SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 554/2018
RESOL-2018-554-APN-PRES#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-35487543- -APN-DNTYA#SENASA, los
Decretos Nros. 434 del 1 de marzo de 2016 y 891 del 1 de noviembre de
2017, la Resolución N° 381 del 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 434 del 1 de marzo de 2016 aprobó el Plan de
Modernización del Estado como el instrumento mediante el cual se
definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para
promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el
principal garante de la transparencia y del bien común.
Que, en el mismo sentido, el Artículo 3° del Decreto N° 891 del 1 de
noviembre de 2017, estableció que el Sector Público Nacional debe
evaluar su inventario normativo eliminando aquellas normas que resulten
una carga innecesaria.
Que dando cumplimiento a dicho lineamiento, el Anexo de la Resolución
N° 381 del 28 de noviembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
instruye a las dependencias y entes descentralizados actuantes en la
órbita del citado Ministerio a analizar las normas vigentes aplicables
en el ámbito de su competencia y entregar una propuesta de
reordenamiento normativo integral, indicando aquellas pasibles de
derogación o modificación y las que deberán continuar vigentes,
fundando las razones por las cuales así lo consideren.
Que, en virtud de lo expuesto, las áreas sustantivas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA han propuesto la
abrogación de la normativa aplicable en el ámbito de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud
de lo dispuesto por los Artículos 6° de la Ley N° 27.233, 4º, 8°,
inciso f) y 9°, inciso a) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de
1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogaciones. Se abrogan las resoluciones detalladas en
el Anexo (IF-2018-43693884-APN-DNTYA#SENASA), que forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E Guillermo Luis Rossi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/09/2018 N° 65996/18 v. 07/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)