CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA
Resolución 190/2018
Buenos Aires, 28/08/2018
VISTO
La Resolución COPIME Nº 163/17 por la que se crea el Registro de Expertos en Asbesto; y
CONSIDERANDO
Que se observa la necesidad de hacer extensiva la posibilidad de emitir
Certificados de Encomienda a los profesionales formados en la materia,
aún en el caso de que no se encuentren matriculados en este Consejo
Profesional;
Que, en relación al punto anterior, al momento de certificar la tarea
de un Experto en Asbestos, será necesario constatar que el mismo cuenta
con matrícula profesional vigente y que sobre éste no pesan sanciones
ni causas de ética que le impidieran su ejercicio profesional;
Por ello
Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICISTA
RESUELVE
Artículo 1º: Sustitúyese el Artículo Nº 3 de la Resolución Nº 163/17 del 22 de noviembre de 2017, por el siguiente:
“En este Registro podrán inscribirse tanto los matriculados en el
COPIME como los matriculados en otro Consejo o Colegio Profesional, que
cumplan con los requisitos específicos que la institución determine
para cada nivel de acreditación”.
Artículo 2º: Sustitúyese el Artículo Nº 7 del Anexo I de la Resolución Nº 163/17 del 22 de noviembre de 2017, por el siguiente:
“El postulante a formar parte del Registro deberá presentar toda la
documentación necesaria a solicitud del Consejo Académico Evaluador,
quien es el órgano superior que legisla sobre la aprobación o rechazo
del candidato.
Podrá aceptarse la inscripción en el Registro de profesionales
universitarios, técnicos o idóneos, matriculados en otro Consejo o
Colegio Profesional, siempre y cuando se encuentren debidamente
habilitados para el ejercicio profesional y presenten, constancia
fehaciente de matrícula vigente en el Consejo o Colegio donde se
encontraren matriculados, en caso de corresponder”.
Artículo 3º: Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cumplido, archívese. Juan C. Suchmon - Juan P. Gallo
e. 11/09/2018 N° 66872/18 v. 11/09/2018