AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 287/2018
RESFC-2018-287-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2018
VISTO el Expediente EX-2018-24309424-APN-DMEYD#AABE, la Ley Nº 27.431,
los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 de fecha 1 de diciembre de
2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional
aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la presentación
efectuada por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por medio
de la cual solicita la asignación en uso del inmueble propiedad del
ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, ubicado en la calle 25 de Mayo Nº 83 Planta Baja,
de la Ciudad de RÍO GALLEGOS, Departamento GÜER AIKE, Provincia de
SANTA CRUZ, identificado catastralmente como Circunscripción 2 –
Sección A – Manzana 178 – Parcela 11a (Parte), con una superficie total
aproximada de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (184 m2), CIE
Nº: 7800008349/0, individualizado en el croquis que como ANEXO
IF-2018-39409723-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente
medida.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS informa que el
inmueble se destina al funcionamiento del CENTRO DE ACCESO A JUSTICIA,
desarrollando actividades vinculadas a la orientación y atención de
trabajo social y legal.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar
las condiciones de ocupación del inmueble, surge que el mismo se
encuentra en la actualidad ocupado por el CENTRO DE ACCESO A JUSTICIA
dependiente del citado Ministerio.
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), mediante
IF-2017-01333978-APN-DNP#AABE, informa que el inmueble en cuestión se
encuentra en condiciones de ser desafectado por resultar innecesario
para las competencias, misiones y funciones de la repartición.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, conforme la
modificación introducida por Ley Nº 27.431, se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que
será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 sustituido por
el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 36 y 37 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12,
establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO deberá
desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que
se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa
fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso
indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en
consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición
de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de
los mismos.
Que el inciso 20 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12, conforme la
modificación introducida por la mencionada Ley Nº 27.431, determina que
la Agencia podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran
el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán
concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá
su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán
volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable a la Asignación en uso que se propicia
lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).
Que el presente caso se encuentra enmarcado en el inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia regularizar la
ocupación del CENTRO DE ACCESO A JUSTICIA, desafectando el bien
inmueble de la jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL-ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
y asignarlo en uso al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que dicha medida se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 y del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL-ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (ANSES), el inmueble ubicado en la calle 25 de Mayo Nº 83 Planta
Baja, de la Ciudad de RÍO GALLEGOS, Departamento GÜER AIKE, Provincia
de SANTA CRUZ, identificado catastralmente como Circunscripción 2 –
Sección A – Manzana 178 – Parcela 11a (Parte), con una superficie total
aproximada de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (184 m2), CIE
Nº: 7800008349/0, individualizado en el croquis que como ANEXO
IF-2018-39409723-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, a fin de ser
destinado al funcionamiento del CENTRO DE ACCESO A JUSTICIA,
desarrollando actividades vinculadas a la orientación y atención de
trabajo social y legal.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y
al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/09/2018 N° 68912/18 v. 18/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)