AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 291/2018
RESFC-2018-291-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2018
VISTO el Expediente EX-2018-28048917-APN-DMEYD#AABE, la Ley Nº 27.431,
los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 1.416 de
fecha 18 de septiembre de 2013, Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional
aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APNAABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación del
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA dependiente del MINISTERIO DE
DEFENSA, por la cual solicita la asignación en uso del bien inmueble
propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), ubicado en la calle Carlos
Pellegrini Nº 847, correspondiente a Subsuelo y Planta Baja,
Departamento 22 de la Localidad de CONCORDIA, Departamento homónimo,
Provincia de ENTRE RIOS; identificado catastralmente como Departamento
02 – Localidad 01 - Manzana 2443 – Subparcela 0022, con una superficie
total aproximada de CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON NUEVE
DECÍMETROS CUADRADOS (122,09 m2), CIE 3000014191, individualizado en el
croquis que como ANEXO IF-2018-31359760-APN-DIYRI#AABE forma parte
integrante de la presente medida.
Que la solicitud referida tiene por objeto destinar el inmueble referido a Delegación del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
Que de acuerdo a los relevamientos e informes técnicos realizados por
esta Agencia con el objetivo de verificar las condiciones de ocupación
del inmueble, se observó que se encuentra vacío y sin uso.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, modificado por Ley Nº
27.431, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como
organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de
toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del
ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los
bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros
Organismos.
Que el inciso 19 del artículo 8 del Decreto Nº 1.382/12, sustituido por
el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 36 del Anexo del
Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12,
establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá
desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que
se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa
fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso
indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en
consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición
de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de
los mismos.
Que el inciso 20 del artículo 8 del Decreto Nº 1.382/12, conforme la
modificación introducida por la mencionada Ley Nº 27.431, determina que
la Agencia podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran
el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán
concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá
su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán
volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable a la Asignación de uso que se propicia,
lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APNAABE#JGM).
Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del
artículo 37 de la reglamentación aprobada del Decreto Reglamentario Nº
2.670/15.
Que el artículo 39, segundo párrafo, del citado Decreto Nº 2.670/15,
establece que cuando la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
constatase, previa fiscalización pertinente conforme Capítulo VII del
Decreto, la existencia de inmuebles innecesarios que no hayan sido
denunciados por la respectiva jurisdicción o entidad, comunicará tal
circunstancia al organismo de origen, el cual contará con un plazo de
CINCO (5) días para efectuar su descargo.
Que por Nota NO-2017-08333377-ANSES-DPYAA#ANSES de fecha 9 de mayo del
2017, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
comunicó a esta Agencia, el propósito de desafectar de su jurisdicción
determinados inmuebles en desuso, entre los cuales se encuentra el bien
objeto de la presente.
Que en consecuencia resulta procedente desafectar el bien inmueble en
trato y asignarlo en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR
GENERAL DE LA ARMADA.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de regularizar la situación de ocupación de los bienes inmuebles del
ESTADO NACIONAL que permita un mejor aprovechamiento y utilización.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que todas las
transferencias o asignaciones de uso de inmuebles de propiedad del
ESTADO NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días
hábiles contados a partir del dictado de la resolución que así lo
disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, para su
correspondiente registro.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 y del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el bien inmueble ubicado en la
calle Carlos Pellegrini Nº 847, correspondiente a Subsuelo y Planta
Baja, Departamento 22 de la Localidad de CONCORDIA, Departamento
homónimo, Provincia de ENTRE RIOS; identificado catastralmente como
Departamento 02 – Localidad 01 - Manzana 2443 – Subparcela 0022, con
una superficie total aproximada de CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS
CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (122,09 m2), CIE 3000014191,
individualizado en el croquis que como ANEXO
IF-2018-31359760-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR
GENERAL DE LA ARMADA, el inmueble mencionado en el Artículo 1º, a fin
de ser destinado a la Delegación del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (ANSES), al MINISTERIO DE DEFENSA y al ESTADO MAYOR GENERAL DE
LA ARMADA.
ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/09/2018 N° 70054/18 v. 21/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)