MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE COMERCIO
Resolución 2/2018
RESOL-2018-2-APN-SECC#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2018
VISTO el Expediente EX-2018-36848625- -APN-DGD#MP, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, reglamenta los requisitos para
efectuar la presentación de una solicitud de examen final por
expiración del período de vigencia, como también la oportunidad en que
la misma debe realizarse.
Que en virtud del plazo previsto por el Artículo 3º de la Resolución Nº
293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA, resulta conveniente dar a conocer, con antelación a
dicho plazo, la fecha de vencimiento para la presentación de la
solicitud de examen final por expiración del período de vigencia.
Que el referido artículo, establece que la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA
Y GESTIÓN COMERCIAL dependiente de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, dará a conocer semestralmente, mediante una
disposición a ser publicada en el Boletín Oficial, la nómina de medidas
a vencer, según lo indicado en el Anexo IV de la Resolución Nº 293/08
de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008 y
el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo
vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N°
293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las cuales se detallan en el Anexo que, como
IF-2018-37747354-APN-SECC#MP, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Miguel Braun
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2018 N° 67362/18 v. 12/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)