MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 864/2018
RESOL-2018-864-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-43584003-APN-DGA#SPF, la Ley Orgánica
del Servicio Penitenciario Federal Nº 17.236 (según texto Ley Nº
20.416), los Decretos Nros. 213 del 29 de enero de 1990, 1708 del 29 de
septiembre de 2014, 243 del 25 de febrero de 2015, 970 del 29 de mayo
de 2015, 1261 del 14 de diciembre de 2016 y la Resolución Nº RESOL-
2017-586-APN-MJ del 31 de julio de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia de la aplicación del Decreto N° 243/15 y sus
modificatorios Nros. 970/15 y 1261/16 y de la Resolución Nº
RESOL-2017-586-APN-MJ, se ha realizado un análisis integral del impacto
del mismo, teniendo en consideración las exigencias del servicio y los
cometidos propios de la Institución Penitenciaria, con la finalidad de
garantizar la implementación de una justa y equitativa escala
retributiva del personal penitenciario.
Que a través del incremento de la retribución que se otorga con la
presente medida, se mantiene una adecuada jerarquización con relación a
la capacidad, responsabilidad y dedicación del personal del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
dependiente del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio han tomado la intervención que
les corresponde.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificaciones.
Por ello;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijase “ad-referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL a
partir del día primero del mes siguiente al de la firma del presente
acto administrativo, el haber mensual para el personal del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, conforme los importes que para los distintos
grados y jerarquías se detallan en el Anexo I mediante
IF-2018-43606660-APN-DGA#SPF, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Fijase “ad-referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL a
partir del día primero del mes siguiente al de la firma del presente
acto administrativo los importes correspondientes a las compensaciones
por “Gastos por Prestación de Servicio”, “Fijación de Domicilio”,
“Gastos de Representación”, “Apoyo Operativo”, “Material de Estudio y
Vestimenta” y el suplemento por “Variabilidad de Vivienda”, conforme
los importes que para los distintos grados y jerarquías se detallan en
el Anexo II mediante IF-2018-43607801-APN-DGA#SPF, que forma parte de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Fijase “ad-referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL a
partir del día primero del mes siguiente al de la firma del presente
acto administrativo, los importes correspondientes al régimen de
viáticos y compensación de Gastos Fijos por Movilidad conforme al Anexo
III mediante IF-2018-43609036-APN-DGA#SPF, que forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Fijase “ad-referéndum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL a
partir del día primero del mes siguiente al de la firma del presente
acto administrativo, los importes correspondientes al “Complemento por
Responsabilidad Jerárquica” para las funciones de Director y
Subdirector Nacional conforme al Anexo IV mediante
IF-2018-43611072-APN-DGA#SPF, que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Adicionalmente a lo establecido en los artículos
precedentes, el personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, que
revista en situación de actividad, percibirá DOS (2) sumas fijas
remunerativas no bonificables de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($
7.500,00.-), a abonar con los salarios de los meses de octubre y
noviembre de 2018, respectivamente.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por
la presente Resolución será atendido con los créditos asignados a la
Jurisdicción 40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Servicio
Administrativo Financiero 331 – Servicio Penitenciario Federal.
ARTÍCULO 7°.- Elévese al PODER EJECUTIVO NACIONAL a sus efectos.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Germán Carlos Garavano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 05/10/2018 N° 74511/18 v. 05/10/2018