MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 688/2018
RESOL-2018-688-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2018
VISTO el Expediente EX-2018-28835079- -APN-SSCYVF#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 13 de fecha 10 de diciembre
de 2015, 174 de fecha 2 de marzo de 2018, el Acuerdo Marco sobre
Lineamientos Generales para el Establecimiento de “Zonas de Seguridad
Bipartita en Fronteras” entre los Estados Partes del Mercosur y Estados
Asociados de 2012, el Acuerdo Interinstitucional de Organización y
Funcionamiento entre el Ministerio de Seguridad de la República
Argentina y el Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de
Bolivia para el Establecimiento de Zonas de Seguridad Bipartita en
Frontera, y
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Marco sobre Lineamientos Generales para el
Establecimiento de “Zonas de Seguridad Bipartita en Fronteras” entre
los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados, del 23 de
noviembre de 2012, estableció como objetivo la regulación de los
espacios fronterizos de coordinación bilateral comunes entre las
partes, para lo cual estableció las denominadas Zonas de Seguridad
Bipartita en Frontera con el fin de optimizar y estandarizar los
mecanismos de intercambio de información y asistencia mutua en materia
de seguridad.
Que a tal efecto estableció los objetivos, funciones y órganos
políticos y operativos de las Zonas de Seguridad Bipartita en
Fronteras, facultando a los Estados partes al nombramiento de los
mismos y la regulación de los detalles del funcionamiento específico de
cada Zona.
Que el Acuerdo Interinstitucional de Organización y Funcionamiento
entre el Ministerio de Seguridad de la República Argentina y el
Ministerio de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia para el
Establecimiento de Zonas de Seguridad Bipartita en Frontera aprobó el
“Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Zonas de Seguridad
Bipartita en Frontera” entre ambos Ministerios y la promoción de las
medidas administrativas internas que correspondan para su aplicación.
Que el artículo V del Anexo I del “Reglamento de Organización y
Funcionamiento de las Zonas de Seguridad Bipartita en Frontera entre el
Ministerio de Seguridad de la República Argentina y el Ministerio de
Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia”, faculta a los
respectivos Ministerios a designar a los funcionarios responsables de
las “Secretarías Generales de las Zonas de Seguridad Bipartita en
Fronteras”.
Que por el Decreto N° 13/2015 se le atribuyó al MINISTERIO DE SEGURIDAD
la competencia para entender en la preservación de la seguridad en
Zonas de Frontera.
Que por el Decreto N° 174/2018 se creó la SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA Y
CONTROL DE FRONTERAS atribuyéndole entre sus competencias las de
asistir al MINISTERIO DE SEGURIDAD en la seguridad de fronteras y en la
coordinación del Sistema de Seguridad de Fronteras, asegurar la
presencia del Estado Nacional en la Zona de Seguridad de Frontera y
establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales y de los
países limítrofes en materia de seguridad de fronteras, proponiendo la
firma de los convenios que fueran necesarios.
Que la presente medida no conlleva erogación presupuestaria alguna para la jurisdicción.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta conforme a lo prescripto por la Ley
N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 13/2015 y 174/2018.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Desígnese al SUBSECRETARIO DE VIGILANCIA Y CONTROL DE
FRONTERAS como “SECRETARIO GENERAL DE LAS ZONAS BIPARTITAS EN FRONTERA”
de las ZONAS DE SEGURIDAD BIPARTITAS EN FRONTERA con el ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
ARTÍCULO 2°: Facúltese al SUBSECRETARIO DE VIGILANCIA Y CONTROL DE
FRONTERAS a designar su reemplazante en caso de impedimento o ausencia
temporal para el desempeño de la función asignada por el presente.
ARTÍCULO 3°: Deróguese la Resolución N°395-E de fecha 4 de mayo de 2017.
ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 23/08/2018 N° 61230/18 v. 23/08/2018