INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 2004/2018
RESFC-2018-2004-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2018
VISTO, el Expediente identificado como “EX-2018-30235341-APN-SDYP#INAES”, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL, organismo
descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, es la autoridad de
aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en
los términos contemplados en las Leyes Nros. 19331, 20.321, 20.337,
Decreto Nro. 420/96, sus modificatorios y complementarios.
Que a tal fin, tiene como misión principal el concurrir a la promoción
de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo
efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y
favorece su desarrollo.
Que entre los objetivos de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se encuentra la de supervisar y
coordinar la vinculación institucional con este Organismo; como así
también la de entender en el diseño, articulación y evaluación de
políticas para la promoción de la economía social, acompañando la plena
integración de los valores sociales, revalorizando el territorio, las
economías regionales y su aprovechamiento.
Que en la ejecución de las citadas políticas, la mencionada Secretaría
asiste a grupos precooperativos con el objeto que estos tengan
oportunidades de crecer, innovar y de generar nuevos puestos de trabajo
promoviendo la inclusión social.
Que al tiempo de resolver la constitución de una cooperativa por parte
de esos grupos, deviene necesaria la participación de este Instituto en
la asistencia técnica, como así también en todo el proceso del trámite
registral.
Que a tal efecto, y en atención a la coordinación existente entre la
Secretaría y el Instituto, y con el objeto de lograr una mayor
celeridad en los mencionados trámites, se advierte como conveniente el
proponer modelos de acta constitutiva y de objetos sociales, a efectos
de facilitar a esos grupos precooperativos el cumplimiento de las
formalidades requeridas para obtener la inscripción de la persona
jurídica.
Que en ese entendimiento, y a los fines de favorecer la plena
integración de los actores sociales, se considera apropiado dejar sin
efecto el pago de los aranceles establecidos por la Resolución Conjunta
Nº 249/93, respecto de las cooperativas de trabajo constituidas o que
se constituyan dentro del régimen de la presente resolución, tal como
se realizó en su oportunidad en procesos de constitución de
cooperativas de trabajo.
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de
la Ley N.° 19549, el servicio jurídico permanente ha tomado la
intervención que es materia de su competencia.
Por ello, en atención a lo dispuesto por la Ley Nº 20.337 y los Decretos N° 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse para cooperativas de trabajo de inclusión
social promovidas en su constitución por la SECRETARIA DE ECONOMIA
SOCIAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL los modelos de acta
constitutiva, de objetos sociales y la documentación a presentar para
iniciar los pertinentes trámites de inscripción, que se adjuntan a la
presente y se identifican como “IF-2018-30720545-APN-SDYP#INAES”,
IF-2018-30721388-APN-SDYP#INAES” e “IF-2018-30235341-APN-SDYP#INAES”.
ARTÍCULO 2°.- Déjanse sin efecto los aranceles establecidos por la
Resolución Conjunta Nº 249/93, respecto de las cooperativas de trabajo
que se constituyan dentro del régimen de la presente resolución.
ARTICULO 3º.- Las áreas competentes de las Secretarías de Desarrollo y
Promoción y de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales, tendrán a
su cargo la asistencia técnica y todas las cuestiones tendientes a la
mejor observancia de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y, oportunamente, archívese. Victor Raul Rossetti -
Eduardo Hector Fontenla - Ernesto Enrique Arroyo - Roberto Eduardo
Bermudez - Jose Hernan Orbaiceta - Marcelo Oscar Collomb
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
http://www.inaes.gob.ar/files/resoluciones/INAES/IF-2018-30721664-APN-SDYP-INAES.pdf
http://www.inaes.gob.ar/files/resoluciones/INAES/IF-2018-30721388-APN-SDYP-INAES.pdf
http://www.inaes.gob.ar/files/resoluciones/INAES/IF-2018-30720545-APN-SDYP-INAES.pdf
e. 14/09/2018 N° 68051/18 v. 14/09/2018