SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 223/2018
RESOL-2018-223-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2018
VISTO el Expediente Nº 1.763.453/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y Anexos de fojas 3/4 luce un acuerdo celebrado por la
UNION FERROVIARIA por el sector sindical, y la empresa ALVEAR ALEM
SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 875/07 “E” de acuerdo a las
disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o. 2004) de negociaciones
colectivas.
Que el acuerdo establece un incremento salarial con vigencia desde el 1
de abril de 2017, en los términos expresados en su texto para los
establecimientos de Alta Gracia, Provincia de Córdoba, y Diamante,
Provincia de Entre Ríos.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial, habiendo ratificado su contenido.
Que los delegados de personal han intervenido de acuerdo a lo previsto en el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que posteriormente deberán remitirse las actuaciones a la Dirección de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia
de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION
FERROVIARIA por el sector sindical, y la empresa ALVEAR ALEM SOCIEDAD
ANONIMA por el sector empleador, que luce a fojas 2 y Anexos de fojas
3/4 del Expediente N° 1.763.453/17.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de que el Departamento
Coordinación registre el acuerdo de fojas 2 y Anexos de fojas 3/4 del
Expediente N° 1.763.453/17.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo del promedio de remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente
procédase a la guarda junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
N° 875/07 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/10/2018 N° 77674/18 v. 19/10/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)