MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 2577/2018
RESOL-2018-2577-APN-ME
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2018
VISTO el Expediente N° 13109/16 (CUATRO cuerpos) del registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto la señora Rectora Organizadora
de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES elevó a la
consideración de este Ministerio, en los términos del artículo 49 de la
Ley de Educación Superior N° 24.521, el proyecto institucional de la
referida Casa de Altos Estudios para su análisis y posterior remisión a
la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA.
Que mediante Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA N° 402 de fecha 18 de setiembre de 2017
dicha Comisión Nacional emitió dictamen favorable en relación a la
solicitud de puesta en marcha de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS
COMECHINGONES.
Que por Resolución Ministerial N° 2584 de fecha 22 de diciembre de 2016
se aprobó y se ordenó la publicación en el Boletín Oficial del estatuto
provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES.
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES ha dado adecuado
cumplimiento a los requerimientos documentales e informativos que le
fueron formulados por esta cartera ministerial como medida previa al
dictado del presente acto administrativo.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los artículos 34 y 49 de la Ley de Educación Superior N° 24.521.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Proyecto Institucional y autorizar la puesta
en marcha de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOS COMECHINGONES en el marco
de lo prescripto en el artículo 49 de la Ley de Educación Superior N°
24.521.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Finocchiaro
e. 30/08/2018 N° 63000/18 v. 30/08/2018