INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 172/2018
RESOL-2018-172-APN-INCAA#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-36757875-APN-GA#INCAA del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes Nº 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, Nº 24.817, Nº 24.202 , la Resolucion
INCAA Nº 3224 de fecha 9 de diciembre de 2014 y;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado en el visto consta copia firmada del
acuerdo entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la
República Argentina y el CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES de
la República de Chile para la ejecución del programa de ayuda
financiera a proyectos de películas de largometraje en los géneros de
ficción, documental y animación.
Que dicho acuerdo tiene como objetivo incentivar la coproducción entre
ambos países a través de un fondo destinado al desarrollo de proyectos.
Que este acuerdo se firmó en el año 2014 siendo esta su segunda edición.
Que el CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES es actualmente el
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO y opera en el
sector cinematográfico, especialmente en cine de calidad y de autor,
además de trabajar en la difusión de películas filmadas por autores de
prestigio internacional.
Que en el marco del acuerdo aprobado por la Resolución INCAA Nº
3224/2014, las partes acuerdan cooperar a fin de desarrollar proyectos
de producción cinematográfica de calidad técnica particular, de valor
artístico o espectacular, no tan sólo a los fines de promover e
integrar la cultura cinematográfica chilena y argentina, sino también a
los fines de promover la coproducción por parte de productores
argentinos y chilenos, ampliando los mercados de operatividad de los
productores de cada país.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la República
Argentina y el MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO de
la República de Chile seleccionarán un máximo de CUATRO (4) películas
de largometraje por año, siendo DOS (2) de cada país.
Que los montos a los que accederán las películas minoritarias
argentinas seleccionadas por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES de la República Argentina asciende a una suma en
PESOS ARGENTINOS equivalente a CINCUENTA MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES
(U$S 50.000.-) para cada proyecto, cuya liquidación y pago en pesos es
reajustable a la fecha cierta de pago.
Que los montos a los que accederán las películas minoritarias chilenas
seleccionadas por parte del MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL
PATRIMONIO de la República de Chile asciende a una suma en PESOS
CHILENOS equivalente a CINCUENTA MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S
50.000.-) para cada proyecto, cuya liquidación y pago en pesos es
reajustable a la fecha cierta de pago.
Que la inscripción para esta convocatoria estará abierta por SESENTA
(60) DÍAS corridos desde su publicación en el boletín oficial.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de
Fortalecimiento de la Industria Audiovisual han tomado la intervención
que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 3º inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus
modiicatorias y el Decreto Nº 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Llamado a Concurso para el Fomento a la
Coproducción de Películas de Largometraje en el marco el acuerdo entre
el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la República
Argentina y el MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO de
la República de Chile que obra como ANEXO GEDO
IF-2018-44497103-APN-APIIA#INCAA a la presente Resolución y forma parte
integral de la misma.
ARTÍCULO 2º.- Llamar a la inscripción de proyectos para participar en
el presente Concurso por SESENTA (60) DÍAS corridos desde su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, tal como
se indica en el ANEXO GEDO IF-2018-44497103-APN-APIIA#INCAA.
ARTÍCULO 3º.- Imputar en la partida presupuestaria del ejercicio 2018.
ARTÍCULO 4º.- Publicar la presente Convocatoria en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Ralph Douglas
Haiek
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/10/2018 N° 76689/18 v. 12/10/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)