INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1297/2018

RESOL-2018-1297-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2018

VISTO el Expediente N°EX-2018-36221802-APN-GA#INCAA, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), el Decreto Nº 1536 del 20 de agosto de 2002, el Decreto Nº 324 del 8 de mayo de 2017, la Resolución Nº 1591 del 12 de mayo de 2004, la Resolución Nº 2645 del 3 de diciembre de 2009 y la Resolución Nº 311 del 7 de febrero de 2012 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, el Decreto 202 del 21 de marzo de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se iniciaron por una propuesta elevada por la UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, en el marco de las competencias establecidas en la Resolución INCAA N° 401/2017.

Que la propuesta consiste en la implementación un Pliego Modelo de Bases y Condiciones Particulares y el desarrollo de un Registro de Proveedores, medidas que se enmarcan en los esfuerzos que se llevan a cabo desde la UNIDAD DE TRANSPARENCIA para el fortalecimiento de los procesos de adquisiciones del organismo, con el objetivo de prevenir prácticas nocivas e irregularidades, y dotar de mayor transparencia los procesos de asignación de recursos públicos.

Que el artículo 2 de la Resolución N 311 de 2012 establece cuales son los principios generales en los que se basa el sistema de contrataciones del organismo, entre los que se establece la promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes y la igualdad de tratamiento. Que el artículo 7 inciso j de la Resolución N 311 de 2012 establece que el INSTITUTO especialmente se encuentra facultado para Supervisar que el sitio de Internet del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES contenga la información ordenada y actualizada sobre compras y contrataciones, el cuál será de ingreso irrestricto, debiendo llevar y mantener actualizado el Registro de Proveedores del INCAA. Podrá remitir la información que corresponda a otros sitios de Internet y difundir las convocatorias, realizando las respectivas comunicaciones correspondientes a los procedimientos de contratación.

Que el INSTITUTO es sujeto obligado de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública en la que se define “información pública” como todo tipo de datos contenidos en documentos que los sujetos obligados, generen, obtengan, transformen, controlen o custodien, y define como documento todo registro que haya sido generado, que sea controlado o que sea custodiado por los sujetos obligados, independientemente de su forma, soporte, origen, fecha de creación o carácter oficial.

Que por medio de la presente y de acuerdo a lo establecido en los considerandos precedentes se crea un Registro de Proveedores, el que será de acceso público y se publicará en la página Web del INSTITUTO a los efectos de que toda persona pueda tener conocimiento sobre los proveedores con los que contrata el organismo.

Que, asimismo, el Régimen de Contrataciones del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES establecido por Resolución INCAA N° 311/2012, establece en el artículo 30 los montos de las contrataciones y los respectivos topes de cada procedimiento de postulación de ofertas.

Que, con la finalidad de otorgar mayor flexibilidad y rapidez a la gestión de las contrataciones, coadyuvando con ello a un uso inteligente de los recursos públicos, a través del Decreto N° 1030/2016 se ha dispuesto actualizar la cantidad de módulos asignados para la fijación de las competencias establecidas para el dictado de actos administrativos de los procedimientos de selección y para aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos.

Que, a la luz de la nueva norma, corresponde la revisión y adecuación de las autorizaciones respectivas dada la creación de la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES. Que la Gerencia de Coordinación y Control de Gestión, la Gerencia General y las Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3 inciso e) y ñ) de la Ley 17.741 del Decreto 324/2017 del 8 de mayo de 2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Pliego Modelo de Bases y Condiciones Particulares, que forma parte de la presente Resolución como Anexo IF-2018-39438818-APN-GCYCG#INCAA, el que deberá utilizarse en la totalidad de los procedimientos de selección de contratistas del Instituto.

Artículo 2°.- Crear el Registro de Proveedores del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES, el que funcionará en el ámbito de la Coordinación de Contrataciones, área que tendrá a cargo la administración del mismo.

Artículo 3°.- Aprobar el Reglamento del Registro de Proveedores, que forma parte de esta Resolución como Anexo IF-2018-39439736-APN-GCYCG#INCAA, que entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 4°.- Sustituir el artículo 30 de la Resolución INCAA N° 311/2012, el que quedará redactado de la siguiente manera: “MONTO ESTIMADO DEL CONTRATO. Para la elección del procedimiento de selección, según el monto estimado del contrato, se aplicará la siguiente escala: a) Hasta $ 75.000 (PESOS SETENTA Y CINCO MIL): Trámite Simplificado. b) Hasta $ 1.300.000 (PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL): Contratación Directa. c) Hasta $ 6.000.000 (PESOS SEIS MILLONES): Licitación Privada. d) Más de $ 6.000.000 (PESOS SEIS MILLONES): Licitación o Concurso Público.”.

Artículo 5°.- Fijar en hasta $ 500.000.- (PESOS QUINIENTOS MIL) la facultad de la Sub-Gerencia de Administración y Finanzas, para disponer la aprobación de contrataciones o adquisición de bienes y servicios del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Artículo 6°.- Fijar en hasta $ 1.500.000.- (PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL) la facultad de la Gerencia de Coordinación y Control de Gestión, para disponer la aprobación de contrataciones o adquisición de bienes y servicios del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Artículo 7°.- Fijar en hasta $ 6.000.000.- (PESOS SEIS MILLONES) la facultad de la Gerencia General, para disponer la aprobación de contrataciones o adquisición de bienes y servicios del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Artículo 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ralph Douglas Haiek

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/08/2018 N° 60811/18 v. 22/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)