Resolución 708/2018
RESOL-2018-708-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018
VISTO el Expediente EX-2018-41573989- -APN-UCG#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, las leyes Nros. 22.520 y 13.593, los Decretos
Nros. 1993 del 14 de Diciembre de 2010 y 760 del 16 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 760/18 se transfirió, desde la órbita de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL a la CAJA DE
RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, la
administración de los aportes, contribuciones, liquidación y pago de
los beneficios de retiros, jubilaciones y pensiones del personal de
dichas Fuerzas.
Que por el artículo 3° del citado Decreto se estableció una “Etapa de
Transición”, por el plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, a
fin de coordinar las medidas pertinentes a través de una Comisión de
Revisión y Seguimiento, conformada por este Ministerio.
Que la CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA
FEDERAL-Entidad 250- Organismo previsional descentralizado y autárquico
creado por Ley Nº 13.593 fue oportunamente transferido a la órbita de
supervisión del MINISTERIO DE SEGURIDAD por el artículo 7° del Decreto
Nº 1993/2010.
Que en el marco de lo expuesto es menester la conformación de una
Comisión de Revisión y Seguimiento Ad Hoc que cuente con actores de
ambas Fuerzas de Seguridad Federales, del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del
propio Organismo Previsional, la que quedará conformada a su vez por
una Coordinación y mesas de trabajo representativas de las áreas
involucradas.
Que la presente medida no conlleva erogación presupuestaria alguna y
las actividades aquí reseñadas serán cubiertas por los presupuestos de
las respectivas entidades, cuando sea pertinente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en
virtud del artículo 4º, inciso b) apartado 9 y 22 bis de la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (T.O. 438/92) y sus modificatorias y el Decreto
Nº 760/18.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Confórmese la COMISIÓN DE REVISIÓN Y SEGUIMIENTO con el
objeto de coordinar las medidas necesarias para la implementación de
las transferencias enunciadas por el Decreto Nº 760/18 por un plazo de
TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos.
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN DE REVISIÓN Y SEGUIMIENTO estará integrada
por una Coordinación General y por Mesas de Trabajo específicas
referidas a Beneficiarios, Asuntos Jurídicos, Informática y
Administración, conforme el Anexo I (IF-2018-42054023-APN-UCG#MSG) que
forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Las funciones de la COMISIÓN DE REVISIÓN Y SEGUIMIENTO serán las de articular las medidas necesarias referidas a:
a. Beneficiarios (empadronamiento, legajos y capacitación).
b. Asuntos Jurídicos (seguridad social y litigiocidad).
c. Informática (ajuste del sistema y migración de bases de datos).
d. Administración (presupuesto).
ARTÍCULO 4°.- La mencionada Comisión confeccionará informes
trimestrales dando cuenta de las acciones llevadas a cabo en el marco
de sus funciones para conocimiento y difusión por parte del Ministerio.
Cumplidos sus objetivos elaborará un Informe Final del proceso llevado
adelante y los logros obtenidos, el cual será aprobado por el
MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/08/2018 N° 63487/18 v. 30/08/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)