MINISTERIO DE SEGURIDAD

SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y VIGILANCIA DE FRONTERAS

Disposición 32/2018

DI-2018-32-APN-SSCYVF#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO, el Expediente EX-2018-39596265- -APN-SSCYVF#MSG, los Decretos Nros. 2.086, del 18 de julio de 1977; 68, del 25 de enero de 2017; 174 del 2 de mayo de 2018; la Resolución de la SECRETARÍA DE FRONTERAS N° 6-E del 18 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2°, inciso b) del Decreto N° 2086/77 faculta al Coordinador General Intersectorial, a delegar las funciones de coordinación zonal intersectorial de los pasos de fronteras en Oficiales Superiores/Jefes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que el Decreto N° 68/17, estableció que el Secretario de Fronteras del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por sí o a través de un representante, actuará como Coordinador General de los Pasos Internacionales, conforme los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 2.086/77.

Que el Decreto 174/2018 creó en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y VIGILANCIA DE FRONTERAS, estableciendo entre sus objetivos los de coordinación del Sistema de Seguridad de Fronteras y aseguramiento de la presencia del ESTADO NACIONAL en las zonas de Seguridad de Fronteras, deviniendo en la continuadora orgánica, jurídica y funcional de la desaparecida SECRETARÍA DE FRONTERAS.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE FRONTERAS N° 6-E/2017, se procedió a delegar en los Señores Oficiales Superiores/Jefes de PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, las funciones y facultades de Coordinador Zonal Intersectorial de los pasos de frontera.

Que los cambios institucionales operados a partir del Decreto 174/2018, así como los operados en las jurisdicciones de las prefecturas dependientes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA hacen necesario proceder a una nueva delegación de las funciones y facultades previstas en el artículo 2, inc. b) del Decreto 2086 /1977 y un reajuste de la normativa en la materia.

Que el SUBSECRETARIO DE CONTROL Y VIGILANCIA DE FRONTERAS resulta competente para el dictado de la presente medida, de conformidad con el artículo 2° del Decreto N° 2086/77 y 12° del Decreto 68/2017 conforme Decreto N° 174/2018.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CONTROL Y VIGILANCIA DE FRONTERAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Deléguese en los Señores Oficiales Superiores/Jefes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, las funciones y facultades de Coordinador Zonal Intersectorial de los Pasos Internacionales comprendidos en sus respectivas jurisdicciones, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 2086/77, conforme el listado establecido en el ANEXO IF-2018-50500650-APN-SSCYVF#MSG, que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- En caso de ausencia circunstancial de los Coordinadores Zonales Intersectoriales designados por en el artículo precedente, las competencias de los mismos serán asumidas por los Oficiales que los reemplacen en la jefatura de la unidad a la que pertenecen.

ARTÍCULO 3°.- Los Coordinadores Zonales Intersectoriales ejercerán sus funciones y facultades sobre la base de la presente Resolución así como de las normas impartidas al respecto, que orientan y especifican sus tareas.

ARTÍCULO 4°.- Deróguese la Resolución de la SECRETARÍA DE FRONTERAS Nro. 6-E/2017 del 18 de mayo de 2017.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese por Nota de Estilo a los efectos de notificar la presente Disposición al PREFECTO NACIONAL NAVAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Renato Matías Lobos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/10/2018 N° 76624/18 v. 12/10/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

DELEGACIÓN EN LOS SEÑORES OFICIALES SUPERIORES/JEFES DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DE LAS FUNCIONES Y FACULTADES DE COORDINADOR ZONAL INTERSECTORIAL DE LOS PASOS INTERNACIONALES.

- Jefe Prefectura Pilcomayo: Paso internacional Puerto Pilcomayo - Puerto Itá Enramada.

- Jefe Prefectura Formosa: Pasos internacionales Puerto Formosa - Puerto Alberdi; Puerto Colonia Cano -Puerto Pilar.

- Jefe Prefectura Bermejo: Pasos internacionales Puerto Bermejo -Puerto Pilar; Puerto Las Palmas-Puerto Humaitá.

- Jefe Prefectura itá ibaté: Pasos internacionales Puerto itá ibaté - Puerto Panchito López; Puerto Yahapé -Puerto Cerrito.

- Jefe Prefectura itatí: Paso internacional Puerto itatí - Puerto itá Corá.

- Jefe Prefectura Paso de la Patria: Paso internacional Puerto Paso de la Patria - Puerto Paso de Patria.

- Jefe Prefectura ituzaingó: Pasos internacionales Puerto San Antonio de Apipé - Puerto Ayolas; Puerto ituzaingó - Puerto Ayolas.

- Jefe Prefectura Posadas: Pasos internacionales Puerto Posadas - Puerto Pacú Cuá; Puerto Candelaria -Puerto Campichuelo; Puerto Santa Ana - Puerto Samuhu. Jefe de Prefectura Puerto Maní Pasos internacionales Puerto San ignacio - Puerto Paraíso; Puerto Maní -Puerto Bella Vista Sur; Puerto Oasis - Capitán Meza.

- Jefe Prefectura Libertador Gral. San Martín: Pasos internacionales Puerto Leoni -Puerto Triunfo; Puerto Rico - Puerto Triunfo; Puerto Garuhapé - Puerto 3 de Mayo; Puerto Paranay - Colonia Alborada.

- Jefe Prefectura Eldorado: Pasos internacionales Puerto Montecarlo - Puerto Apé Aimé; Puerto Piray -Puerto 7 de Agosto; Puerto Eldorado - Puerto Mayor Julio Otaño; Puerto Pinares - Puerto Carlos Antonio López; Puerto Victoria - Capitán Urbina; Puerto Mado - Puerto Lomas Valentinas.

- Jefe Prefectura Iguazú: Pasos Internacionales Puerto Wanda - Puerto Itá Vera; Puerto Libertad - Puerto Domingo Martínez de Irala; Puerto Iguazú - Puerto Meira; Puerto Iguazú - Puerto Tres Fronteras.

- Jefe Prefectura San Javier: Pasos Internacionales Paso de la Barca-Porto Xavier; Puerto Santa Maria-Colonia Florida; Puerto San Isidro- San Isidro; Panambí- Porto Vera Cruz. (Punto rectificado por art. 1° de la Disposición N° 86/2019 de la Subsecretaría de Control y Vigilancia de Frontera B.O. 27/11/2019)

- Jefe Prefectura Garruchos: Paso Internacional Puerto Garruchos - Garruchos.

- Jefe Prefectura Alba Posse Pasos Internacionales Alba Posse-Porto Mauá; El Soberbio-Porto Soberbo; Aurora-Pratos; Alicia-San Antonio; Barra Bonita- M’Biguá. (Punto rectificado por art. 1° de la Disposición N° 86/2019 de la Subsecretaría de Control y Vigilancia de Frontera B.O. 27/11/2019)

Jefe Prefectura Alvear: Paso Internacional Puerto Alvear - Itaquí; Puerto La Cruz -Puerto Itaquí.

- Jefe Prefectura Yapeyú: Paso Internacional Puerto Yapeyú - Puerto San Marcos.

- Jefe Prefectura Monte Caseros: Paso Internacional Puerto Monte Caseros - Bella Unión.

- Jefe Prefectura Federación: Pasos Internacionales Puerto Santa Eloísa - Belén; Puerto Federación - Villa Constitución.

- Jefe Prefectura Represa Salto Grande: Paso Internacional Puerto Luis - Constitución.

- Jefe Prefectura Concordia: Paso Internacional Puerto Concordia - Salto.

- Jefe Prefectura Colón: Paso Internacional Puerto Colón - Puerto Paysandú.

Jefe Prefectura Concepción del Uruguay: Paso Internacional Puerto Concepción del Uruguay - Paysandú.

- Jefe Prefectura Gualeguaychú: Paso Internacional Puerto Boca Gualeguaychú - Fray Bentos.

- Jefe Prefectura Paranacito: Paso Internacional Puerto Paranacito - Nueva Palmira.

- Jefe Prefectura Guazú Guazucito: Paso Internacional Puerto Guazú Guazucito -Carmelo.

- Jefe Prefectura Martín García: Paso Internacional Puerto Martín García - Carmelo.

- Jefe Prefectura Río Gallegos e Islas Malvinas: Paso Internacional Monte Dinero.

- Jefe Prefectura Ushuaia e Islas del Atlántico Sur: Paso Internacional Puerto Almanza- Puerto Williams.

IF-2018-50500650-APN-SSCYVF#MSG