede en _; suscriben el presente Protocolo Específico II del Acuerdo
Territorial (en adelante AT) suscripto el día _ del mes de _ del dos
mil _, para la implementación del "PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES,
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante el
"PROGRAMA" de conformidad con las cláusulas que a continuación se
establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN
"MUNICIPIO RESPONSABLE": Conforme lo establecido en el Convenio
Marco para la implementación del "PROGRAMA" en la Provincia de _y en el
Acuerdo Territorial (AT) previamente suscriptos, 'EL MINISTERIO'', "LA
PROVINCIA" y 'EL
MUNICIPIO'' llevarán adelante las siguientes acciones para avanzar en
el proceso de acreditación a "Municipio Saludable", a saber:
a. Fortalecer la gestión municipal para llevar adelante acciones
sistemáticas orientadas a la promoción de la salud y prevención de la
enfermedad: institucionalizar la Sala de Situación de Salud Local como
espacio de análisis, planificación y evaluación de políticas públicas;
fortalecer las acciones en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial; garantizar los aspectos organizacionales necesarios
para la gestión; desarrollar el marco normativo en materia de promoción
de la salud y prevención de la enfermedad a la vez que de los
mecanismos de control para hacer efectivo su cumplimiento.
b. Promover y fortalecer acciones de promoción de la salud y prevención
de la enfermedad en relación a los "Modos de vida": generar acciones de
capacitación, entornos promotores, estrategias de comunicación y
control de normativa vigente en torno a: estrategias de promoción de la
vida activa y de alimentación saludable; control de consumo de tabaco;
consumo responsable de alcohol y otras sustancias psicoactivas;
promoción de seguridad vial; promoción de la salud psicosocial, la
violencia sexual y la violencia de género; promover la tenencia
responsable de mascotas;
promover hábitos de consumo responsable del agua.
c. Mejorar los programas y servicios de salud reorientados a la
promoción de la salud a lo largo del curso de vida: asegurar la
cobertura universal de salud para disminuir las brechas de inequidad en
salud y promover la accesibilidad a los servicios y la integralidad de
los programas que abordan: la salud materno infantil; la salud integral
en la infancia; la salud integral de adolescentes; la salud integral de
personas adultas y de adultos mayores.
d. Promover cambios en los determinantes y condicionantes relativos al
ambiente: desarrollar acciones de mantenimiento, vigilancia y control
ambiental, implementar estrategias de capacitación y de comunicación, y
generar acciones de control de normativa vigente para: asegurar el
cuidado y consumo de agua segura; garantizar la disposición sanitaria
de excretas; desarrollar la gestión integral de residuos; implementar
acciones de prevención y control de enfermedades vectoriales y
zoonóticas; promover el cuidado de espacios públicos; propiciar
acciones tendientes a minimizar los riesgos ambientales de origen
natural o social; garantizar la sustentabilidad de la actividad
económica mediante el control de su impacto ambiental.
e. Promover cambios en los determinantes y condicionantes socio
económicos: promover cambios en los determinantes y condicionantes
socio económicos: propiciar ambientes saludables de trabajo;
desarrollar el capital humano e impulsar el crecimiento del empleo en
el contexto local; promover el acceso a la educación en todos los
niveles y los entornos escolares saludables; propiciar el desarrollo
económico local.
f. Desarrollar y fortalecer los mecanismos necesarios para lograr
avances en relación a indicadores y descriptores relativos a procesos
de gestión, resultados de gestión en salud orientados hacia la
integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas promoción de la salud y prevención de la enfermedad; y
resultados en salud.
g. Desarrollar políticas públicas en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial a partir de la reflexión y el análisis intersectorial en
la Sala de Situación de Salud Local.
h. Sostener y ampliar acciones y programas, alcanzando mejores
desempeños en sus "resultados en salud".
i. Promover y fortalecer acciones que contribuyan a reducir las brechas
de inequidad en salud.
j. Realizar la Autoevaluación y apoyar el desarrollo de la Evaluación
Externa.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE "EL
MINISTERIO": Para hacer posible los compromisos descriptos en
la cláusula primera, "EL MINISTERIO" se
compromete a:
i. Aportar las metodologías e instrumentos para la realización de las
acciones comprometidas en la cláusula primera.
ii. Capacitar y brindar asistencia técnica a los equipos municipales,
Mesa de Trabajo Intersectorial y equipos provinciales para el diseño,
puesta en marcha e implementación de proyectos y planes.
iii. Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación e
impulsar la integración con otros Ministerios Nacionales para
contribuir al desarrollo de programas y proyectos de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad en el municipio y de las acciones
que resulten de los Planes de Mejora.
iv. Contribuir con el desarrollo e implementación de acciones en
promoción de la salud local con un abordaje integral de los
determinantes de la salud.
v. Asistir técnica y financieramente en el diseño e implementación de
programas y proyectos de promoción de la salud y prevención de la
enfermedad y en el desarrollo de los Planes de Mejora, según los
Instructivos de Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B pasan a
formar parte del presente.
vi. Monitorear el desarrollo de los Planes de Mejora y el desarrollo
general del "PROGRAMA" en el municipio en el tránsito hacia "Municipio
Saludable".
vii. Definir los parámetros de valoración, proveer los instrumentos
para la Autoevaluación; y promover los procesos de Evaluación Externa y
su posterior Certificación, en el proceso de Acreditación a "Municipio
Saludable" y difundir sus resultados.
Las mismas estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA":
Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera,
"LA PROVINCIA" se
compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación a
"Municipio Saludable".
ii. Realizar actividades de capacitación para el diseño e
implementación de los Planes de Mejora según los criterios establecidos
por la DIREECION DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
iii. Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información
disponible en la provincia.
iv. Asistir técnicamente en el diseño e implementación de políticas,
programas y proyectos, así como también en los Planes de Mejora, y
facilitar la participación de los programas y servicios provinciales en
dichos procesos.
v. Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el municipio en el
tránsito hacia "Municipio Saludable".
vi. Contribuir con la convocatoria y participación de los organismos
provinciales para llevar adelante estos compromisos y las acciones
necesarias para avanzar en el proceso de Acreditación a "Municipio
Saludable".
vii. Colaborar con los municipios para que realicen los informes
técnicos y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente
en la materia y los instructivos de financiamiento que provea la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO":
Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera,
"EL MUNICIPIO" se compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación a
"Municipio Saludable".
ii. Garantizar las condiciones organizacionales necesarias para
desarrollar las acciones previstas en la cláusula segunda.
iii. Diseñar e implementar programas, proyectos y acciones de
prevención y promoción de la salud en los distintos campos de los
determinantes para lograr avances en los indicadores y descriptores
establecidos en la Acreditación a "Municipio Saludable".
iv. Realizar todos los informes técnicos y financieros que
correspondan, garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma,
según la normativa vigente en la materia y los instructivos de
fnanciamiento que provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
v. Diseñar, poner en marcha e implementar los Proyectos Municipales,
Módulos de Promoción de la Salud y Planes de Mejora, para avanzar en el
camino hacia "Municipio Saludable", según los Instructivos de
Financiamiento y Rendición que como Anexo A y B pasan a formar parte
del presente.
vi. Realizar la Autoevaluación conforme la metodología e instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
facilitar la realización de la Evaluación Externa en el proceso de
Acreditación como "Municipio Saludable", aceptando las pautas,
procedimientos y criterios de valoración establecidos para la imple
mentación del "PROGRAMA".
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE
LAS PARTES. La ejecución del
presente Protocolo Específico II del AT no crea ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "EL
MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será
responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por
"LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El
presente Protocolo entrará en vigencia
el día siguiente de su firma. Tendrá una duración de dos años y se
prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en
contrario proveniente de alguna de las partes, con una anterioridad de
SESENTA (60) días a su vencimiento. La anulación del Protocolo no
afectará las actividades aprobadas y que estén en curso.-
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Las partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente protocolo, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de
ser necesario a la
jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero que
pudiera corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS:
Para todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente convenio.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de _,
provincia de _a los_(_) días del mes de_de dos mil_.
PROTOCOLO
ESPECÍFICO III DEL ACUERDO TERRITORIAL
NACIÓN-PROVINCIA-MUNICIPIO "MUNICIPIO SALUDABLE"
En la ciudad de_, a los _ (_) días del mes de _ de 20_, entre el
Ministerio de Salud de la Nación, en adelante "EL MINISTERIO' con sede
en Avenida 9 de Julio 1925 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, actuando en este acto a través del Señor Secretario de
Coberturas y Recursos de Salud, _por una parte; por otra, el Ministerio
de Salud de la Provincia de _en adelante "LA PROVINCIA" actuando en
este acto a través del Ministro de Salud de la provincia de _; con sede
en _ de la ciudad de _ ; y por la otra, por el Sr. Intendente _del
Municipio de _ de la Provincia de _ en adelante 'EL MUNICIPIO", con
sede en _; suscriben el presente Protocolo Específico III del Acuerdo
Territorial (en adelante AT) suscripto el día _ del mes de _ del dos
mil _, para la implementación del "PROGRAMA NACIONAL DE
CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES", en adelante el
"PROGRAMA" de conformidad con las cláusulas que a continuación se
establecen:
PRIMERA. OBJETO. ACREDITACIÓN A "MUNICIPIO SALUDABLE": Conforme lo
establecido en el Convenio Marco para la implementación del "PROGRAMA"
en la Provincia de _ y en el Acuerdo Territorial (AT) previamente
suscriptos, 'EL MINISTERIO", "LA PROVINCIA" y 'EL MUNICIPIO" llevarán
adelante las siguientes acciones para sostener los avances en el
proceso de acreditación a "Municipio Saludable", a saber:
a) Fortalecer la gestión municipal para llevar adelante acciones
sistemáticas orientadas a la promoción de la salud y prevención de la
enfermedad: actualizar y difundir la información de la Sala de
Situación de Salud Local; desarrollar un marco institucional;
fortalecer las acciones en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial; y garantizar los aspectos organizacionales necesarios
para la gestión.
b) Promover y fortalecer acciones de promoción de la salud y prevención
de la enfermedad en relación a los modos de vida: actividad física, los
municipios libres de humo, la salud psicosocial, la alimentación
saludable y seguridad vial, consumo abusivo de alcohol, la violencia
sexual y la violencia de género, promover la tenencia responsable de
mascotas; promover hábitos de consumo responsable del agua.
c) Mejorar los programas y servicios de salud reorientados a la
promoción de la salud a lo largo del curso de vida: salud materno
infantil, salud integral en la infancia, salud integral de adolescentes
y salud integral de personas adultas y adultos mayores.
d) Propiciar cambios en los determinantes y condicionantes relativos al
ambiente: Aguas seguras, gestión integral de residuos sólidos, cuidado
de espacios públicos municipales, impacto ambiental de la actividad
económica, enfermedades vectoriales y zoonóticas.
e) Desarrollar acciones tendientes a modificar los determinantes y
condicionantes socio económicos: salud y trabajo, salud y educación y
desarrollo económico local.
f) Desarrollar y fortalecer los mecanismos necesarios para lograr
avances en relación a indicadores y descriptores relativos a procesos
de gestión, resultados de gestión en salud orientados hacia la
integralidad, la participación y la institucionalización de las
políticas promoción de la salud y prevención de la enfermedad; y
resultados en salud.
g) Desarrollar políticas públicas en el seno de la Mesa de Trabajo
Intersectorial a partir de la reflexión y el análisis intersectorial en
la Sala de Situación de Salud Local.
h) Sostener y ampliar acciones y programas, alcanzando mejores
desempeños en sus "resultados en salud".
i) Promover y fortalecer acciones que contribuyan a reducir las brechas
de inequidad en salud.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE "EL
MINISTERIO": Para hacer posible los compromisos descriptos en
la cláusula primera, "EL MINISTERIO" se
compromete a:
i. Aportar las metodologías e instrumentos para la realización de las
acciones comprometidas en la cláusula primera.
ii. Capacitar y brindar asistencia técnica al equipo municipal, Mesa de
Trabajo Intersectorial y equipo provincial para el diseño, puesta en
marcha e implementación de proyectos y planes.
iii. Convocar a los programas del Ministerio de Salud de la Nación y
propiciar la integración con otros Ministerios Nacionales para
contribuir al desarrollo de programas y proyectos de promoción de la
salud y prevención de la enfermedad en el municipio y de las acciones
que resulten de los Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local.
iv. Contribuir con el desarrollo de acciones y programas que mejoren
los resultados en salud en el nivel local.
v. Asistir técnica y financieramente en el diseño e implementación del
Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local, según el Instructivo
de Financiamiento y Rendición que como Anexo A pasa a formar parte del
presente.
vi. Monitorear el desarrollo del Plan Estratégico de Promoción de la
Salud Local y el desarrollo general del "PROGRAMA" en "Municipio
Saludable".
vii. Definir los parámetros de valoración, proveer los instrumentos
para la Autoevaluación; y promover los procesos de Evaluación Externa y
su posterior Certificación, en el proceso de Acreditación de los
distintos niveles de "Municipio Saludable" y difundir sus resultados.
Los mismos estarán a cargo de la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES
SALUDABLES.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LA PROVINCIA":
Para hacer posible los
compromisos descriptos en la cláusula primera, "LA PROVINCIA" se
compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación de
los distintos niveles de "Municipio Saludable".
ii. Realizar actividades de capacitación para el diseño e
implementación del Plan Estratégico de Promoción de la Salud Local
según los criterios establecidos por la DIRECION DE MUNICIPIOS Y
COMUNIDADES SALUDABLES.
iii. Colaborar en lo referido a su jurisdicción con la información
disponible en la provincia para fortalecer la Sala de Situación de
Salud Local, indicadores y descriptores correspondientes a la Fase 4
Municipio Saludable.
iv. Asistir técnicamente en el diseño e implementación del Plan
Estratégico de Promoción de la Salud Local y facilitar la participación
de los programas y servicios provinciales en dichos procesos.
v. Supervisar el desarrollo del "PROGRAMA" en el cumplimiento de los
estándares de la acreditación a "Municipio Saludable".
vi. Contribuir con la convocatoria y participación de los organismos
provinciales para llevar adelante estos compromisos y las acciones
necesarias para avanzar en el proceso de acreditación a "Municipio
Saludable".
vii. Asistir a los municipios para la realización de los informes
técnicos y financieros comprometidos requeridos según normativa vigente
en la materia y el instructivo de financiamiento que provea la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
CUARTA. COMPROMISOS DEL "MUNICIPIO":
Para hacer posible los compromisos descriptos en la cláusula primera,
"EL MUNICIPIO" se compromete a:
i. Aceptar los criterios, pautas e instrumentos propuestos por la
DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES en la acreditación de
los distintos niveles de "Municipio Saludable".
ii. Garantizar las condiciones organizacionales necesarias para
desarrollar las acciones previstas en la cláusula primera.
iii. Diseñar e implementar programas, proyectos y acciones de
prevención y promoción de la salud en los distintos campos de los
determinantes para lograr avances en los indicadores y descriptores
establecidos en los distintos niveles de "Municipio Saludable".
iv. Realizar los informes técnicos y financieros que correspondan,
garantizando la rendición de cuentas en tiempo y forma, según la
normativa vigente en la materia y el instructivo de financiamiento que
provea la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES.
v. Diseñar, poner en marcha e implementar el Plan Estratégico de
Promoción de la Salud Local, según los Instructivos de Financiamiento y
Rendición que como Anexo A pasa a formar parte del presente.
vi. Generar evidencia en promoción de la salud para la implementación
de buenas prácticas.
vii. Realizar la Autoevaluación conforme la metodología e instrumentos
provistos por la DIRECCIÓN DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES y
facilitar la realización de la Evaluación Externa en el proceso de
Acreditación en los distintos niveles de "Municipio Saludable",
aceptando las pautas, procedimientos y criterios de valoración
establecidos para la implementación del "PROGRAMA".
QUINTA. RELACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE
LAS PARTES. La ejecución del
presente Protocolo Específico III del AT no crea ningún vínculo de tipo
empleador/empleado, agencia o cualquier relación legal entre "EL
MUNICIPIO", "LA PROVINCIA" y "EL MINISTERIO". "EL MINISTERIO" no será
responsable de ninguna pérdida, accidentes, daño o lesión sufrida por
"LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO" o cualquier persona que reclame en
nombre de "LA PROVINCIA" o "EL MUNICIPIO", que sea consecuencia o esté
vinculada en cualquier forma con la ejecución del presente Protocolo.
SEXTA. VIGENCIA Y RESCISIÓN: El
presente Protocolo entrará en vigencia
el día siguiente a su firma. Tendrá una duración de dos años y se
prorrogará automáticamente de no mediar comunicación fehaciente en
contrario proveniente de alguna de las partes, con una antelación no
menor a SESENTA (60) días a su vencimiento. La anulación del Protocolo
no afectará las actividades aprobadas y que estén en curso.-
SÉPTIMA. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las
partes se comprometen a
solucionar todo conflicto motivado en la interpretación y aplicación
del presente protocolo, amistosamente y de buena fe, sometiéndose de
ser necesario a la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro
fuero que pudiera corresponder.
OCTAVA. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS: Para
todos los efectos legales las
partes constituyen domicilio en los indicados en el encabezado del
presente convenio.
Leído que fue por las partes y en prueba de conformidad se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de _,
provincia de _a los_(_) días del mes de_de dos mil_.
IF-2018-32434122-APN-DCMYCS#MS