MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución 763/2018
RESOL-2018-763-APN-MHA
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2018
Visto el expediente EX-2018-23539308-APN-GAL#CNV, la ley 26.831 y la
resolución 153-E del 25 de agosto de 2017 del ex Ministerio de
Finanzas, y
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia del nuevo marco normativo establecido mediante
la ley 26.831, la Comisión Nacional de Valores (CNV) amplió y
diversificó los servicios administrativos que presta en su condición de
autoridad encargada de la promoción, supervisión y control del Mercado
de Valores.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso b del artículo 14 de la
ley 26.831, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
-actual Ministerio de Hacienda-, a propuesta de la CNV, la fijación de
las tasas de fiscalización y control, aranceles de autorización y otros
servicios que esta última percibiese.
Que el entonces Ministerio de Finanzas dictó las resoluciones 87 del 9
de junio de 2017 y 153 del 25 de agosto de 2017, mediante las cuales se
fijaron los montos a ser percibidos por la CNV en concepto de tasas de
fiscalización y control, aranceles de autorización y otros servicios.
Que, posteriormente, por medio de la resolución general 710 del 26 de
septiembre de 2017, la CNV creó una nueva categoría de agente bajo la
denominación “Asesor Global de Inversión”, cuya actuación consiste en
proporcionar de manera habitual y profesional servicios de
asesoramiento, gestión de órdenes de operaciones y/o administración de
carteras de inversión en el ámbito del mercado de capitales.
Que, en función de lo expuesto, teniendo en consideración la actividad
desarrollada por esta categoría de agente y los recursos
administrativos, económicos y humanos destinados a su fiscalización,
corresponde establecer la tasa de fiscalización y control respectiva.
Que dado que, mediante la resolución general 731 del 27 de abril de
2018, la CNV efectuó una revisión integral de la normativa de agentes y
redefinió el alcance de las funciones y actividades de cada una de sus
categorías, procede redefinir las tasas de fiscalización y control,
para la categoría agentes, fijadas en el anexo
(IF-2017-17206689-APN-CNV#MF) de la resolución 153/2017 del entonces
Ministerio de Finanzas.
Que asimismo, por principio de equidad, corresponde diferenciar la tasa
de fiscalización y control exigible a aquellos mercados que realizan
funciones de liquidación y compensación de las operaciones, de aquellos
donde esas funciones son realizadas por una tercera entidad registrada
como Cámara Compensadora.
Que, en consecuencia, resulta necesario sustituir el anexo de la citada resolución 153/2017.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.
Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones contempladas en la
Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y en el inciso b
del artículo 14 de la ley 26.831.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el anexo de la resolución 153 del 25 de agosto
de 2017 del ex Ministerio de Finanzas por el anexo
IF-2018-35854162-APN-CNV#MHA que integra esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/10/2018 N° 72822/18 v. 01/10/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
TASAS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y ARANCELES DE AUTORIZACIÓN
IF-2018-35854162-APN-CNV#MHA