COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE

Disposición 1/2018

09/08/2018

VISTO, La Ley N° 26.912 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 649/18 y 710/18,

CONSIDERANDO:

Que en consonancia con los compromisos asumidos por la REPUBLICA ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte, por la Ley Nº 26.912 y sus modificatorias, se creó la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE en el ámbito de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como un ente público estatal, con autarquía financiera, la que actuará conforme al régimen establecido para los entes enumerados en el inciso c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 81 de la Ley Nº 26.912 y sus modificatorias, se estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará integrada por un (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a ella en dicho régimen, y un (1) CONSEJO CONSULTIVO, que colaborará en la elaboración de políticas de prevención del dopaje en el deporte, de lucha contra el dopaje en el deporte sobre la base del principio del juego limpio y de protección de la salud de los que participan en las competencias.

Que por el mencionado artículo, se estableció que la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE dictará su reglamento interno.

Que la operatoria y funcionamiento de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE se regirá por su ley de creación, el Decreto N° 649/18, por las disposiciones del presente instrumento y demás reglamentos y/o procedimientos que en consecuencia se dicten.

Que por el Decreto N° 710/18 se designaron los miembros del Directorio Ejecutivo, integrado por UN (1) Presidente, UN (1) Secretario, UN (1) Tesorero y TRES (3) Vocales.

Que con fecha 09 de agosto de 2018 se efectuó la primera reunión del Directorio Ejecutivo en la que se resolvió aprobar por Acta de Directorio Ejecutivo N° 001 el Reglamento Interno de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Publíquese el texto del Reglamento Interno de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE, aprobado por el Acta de Directorio Ejecutivo N° 001 de fecha 09 de agosto de 2018, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese Diego Grippo - Nadia S. Córdoba - Mariana S. Galván - Jorge Roberto Laurence - Alejandro Cassettai - Juan M. Lauría

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/08/2018 N° 60636/18 v. 21/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)