ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 671/2018

RESOL-2018-671-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-37027916-APN-ANAC#MTR del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta de enmienda del Apéndice H – Procedimientos Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General”, de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que la enmienda propiciada tiene por finalidad reglamentar las operaciones de vuelo de helicópteros a bordo de buques o con grúas, y actualizar requisitos reglamentarios que hacen a la seguridad de las operaciones de vuelo en determinadas condiciones.

Que, asimismo, se incorpora la posibilidad de realizar operaciones eventuales de helicópteros desde o hacia lugares no homologados o declarados como helipuertos.

Que por Resolución RESOL-2018-576-APN-ANAC#MTR de fecha 9 de agosto de 2018 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), se dispuso la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto al proyecto de enmienda del Apéndice H - Procedimientos Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), estableciéndose un plazo de QUINCE (15) días para que los interesados realicen los comentarios u observaciones al proyecto referenciado.

Que bajo ese contexto, los usuarios del sector han presentado diversos comentarios, los cuales fueron analizados para la elaboración del proyecto final.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INSFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO), ambas de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), han tomado la intervención en las áreas de competencia.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos, dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ANAC, ha tomado la respectiva intervención.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el APÉNDICE H - Procedimientos Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), que como Anexo I IF-2018-43263594-APN-DGIYSA#ANAC forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- El Apéndice H de la Parte 91 de la RAAC que por este acto se aprueba entrará en plena vigencia a partir de la publicación de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, cumplido, pase a la Unidad de Planificación y Control de Gestión para la corrección editorial del nuevo texto normativo y para su publicación en la página “web” institucional y, oportunamente, archívese. Tomás Insausti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2018 N° 66007/18 v. 07/09/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)