AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 344/2018
RESFC-2018-344-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2018
VISTO el Expediente EX-2018-24592695-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros.
1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de
2013, 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión
de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213
de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por la SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y POLÍTICA CRIMINAL del
MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS, por la que solicita la
asignación en uso de un sector del bien inmueble propiedad del ESTADO
NACIONAL, ubicado en la Avenida Belgrano Nº 836/Urquiza Nº 860, de la
Localidad de ROSARIO, Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE;
identificado catastralmente como Departamento 16 - Distrito 3 - Sección
01 – Manzana 222 - Parcela 11 (parte), correspondiente al CIE Nº
820004932-3 en jurisdicción del ex MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARÍA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, con una superficie total
aproximada a ceder de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 m2),
individualizado en el croquis que como ANEXO
IF-2018-41371730-APN-DIYRI#AABE forma parte integrante de la presente
medida.
Que la SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y POLÍTICA CRIMINAL informa que el
inmueble mencionado se destinará a un proyecto de conformación de un
comando conjunto entre autoridades judiciales, de investigación
criminal y de seguridad provincial y nacional para la lucha contra el
narcotráfico y los delitos relacionados en la Ciudad de ROSARIO.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar
las condiciones de ocupación de dicho inmueble, surge que se encuentra
subutilizado y en desuso.
Que por conducto de la Resolución RESFC-2018-40-APN-AABE#JGM de fecha
30 de enero de 2018 se asignó en uso el inmueble de marras a favor del
ex MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, habiéndose constatado por parte de esta Agencia que la
referida repartición no procedió a la ocupación y uso del mismo.
Que por Nota NO-2018-33156974-APN-DIYRI#AABE de fecha 12 de julio de
2018 se formalizó la propuesta de reubicación en otro sector del
inmueble ubicado en Avenida Belgrano Nº 836/Urquiza Nº 860 de la Ciudad
de ROSARIO. La DIRECCIÓN DE SANIDAD DE FRONTERAS Y TERMINALES DE
TRANSPORTE mediante NO-2018-34380284-APN-DSFYTT#MS de fecha 18 de julio
de 2018, prestó conformidad a la nueva reubicación propuesta por esta
Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que
será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8 del Decreto Nº 1.382/12, sustituido por
el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y los artículos 36 y 37 del
Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº
1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO
NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su
previa fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso
indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en
consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición
de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de
los mismos.
Que el inciso 20 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12, determina que
esta Agencia podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que
integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cual se considerarán
concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá
su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán
volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable a la Asignación de uso que se propicia,
lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado
por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018
(RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).
Que el presente caso se encuentra enmarcado en el inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Que en consecuencia corresponde desafectar de la jurisdicción del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
SALUD - SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN el sector
del inmueble mencionado en el considerando primero y asignarlo en uso
al MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE
JUSTICIA Y POLÍTICA CRIMINAL.
Que la presente medida se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO
NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD - SUBSECRETARÍA DE
CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN el sector del bien inmueble
propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la Avenida Belgrano Nº
836/Urquiza Nº 860, de la Localidad de ROSARIO, Departamento ROSARIO,
Provincia de SANTA FE; identificado catastralmente como Departamento 16
- Distrito 3 - Sección 01 – Manzana 222 - Parcela 11 (parte),
correspondiente al CIE Nº 82-0004932-3, con una superficie total
aproximada de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 m2), individualizado
en el croquis que como ANEXO IF-2018-41371730-APN-DIYRI#AABE forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS
HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y POLÍTICA CRIMINAL, el sector del
inmueble mencionado en el Artículo 1º, con el objeto destinarlo a un
proyecto de conformación de un comando conjunto entre autoridades
judiciales, de investigación criminal y de seguridad provincial y
nacional para la lucha contra el narcotráfico y los delitos
relacionados en la Ciudad de ROSARIO.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a
la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, a la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD,
REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, al MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS
HUMANOS y a la SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y POLÍTICA CRIMINAL.
ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/10/2018 N° 78930/18 v. 22/10/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)