MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 2534/2018

RESOL-2018-2534-APN-ME

Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2018

VISTO los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 84 de fecha 23 de enero de 2014 y N° 90 de fecha 30 de enero de 2018; las Resoluciones Ministeriales Nº 138 de fecha 31 de enero de 2018, 2386 de fecha 6 de diciembre de 2016, 2805 de fecha 4 de julio de 2017 y 65 de fecha 6 de marzo de 2018; la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 315 de fecha 13 de marzo de 2018 y el Expediente N° EX-2018-34281661-APN-DNBE#ME, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la sanción del Decreto N° 84/14 se creó el “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR), en adelante “el PROGRAMA”, con el fin de generar nuevas oportunidades de inclusión social a los jóvenes en situación de vulnerabilidad, a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral.

Que posteriormente, por el Decreto N° 90/18, se transfirió el “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR)” del ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, quedando este último designado como Autoridad de Aplicación

Que por la Resolución Ministerial Nº 138/18 se establecieron las condiciones y requisitos para acceder al “PROGRAMA”, determinando además que el mismo funcionaría en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de esta cartera ministerial, quedando a su cargo la coordinación, implementación e interpretación de sus alcances.

Que previamente, mediante el dictado de la Resolución Ministerial Nº 2386/16, fue creado bajo la órbita de la Dirección Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, el PROGRAMA ARGENTINA BECA (ARBEC), con el objeto de nuclear y concentrar la gestión de todas las líneas de becas existentes hasta esa fecha, en el entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES Y EL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en una única plataforma de desarrollo administrativo/contable, comunicacional, de seguimiento e impacto.

Que luego, por Resolución Ministerial Nº 2805/17, modificatoria de la Resolución Ministerial Nº 2386/16, se creó dentro del PROGRAMA ARGENTINA BECA (ARBEC) la Línea ARGENTINA BECA POSGRADOS (ARBEC POSGRADOS), con el objeto de lograr la profesionalización y capacitación permanente de recursos humanos, mediante la realización de estudios de posgrado en universidades e instituciones argentinas, según las necesidades existentes en la sociedad, y así lograr la multiplicación de la oferta de especialistas en todas las jurisdicciones educativas del país.

Que mediante la Resolución Nº 65/18, se creó dentro del Programa “BECAS PROGRESAR” la línea de BECAS PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN DE ENFERMERÍA (LÍNEA BECAS PROGRESAR PRONAFE), con el objeto de habilitar el acceso, permanencia y promoción en la esfera de la educación superior, de estudiantes de la carrera de enfermería.

Que la Decisión Administrativa Nº 315/18 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación aprobó la actual estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de este Ministerio de Educación.

Que en virtud de la norma referida, se creó la Dirección Nacional de Becas Educativas dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA, estableciendo como su responsabilidad primaria la de entender en el diseño, gestión y administración de la política integral de becas y mejoramiento continuo; y se estableció entre las competencias de dicha Dirección la de gestionar la implementación y administración de las líneas de becas educativas.

Que atento la competencia asignada a la mencionada Dirección Nacional de Becas Educativas, y a fin de eficientizar la organización y gestión de las líneas de becas existentes en la órbita de este Ministerio, corresponde dictar el acto administrativo que unifique la gestión de las mismas en el área que, de acuerdo con la última estructura organizativa aprobada para este Ministerio, tiene potestad para ello.

Que esta medida se adopta teniendo en miras el principio de eficacia administrativa, el cual tiene como eje la idoneidad de la Administración Pública para cumplir sus fines, lo que se traduce en la satisfacción del interés general.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 y sus modificatorias, artículo 1º inciso g) del Decreto Nº 101/85 y por el Decreto Nº 90/18.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Transferir el funcionamiento del PROGRAMA ARGENTINA BECAS (ARBEC) creado por la Resolución Ministerial Nº 2386/16 y modificado por la Resolución Ministerial Nº 2805/17, cuyo detalle de líneas de becas se acompaña a la presente como ANEXO (IF-2018-34283631-APN-DNBE#ME), del ámbito de la Dirección Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS a la órbita de la Dirección Nacional de Becas Educativas dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA.

ARTÍCULO 2º.- Derogar los artículos 2º, 3º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 2386/16.

ARTÍCULO 3º.- Modificar el ARTÍCULO 1º de la Resolución Ministerial Nº 138/18, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Establecer que el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS (PROGRESAR) funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de Becas Educativas dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA, de conformidad con las condiciones que se determinan en el ANEXO (IF-2018-05001006-APN-DGAJ#ME), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.”.

ARTÍCULO 4º.- Modificar el ARTÍCULO 2º de la Resolución Ministerial Nº 138/18, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º.- Encomendar la coordinación, implementación e interpretación de los alcances del PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS (PROGRESAR) a la Dirección Nacional de Becas Educativas dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA, pudiendo dictar las disposiciones reglamentarias y aclaratorias que se requieran a fin de conservar la operatividad del mismo.”.

ARTÍCULO 5º.- Deróguese cualquier otra disposición y normativa que se contraponga a la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/08/2018 N° 63051/18 v. 30/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO

Líneas de becas incluidas en el Programa Argentina Becas (ARBEC)

a. Programa Nacional de Becas Bicentenario (PNBB)

b. Programa Nacional de Becas Universitarias (PNBU)

c. Becas Internacionales

d. Becas para la Formación Docente

e. Becas Inclusión de Alumnos de Pueblos Originarios

f. Becas Inclusión de Alumnos Bajo Protección Judicial

g. Becas de Estudio Padrinazgo Presidencial

h. Becas de Estudio Islas Malvinas y del Atlántico Sur

i. Programa BECAR

j. Línea Argentina Beca Posgrados (ARBEC POSGRADOS)