Decreto N° 15.010- Bs. As., 16 agosto 1965.

Derogase un decreto.

VISTO el Expediente nómero 30.182-A-56, relacionado con la consulta formulada por el Minsiteiro de Agricultura y Ganadería, sobre la aplicación del Decreto número 3.991/55, y

CONSIDERANDO:

Que dicha disposición fue dictada con fines puramente políticos y los feriados naacioanles a que se rgiere la misma han sido reglados por Decreto-Ley N° 2.446/56;

Por ello y atento lo dictaminado por el señor Procurador del Tesoro de la Nación a fojas 7,

El Presidente Provisional de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 3.991/55.

Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.

ARAMBURU.- Laureano Landaburu.