ACUERDOS
Decreto 863/2018
DECTO-2018-863-APN-PTE - Homologación.
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-30283004-APN-DGD#MT, la Ley N° 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753,
la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración
Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.431, el Decreto N° 447 del 17
de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27
de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Acta Acuerdo del 7 de junio
de 2018 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal Civil y Docentes Civiles de las Fuerzas
Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del
Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA-ex IOSE),
homologado por el Decreto N° 2539 del 24 de noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las
negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración
Pública Nacional y sus empleados, e instituye al entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de
Aplicación.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo
normativo se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las
Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal
del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA), homologado
por el Decreto N° 2539/15.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°
24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas
complementarias, conforme al procedimiento de autocomposición de
conflicto para mejorar y resolver los efectos de la aplicación del
Decreto N° 1453/05, sus modificatorios y complementarios en
determinadas franjas del personal docente civil de los distintos
niveles y modalidades de enseñanza de las Fuerzas Armadas arribaron al
acuerdo concretado en el Acta Acuerdo del 7 de junio de 2018.
Que en tal contexto se acordó un nuevo valor para el Índice (UNO) 1 de
Pesos NUEVE CON CINCUENTA CENTÉSIMOS ($ 9,50) con vigencia a partir del
1° de julio de 2018.
Que asimismo y para el supuesto que algún agente considere afectado su
nivel de ingreso mensual, habitual, normal, regular y permanente, y su
prestación horaria lo justifique, se aplicarán las previsiones del
Decreto N° 5592/68, a partir del 1° de enero de 2019.
Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad
Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los
artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto
Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.
Que el mencionado Acuerdo satisface los recaudos normados en el artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.
Que se cumplimentaron las intervenciones prescriptas en el artículo 79,
segundo párrafo del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.
Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 80, inciso b) del Convenio
Colectivo de Trabajo General precitado, la Comisión Permanente de
Aplicación y Relaciones Laborales (Co.P.A.R.) a través del Acta N° 167
del 29 de agosto de 2018 concluyó que lo acordado es compatible con el
convenio general.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
emitió el correspondiente dictamen en fecha 23 de agosto de 2018, sin
formular objeción alguna.
Que de acuerdo a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014),
tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de
la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos
que surgen del citado cuerpo normativo y de la Ley N° 18.753 se tienen
por cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N°
11.672, dado que el Acta Acuerdo dispone que el valor fijado del Índice
(UNO) 1 es a partir del 1° de julio de 2018.
Que han tomado la intervención los servicios jurídicos competentes en
virtud de lo dispuesto por el artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional
de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y
Docentes Civiles de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros.
20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas
Armadas (IOSFA-ex IOSE) de fecha 7 de junio de 2018 que, como Anexo
(IF-2018-47483601-APN-MPYT), forma parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que a partir del 1° de julio de 2018 comienza la vigencia del nuevo valor para el Índice (UNO) 1.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que para el supuesto que algún agente viera
afectado su nivel de ingreso mensual, habitual, normal, regular y
permanente, y su prestación horaria lo justifique, se aplicarán las
previsiones del Decreto N° 5592/68, a partir del 1° de enero de 2019.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias que diera lugar la aplicación del
presente decreto.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Dante Enrique Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2018 N° 72009/18 v. 27/09/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)