ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 671/2018
RESOL-2018-671-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-37027916-APN-ANAC#MTR del Registro de
esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770
de fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta de
enmienda del Apéndice H – Procedimientos Generales para Helicópteros -
de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General”, de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que la enmienda propiciada tiene por finalidad reglamentar las
operaciones de vuelo de helicópteros a bordo de buques o con grúas, y
actualizar requisitos reglamentarios que hacen a la seguridad de las
operaciones de vuelo en determinadas condiciones.
Que, asimismo, se incorpora la posibilidad de realizar operaciones
eventuales de helicópteros desde o hacia lugares no homologados o
declarados como helipuertos.
Que por Resolución RESOL-2018-576-APN-ANAC#MTR de fecha 9 de agosto de
2018 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), se dispuso
la apertura del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas
respecto al proyecto de enmienda del Apéndice H - Procedimientos
Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y
Operación General” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL
(RAAC), estableciéndose un plazo de QUINCE (15) días para que los
interesados realicen los comentarios u observaciones al proyecto
referenciado.
Que bajo ese contexto, los usuarios del sector han presentado diversos
comentarios, los cuales fueron analizados para la elaboración del
proyecto final.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INSFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
(DGIySA) y la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO), ambas
de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), han tomado la
intervención en las áreas de competencia.
Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos
Internos, dependiente de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión de la ANAC, ha tomado la respectiva intervención.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el APÉNDICE H - Procedimientos Generales para
Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General” de
las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), que como Anexo I
IF-2018-43263594-APN-DGIYSA#ANAC forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- El Apéndice H de la Parte 91 de la RAAC que por este acto
se aprueba entrará en plena vigencia a partir de la publicación de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, cumplido,
pase a la Unidad de Planificación y Control de Gestión para la
corrección editorial del nuevo texto normativo y para su publicación en
la página “web” institucional y, oportunamente, archívese. Tomás
Insausti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/09/2018 N° 66007/18 v. 07/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)