ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

Decisión Administrativa 1687/2018

DA-2018-1687-APN-JGM - Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-42271417- -APN-DNDO#JGM; los Decretos Nros. 239 de fecha 17 de marzo de 1999, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 632 del 6 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el artículo 3º del citado Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS en el ámbito de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los Organismos descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, deberán presentar en un plazo de SESENTA DIAS (60) días, computados a partir de la entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización de su estructura organizativa.

Que uno de los objetivos centrales del Gobierno Nacional es la mejora del desempeño de la gestión pública, creando estructuras organizacionales simples, dinámicas y centradas en el servicio al ciudadano y que internamente se reflejen en la toma de decisiones cotidianas.

Que por el Decreto N° 239/99 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS en el ámbito de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario efectuar modificaciones a la estructura organizativa del citado organismo.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2018-42273599-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2018-42275231-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos III (IF-2018-42276854-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2018-42278282-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase al Consejo Técnico del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a modificar la estructura organizativa aprobada por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA - O.D 656 - ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/10/2018 N° 76405/18 v. 11/10/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I



ANEXO II

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el funcionamiento del sistema de control interno del Organismo, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

ACCIONES

1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad de la organización.

2. Ejecutar el plan de trabajo, asegurando la obtención de evidencias competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y afirmaciones.

3. Revisar y evaluar la aplicación del sistema de control interno del organismo en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.

4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima autoridad y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su competencia.

6. Propiciar el fortalecimiento del sistema de control interno promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de Control Interno, entre otras.

7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.

8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar el seguimiento y evaluación de los proyectos, en materia de seguridad, de obras de presas, embalses y obras auxiliares y complementarias, bajo su jurisdicción o mediante convenios, como así también de las tareas de fiscalización de la seguridad de las mismas, desarrollados por los Departamentos de Ingeniería y Fiscalización de las Direcciones Regionales, estableciendo procedimientos y criterios de análisis estandarizados.

ACCIONES:

1. Ejecutar y/o supervisar estudios y proyectos relativos a las Obras de las presas, embalses y obras auxiliares y complementariasque se lleven adelante en el Organismo, u otras que se realicen por convenio o en colaboración con otros Organismos Nacionales.

2. Brindar asistencia técnica, y realizar diagnósticos del estado de las presas, a entes binacionales, nacionales y provinciales, entidades y organismos no gubernamentales.

3. Desarrollar y mantener actualizado el Sistema de Información Geográfica Institucional, en el marco de su competencia.

4. Efectuar el seguimiento y supervisión de los Planes de Acción Durante Emergencias (PADE) elaborados por las Direcciones Regionales.

5. Colaborar en el diseño y presentación de las metas físicas y el plan de gestión institucional del organismo.

6. Diseñar el cronograma de actividades de fiscalización y planificar los recursos necesarios para llevar a cabo dichos programas y obras nuevas a desarrollar por las Direcciones Regionales.

7. Diseñar el marco normativo, guías y procedimientos en materia de seguridad de presas, procurando mantenerlo permanentemente actualizado y homogeneizado para su uso por el organismo y supervisar su aplicación.

8. Establecer criterios para la clasificación y relevamiento de presas y elaboración de un Registro Federal de Presas.

9. Coordinar la realización conjunta de estudios de riesgo sísmico con el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SISMICA- INPRES-.

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la relación institucional y comunicacional entre el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial, Municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Entes Regionales e Instituciones intermedias y la comunidad.

ACCIONES:

1. Planificar y coordinar con el Presidente y los Directores Regionales, la ejecución de las acciones comunicacionales en las comunidades aguas abajo de las presas fiscalizadas por el Organismo y las presas bajo Convenio.

2. Desarrollar e implementar los criterios y parámetros en la elaboración de los contenidos institucionales y de medios, para concientizar a las comunidades y fortalecersu resiliencia en el marco de la Reducción del Riesgo de Desastres (RRD), en coordinación con los organismos con competencia en la materia.

3. Administrar el sitio web institucional y articular con las Direcciones Regionales la producción de contenidos siguiendo criterios de accesibilidad y lenguaje claro, en consonancia con la normativa vigente y en coordinación con los organismos con competencia en la materia.

4. Elaborar y supervisar los informes de gestión de relaciones institucionales y comunicación en base a la ejecución y evaluación de los programas de comunicación, contemplados en la planificación plurianual y el alcance de las metas físicas.

5. Ejecutar el Protocolo de Comunicación de Crisis, integrado a los Planes de Acción Durante Emergencias (PADE) de cada una de las presas fiscalizadas.

6. Desarrollar las acciones de ceremonial y protocolo del Organismo.

7. Asesorar a las autoridades en los temas de su competencia.

8. Desarrollar los productos comunicacionales en sus diferentes soportes mediáticos.

9. Actuar como responsable de los requerimientos relativos a Acceso a la Información Pública y efectuar el seguimiento de la comunicación de las audiencias de gestión de intereses, elaborando los informes correspondientes en consonancia con la normas en la materia.

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

DEPARTAMENTO SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar los procesos relativos a la prestación de los servicios administrativos, financieros, contables, presupuestarios, y de compras y contrataciones; y de gestión de los recursos humanos.

Ejercer como enlace alterno, dentro del ámbito de su competencia, en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública; brindar asistencia y promover internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.

ACCIONES:

1. Administrar el proceso de elaboración presupuestaria y realizar el control y la evaluación de la ejecución del presupuesto de manera articulada con la planificación estratégica y el control de gestión institucional.

2. Gestionar los procesos administrativos, contables, de compras y contrataciones, y de recursos humanos del Organismo.

3. Controlar las rendiciones de gastos e ingresos institucionales.

4. Llevar a cabo los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios del Organismo, como así también el registro patrimonial de bienes.

5. Realizar el control y seguimiento de los recursos asignados a las Direcciones Regionales.

6. Administrar, registrar, custodiar y disponer los fondos y valores provenientes de las recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual de la Institución, como así también los valores y documentos que los representen.

7. Gestionar los recursos humanos del Organismo, su administración, capacitación, y desarrollo de carrera.

8. Llevar a cabo las tareas de mantenimiento, higiene y seguridad de las dependencias del Organismo.

9. Implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.

10. Promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la Oficina Anticorrupción sobre su nivel de avance.

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

DIRECCIÓN REGIONAL COMAHUE

DIRECCIÓN REGIONAL NORTE

DIRECCIÓN REGIONAL CUYO CENTRO

DIRECCIÓN REGIONAL PATAGONIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA (TIPO)

Fiscalizar la seguridad de las presas, embalses, obras complementarias y auxiliares dentro de la región en el marco de la competencia asignada y actuar como Autoridad de Aplicación de las normas sobre seguridad de presas establecidas en los contratos de concesión bajo su jurisdicción.

ACCIONES (TIPO):

1. Intervenir en los procesos de fiscalización referidos a la seguridad de las presas, embalses, obras complementarias y auxiliares en el ámbito de su competencia

2. Realizar inspecciones a las presas, impartiendo instrucciones a las Concesionarias y adoptando los cursos de acción necesarios para la toma de decisiones en situaciones de emergencia.

3. Fiscalizar el cumplimiento efectivo de las leyes, decretos y reglamentaciones vigentes, así como de las normas sobre seguridad de presas, establecidos en los contratos de concesión de aprovechamientos hidroeléctricos.

4. Intervenir en los procedimientos iniciados de oficio o por denuncia, cuando se considere que algún acto o proceder de una Concesionaria sujeta a su jurisdicción, es violatorio de las normas vigentes, o de algún modo afectan a la seguridad, ordenando a las Concesionarias involucradas a disponer lo necesario para corregir o hacer cesar inmediatamente las condiciones o acciones contrarias a la seguridad de presas.

5. Recibir y tramitar las quejas, denuncias o solicitudes de información de los usuarios o de terceros interesados, relativos a la adecuada prestación del servicio de seguridad de presas.

6. Generar las condiciones necesarias para que el Organismo se integre e interactúe con las comunidades de la región, en que se ubican las presas en el ámbito de su competencia.

7. Mantener un archivo técnico actualizado de la documentación relacionada con la seguridad de presas, embalses y obras complementarias y auxiliares correspondientes a los aprovechamientos que la DIRECCIÓN REGIONAL fiscaliza, incluidos los registros de auscultación e incidentes ocurridos en ellos.

8. Declarar en estado de emergencia una obra conforme a lo previsto en la normativa aplicable y en los respectivos contratos de concesión, dando inmediata intervención al PRESIDENTE del CONSEJO TÉCNICO del Organismo.

9. Proponer el Plan de Capacitación Anual y actualización técnico profesional, en la materia.


ANEXO III



ANEXO IV

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS

DIRECCIÓN REGIONAL

DIRECCIÓN REGIONAL COMAHUE - DIRECCIÓN REGIONAL NORTE - DIRECCIÓN REGIONAL

CUYO CENTRO - DIRECCIÓN REGIONAL PATAGONIA

DEPARTAMENTO INGENIERÍA Y FISCALIZACIÓN

ACCIONES (TIPO):

1. Planificar y realizar inspecciones técnicas a los emplazamientos, verificando el estado de las obras, el cumplimiento de los programas de mantenimiento y la realización de las tareas sistemáticas, y elaborar los correspondientes informes.

2. Proponer al Director la aplicación de sanciones a las Concesionarias en caso de incumplimientos de las normativas vigentes.

3. Evaluar la capacidad institucional de la Dirección Regional en temas complejos a efectos de proponer la contratación de especialistas cuando no puedan ser resueltos por el personal del Organismo.

4. Elaborar informes técnicos sobre aspectos relacionados con la seguridad de presas, cuando les sean requeridos.

5. Elaborar estudios, proyectos y especificaciones técnicas inherentes a las obras bajo jurisdicción del Organismos, u otras que se realicen mediante convenios.