MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA

Resolución 36/2018

RESOL-2018-36-APN-SRYGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2018

VISTO el EX-2018-02530643-APN-DNCHYSO#MS del registro de este MINISTERIO; y

CONSIDERANDO:

Que la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN.

Que el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO dependiente de esa Subsecretaría.

Que por Resolución N° 59 de fecha 18 de febrero de 2014 de la ex – SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, se estableció el EXAMEN ÚNICO DE RESIDENCIAS MÉDICAS (EU) como la herramienta de evaluación para la adjudicación de los cargos de residencias de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones asistenciales dependientes de la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA, así como las que se desarrollan en el HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN” y en el HOSPITAL DR. NESTOR C. KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE - S.A.M.I.C.

Que por Convenio Nº 23 de fecha 20 de noviembre de 2015, firmado entre el entonces MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU).

Que el ingreso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud se realiza anualmente mediante el CONCURSO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, concurso público y abierto que reglamenta las características y requerimientos del mismo.

Que el concurso es un proceso transparente cuyo objetivo principal es considerar los conocimientos de grado y antecedentes formativos de cada aspirante, a través de la realización de una evaluación objetiva y documentada.

Que la integración y unificación del concurso para acceder a los cargos de Residencias del Equipo de Salud que se desarrollen en instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN y las dependientes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES favorece a la democratización de los mismos.

Que a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO se ha coordinado con las instituciones nacionales dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS y con el Hospital de Pediatría S.A.M.I.C Prof. Dr. Juan P. Garrahan y con el Hospital Dr. Néstor C. Kirchner – Alta Complejidad en Red El Cruce – S.A.M.I.C y con el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la redacción de un reglamento para la adjudicación de cargos en residencias del Equipo de Salud y un cronograma común.

Que la SECRETARÍA REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA y la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa conforme a las facultades conferidas por los Decretos N° 801/2018 y 802/2018 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

LA SECRETARIA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Denomínase CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, al concurso por el cual se accede a los cargos de Residencias del Equipo de Salud que se desarrollen en instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN y las dependientes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 2º- Apruébase el Reglamento del CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, para las residencias básicas y articuladas que inicien en el año 2018 y que como ANEXO I (IF-12151955-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º - Apruébase el Reglamento del Concurso para las residencias post-básicas que inicien en el año 2018 y que como ANEXO II (IF-12152267-APN-DNCHYSO#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4º- Apruébase el cronograma de concurso para las residencias básicas y articuladas que inicien en el año 2018 que como ANEXO III (IF-03265477-APN-DNCHYSO#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5º- Apruébase el Formulario de Recepción de Documentación para las residencias básica y articuladas y Post Básicas que, como ANEXOS IV (IF-03262997-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 6º- Créase el Comité técnico del CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL GARRAHAN, HOSPITAL EL CRUCE, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y MUNICIPIOS ASOCIADOS, que será presidido en forma conjunta entre la SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA (MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN) y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN y CONTRALOR DEL CONOCIMIENTO, REDES Y TECNOLOGÍAS SANITARIAS (MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA); y la coordinación técnica en forma conjunta entre la Dirección Nacional de Capital Humano (MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN) y la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Trabajadores de la Salud (MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA).

ARTÍCULO 7º- Integrase el COMITÉ TÉCNICO creado por el Artículo N° 6 por los representantes de los espacios de docencia e investigación de las instituciones que integran este CONCURSO y representantes del MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y tendrá como función la administración y gestión del mismo. Todos los integrantes del Comité actuarán “ad-honorem” y su funcionamiento no implica erogación alguna. Las Instituciones mencionadas designarán a sus representantes de acuerdo a sus respectivas reglamentaciones.

ARTÍCULO 8º- Invitase al HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN y al HOSPITAL DR NÉSTOR C. KIRCHNER – ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE- S.A.M.I.C. y al MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES a adherir al reglamento y cronograma del concurso, así como a designar sus representantes en el comité que se crea por Artículo N° 6.

ARTÍCULO 9º- Deróguese la Resolución de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS N° 59 de fecha 18 de febrero de 2014.

ARTÍCULO 10º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL BOLETÍN OFICIAL y archívese. Josefa Rodriguez Rodriguez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2018 N° 76959/18 v. 16/10/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)