MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 472/2018
RESOL-2018-472-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente EX-2018-37813718-APN-DGGRH#MT, la Ley Marco de
Regulación del Empleo Público Nro. 25.164, los Decretos Nros. 214 del
27 de febrero de 2006, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, 254 del 24 de diciembre de 2015 y 355 del 22 de mayo de
2017, la Decisión Administrativa Nro. 6 del 12 de enero de 2018, la
Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nro. 39 de fecha 18 de marzo de 2010
y sus modificatorias, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, Nro. 646 del 9 de diciembre de 2014, y las Resoluciones del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 74 del 4 de
febrero de 2015 y sus modificatorias, y 11 del 11 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17 se dispone que toda
designación del personal ingresante a la planta permanente como
asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente,
luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en
cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la
Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las
estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas
jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, como así también serán competentes para disponer
asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones.
Que la Ley N° 25.164 en su artículo 8° establece que la carrera
administrativa de los agentes públicos deberán contemplar la aplicación
de criterios que incorporen los principios de transparencia, publicidad
y mérito en los procedimientos, que motiven la promoción de los mismos
en la carrera.
Que por el artículo 54 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA
LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 214 del 27 de febrero de
2006, se establece que la promoción vertical de nivel o categoría
escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o
merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.
Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N° 2098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, determina en su artículo 31 que el
ascenso de Nivel escalafonario solo podrá verificarse mediante el
régimen de selección de personal que establezca conforme a los
principios emanados por el aludido convenio.
Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA
entonces dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de
fecha 18 de marzo de 2010 se aprobó el Régimen de Selección de Personal
para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.
Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
Nro. 646 del 9 de diciembre de 2014, se asignaron los cargos vacantes y
financiados del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nro. 74 del 4 de febrero de 2015 y sus modificatorias,
se efectuaron las convocatorias a los efectos de propiciar la cobertura
de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de dicho
Ministerio.
Que los integrantes de los respectivos Comités de Selección han actuado
en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios,
con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de
la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, elevándose las mismas a la
autoridad convocante quien aprobó los distintos órdenes de mérito, los
cuales lucen agregados en el expediente citado en el VISTO.
Que por imperio del Decreto N° 254 de fecha 24 de diciembre de 2015 se
instruye a los Ministros a analizar los procesos concursales en el
estado que se encontraren y se determinara la legalidad de los mismos y
se analizara las necesidades de servicio respecto de tales coberturas.
Que para cumplir tal cometido la Resolución MTEySS N° 11 del 11 de
enero de 2016 se creó una Comisión que encargó de cumplimentar el
estudio de legalidad y no encontró irregularidades al respecto, luego
de auditar los expedientes propios a convocatorias en curso de
designación correspondiente a los años 2010, 2012, 2014 y una muestra
de procesos concursales de 2015.
Que con el propósito de completar lo requerido por el Decreto N° 254 de
fecha 24 de diciembre de 2015, las autoridades políticas analizaron los
cargos convocados y se determinó las necesidades de servicio y la
continuidad hacia los trámites de designación de los cargos que se
detallan en el anexo a la presente.
Que conforme a lo normado por la Decisión Administrativa N° 6 de fecha
12 de enero de 2018, la SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección
General de Administración y Programación Financiera y la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, todas dependientes de la SECRETARIA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, han tomado la intervención que les compete.
Que las promociones en los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Promociónese a las personas que se mencionan en el ANEXO
IF-2018-43435268-APN-DGGRH#MT, que forma parte integrante de la
presente Resolución, en los Cargos, Agrupamientos, Tramos, Niveles y
Grados escalafonarios correspondientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre
de 2008 y sus modificatorios, y en las Dependencias del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que allí se determinan.
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Acto
Administrativo será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 – MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Jorge Triaca
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/09/2018 N° 66725/18 v. 10/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)