MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución 741/2018
RESOL-2018-741-APN-MHA
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2018
Visto el expediente EX-2018-42271193-APN-DGD#MHA, la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la resolución 501
del 30 de junio de 2018 del Ministerio de Hacienda, y
CONSIDERANDO:
Que por la resolución 501 del 30 de junio de 2018 del Ministerio de
Hacienda se aprobó un modelo de convenio de cancelación de deudas
recíprocas entre el Estado Nacional y las provincias.
Que, para el supuesto en que de la cancelación resultara un saldo de
deuda a favor del Estado Nacional, en ese modelo se previó que la
provincia lo continuaría reembolsando en cuotas consecutivas de acuerdo
con la periodicidad establecida en cada uno de los convenios originales
y recalculando las cuotas respetando el plazo de vencimiento original y
la vigencia de las demás condiciones establecidas en los mencionados
convenios.
Que es política del Gobierno Nacional continuar apoyando el esfuerzo
fiscal y financiero que realizan las provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Que, en ese marco, corresponde considerar la posibilidad de que las
jurisdicciones accedan a nuevas condiciones financieras de reembolso,
las que se contemplan en el modelo de adenda que se aprueba por esta
medida.
Que en el artículo 131 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente
de Presupuesto (t.o. 2014), se faculta al entonces Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, actual Ministerio de Hacienda, a
modificar las condiciones de reembolso de las deudas, tanto de capital
como de intereses, que mantienen las jurisdicciones provinciales y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, pudiendo
acordar quitas, esperas, remisiones y novaciones de deudas tanto de
capital como de intereses.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades contempladas en los
artículos 130 y 131 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Modelo de Adenda al Convenio de Deudas
Recíprocas previsto en el artículo 1° de la resolución 501 del 30 de
junio de 2018 del Ministerio de Hacienda (RESOL-2018-501-APN-MHA), que
como anexo (IF-2018-46203326-APN-SECH#MHA) integra esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Encomendar a la Secretaría de Hacienda que realice las
adecuaciones pertinentes para contemplar lo previsto en el anexo
(IF-2018-46203326-APN-SECH#MHA) en Convenios de Cancelación de Deudas
Recíprocas a celebrar, sin perjuicio de la vigencia del modelo de
convenio aprobado por la Resolución 501 del 30 de junio de 2018 de esta
cartera (IF-2018-31107590-APN-SECH#MHA).
ARTÍCULO 3°.- Esta resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/09/2018 N° 70699/18 v. 24/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)