DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Disposición 3656/2018
DI-2018-3656-APN-RENAPER#MI
Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018
VISTO, el Expediente Nº EX-2018-41239140-APN-DNDV#RENAPER, las Leyes Nº
17.671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano
Nacional, sus modificatorias y complementarias, N° 22.963 de La Carta y
sus modificatorias, y Nº 26.651 Mapa Bicontinental de la República
Argentina – Sector Antártico, el Decreto Nº 261 del 2 de marzo de 2011
y sus modificatorios, la Resolución Nº 1474 del 13 de junio de 2012 de
esta Dirección Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 61 de la Ley Nº 17.671 faculta a esta DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a expedir en forma exclusiva los distintos
tipos de Pasaportes.
Que el Decreto Nº 261/11 en su artículo 1° dispone que, con excepción
de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, los distintos tipos de
Pasaportes Nacionales serán otorgados en todo el territorio de la
Nación por esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS.
Que la norma precitada faculta a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS para incorporar las modificaciones, ajustes y
actualizaciones al diseño, las características y elementos de seguridad
de los Pasaportes que expide.
Que por la Resolución N° 1474/12 de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, se aprobaron las características del
nuevo Pasaporte Electrónico emitido en todo el territorio de la Nación
con excepción de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales.
Que conforme lo establece la Ley N° 22.963 el INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL es la autoridad de aplicación en la cartografía oficial de la
REPÚBLICA ARGENTINA.
Que en virtud de un trabajo en conjunto entre el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y esta
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS se considera
necesario realizar una modificación del mapa de la contratapa del
actual Pasaporte Electrónico Argentino.
Que el mapa a utilizarse cumple con las exigencias establecidas en la Ley N° 26.651.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE y la DIRECCIÓN GENERAL
TÉCNICA JURÍDICA ambas dependientes de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS han tomado intervención que les
compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que
otorgan los artículos 5° y 61 de la Ley Nº 17.671, y 6° del Decreto Nº
261/11.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del mapa de la CONTRATAPA del
PASAPORTE ELECTRÓNICO ARGENTINO emitido en todo el territorio de la
Nación por esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con excepción de
los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, de acuerdo al Anexo
DI-2018-41744980-APN-RENAPER#MI que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Determínase que la totalidad de los pasaportes emitidos
con anterioridad al dictado de la presente medida, mantendrán su plena
vigencia hasta la fecha de vencimiento dispuesta en los mismos o hasta
tanto sus titulares soliciten un nuevo ejemplar.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan José Damico
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/08/2018 N° 62928/18 v. 29/08/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)