ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 165/2018

Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2018

VISTO el expediente electrónico EX-2018-35901793-ANSES-DPAYT#ANSES, la Resolución N° RESOL-2018-68 ANSES-ANSES de fecha 27 de abril del 2018, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución N° RESOL 2018-68-ANSES-ANSES se creó el Programa ANSES VA A TU TRABAJO en el ámbito de la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas, dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de la ANSES, destinado a cubrir la atención a trabajadores que prestan servicios en empresas, organismos públicos o que se encuentran alcanzados por representación en entidades intermedias.

Que el objeto del Programa mencionado precedentemente, es generar un canal de atención especifico entre la ANSES y las empresas, entidades intermedias y organismos públicos, que permita acercar a los trabajadores, afiliados o asociados, los trámites y servicios de la ANSES, brindando asesoramiento y facilitando la tramitación de los mismos.

Que la citada Resolución delegó en la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas la facultad de aprobar la incorporación al Programa de las empresas, entidades intermedias y organismos públicos que lo soliciten; administrar y gestionar el Registro de Entidades Adheridas al Programa ANSES VA A TU TRABAJO; suscribir los Convenios de adhesión al Programa con las empresas, entidades intermedias y organismos públicos que lo soliciten, siguiendo el modelo incorporado en el ANEXO I N° IF-2018- 18529480-ANSES-DGPD#ANSES; y determinar los tramites habilitados para ser realizados bajo esta modalidad en cada empresa, entidad intermedia y organismo público.

Que mediante Nota NO-2018-35827429-ANSES-DDT#ANSES, la Dirección de Desarrollo Territorial informó que, en virtud de la dinámica del Programa y de la diversidad de empresas, entidades intermedias y organismos públicos que pueden adherirse al mismo, resulta conveniente facultar a la Dirección General de Prestaciones Descentralizadas a realizar las modificaciones al modelo de Convenio aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES; a fin de permitir que el mismo se ajuste a las necesidades de cada caso particular, siempre que se respete el objeto y finalidad del Programa.

Que en ese mismo orden de ideas, el área agregó que las entidades intermedias que se adhieran al Programa y sean registradas en el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA ANSES VA A TU TRABAJO, podrán gestionar trámites previsionales, prestaciones y asignaciones familiares de sus afiliados y asociados.

Que mediante Dictamen N° IF-2018-42569374-ANSES-DGEAJ#ANSES, la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36° de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91 y el Decreto N° 58/15.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Facúltese a la Dirección General de Prestaciones Centralizadas a realizar modificaciones al modelo de Convenio aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° RESOL-2018-68-ANSES-ANSES, a fin de adaptarlo a las necesidades de cada caso particular, siempre que se respete el objeto y finalidad del Programa, y dichos cambios se limiten a:

a) Jurisdicción y competencia aplicable para la resolución de conflictos.

b) Plazo de duración o rescisión del Convenio.

c) Cantidad de Representantes Técnicos que actuarán en nombre de la entidad y serán los enlaces directos con los Operadores de la ANSES.

d) Cuestiones formales que resulten necesarias en el caso particular, a fin de poder implementar el Programa.

(Artículo sustituido por art. 9º de la Resolución 363/2020 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 13/10/2020)

ARTÍCULO 2°.- Las entidades intermedias que se adhieran al Programa y sean registradas en el REGISTRO DE ENTIDADES ADHERIDAS AL PROGRAMA ANSES VA A TU TRABAJO, podrán gestionar trámites previsionales, prestaciones y asignaciones familiares de sus afiliados y asociados.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese. Emilio Basavilbaso

e. 03/10/2018 N° 73407/18 v. 03/10/2018