ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 575/2018
RESFC-2018-575-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2018
VISTO las propuestas de subasta pública de Turnos de Caza Deportiva del
Ciervo Colorado y Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi
y Lanín, correspondientes a la Temporada 2019, cuyas actuaciones han
recaído en el Expediente EX-2018-30685198-APN-DGA#APNAC, y
CONSIDERANDO:
Que preliminarmente corresponden determinar las condiciones de la
operación, la entidad encargada del remate, las fechas de comienzo y
finalización de cada turno, las áreas incluidas, precios y toda otra
cuestión vinculada a la Temporada de Caza Deportiva 2019.
Que la actividad de Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo,
en jurisdicción de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, se
encuentra alcanzada y reglamentada por el “Reglamento Único de Caza de
Ciervo Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”
aprobado por la Resolución H.D. N° 277/2011.
Que, asimismo, debe tenerse presente que a través del Artículo 1° de la
Resolución H.D. Nº 70/2002, se otorgó el usufructo, administración y
comercialización de las áreas de caza “La Lagunita”, “Cuyín Manzano” y
“Arroyo de los Quemados Norte”, a la “ASOCIACIÓN DE FOMENTO RURAL DE
CUYÍN MANZANO”.
Que, en virtud de lo establecido en el Artículo 3º del citado
Reglamento, por el cual se establece que deben ser fijadas las
propuestas de fecha, turnos y duración de estos por cada una de las
Áreas Protegidas, la Dirección de Concesiones ha requerido a las
Intendencias respectivas, la remisión de las mismas, a través de la
Nota NO-2018-31788696-APN-DC#APNAC.
Que la Intendencia del Parque Nacional Lanín ha tomado intervención,
remitiendo a la Dirección de Concesiones, las Notas
NO-2018-44148304-APN-PNL#APNAC y NO-2018-45336205-APN-PNL#APNAC,
mediante las cuales comunica las propuestas de subastas de turnos en la
jurisdicción de dicha Área Protegida.
Que del mismo modo la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi
remitió a la Dirección de Concesiones los documentos
NO-2018-41706916-APN-PNNH#APNAC, NO-2018-35756987-APN-PNNH#APNAC e
IF-2018-35760170-APN-PNNH#APNAC, mediante los cuales comunica las
propuestas de turnos en su jurisdicción.
Que la Dirección Regional Patagonia Norte ha tomado intervención y en
la misma ha recomendado sustituir el mapa contenido en el documento
IF-2018-35760170-APN-PNNH#APNAC, por los mapas contenidos en los
documentos IF-2018-47523575-APN-DRPN#APNAC,
IF-2018-47523816-APN-DRPN#APNAC, IF-2018-47523964-APN-DRPN#APNAC,
IF-2018-47524273-APNDRPN#APNAC e IF-2018-47524648-APN-DRPN#APNAC,
finalizando su intervención mediante Informe
IF-2018-47526934-APN-DRPN#APNAC, sin objeciones sobre las áreas de caza
propuestas por las Intendencias.
Que la Dirección de Concesiones ha elaborado un Informe Técnico sobre
los valores base de los turnos y ha efectuado una propuesta de valores
de las bases de los turnos, el cual forma parte del
IF-2018-45312614-APN-DC#APNAC.
Que dicho Informe ha derivado en la propuesta de subasta suscripta en
los documentos IF-2018-46199592-APN-DC#APNAC e
IF-2018-46200545-APN-DC#APNAC.
Que en relación a la actualización de las tarifas de trofeos,
precintos, acompañantes, derechos y permisos de caza en propiedades
privadas de los Parques Nacionales Lanín y Nahuel Huapi, consignados en
los Anexos IF-2018-46203166-APN-DC#APNAC e
IF-2018-46205873-APN-DC#APNAC que forman parte integrante de la
presente, se ha estimado conveniente utilizar como referencia el Índice
de Precios al Consumidor publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICAS Y CENSOS (I.N.D.E.C.).
Que, a los efectos de homogeneizar y facilitar la tramitación y
operatoria de las referencias tarifarias de la actividad aquí
analizada, se ha incorporado al cuerpo del presente acto los rubros
relacionados con las tarifas a cobrar por gestión de documentación y
precintos (IF-2018-46206414-APN-DC#APNAC).
Que, asimismo, resulta de importancia para esta Administración contar
con un registro formal de los participantes de cada uno de los lotes a
subastar, por lo cual se ha confeccionado una Planilla de Registro
Personal de Subasta de Áreas Fiscales de Caza, como instrumento a ser
completado por aquellos que hayan sido acreditados en cada uno de los
turnos, cuyo formato integra la presente como Anexo
IF-2018-46206650-APN-DC#APNAC.
Que, en el mismo Reglamento, en su Artículo 7°, se indica que “(…) las
fechas o turnos de las áreas de caza serán adjudicados por remate
público al mejor postor, sobre el precio base que establezca la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES (…)”.
Que la Intendencia del Parque Nacional Lanín, en su propuesta,
manifiesta, según lo establecido en el Artículo 10 del Reglamento, que
la Primera y Segunda vuelta se llevarán a cabo el día 12 de noviembre
de 2018 a las 10:30 hs., en el “Salón de Uso Múltiple de la
Municipalidad de San Martín de los Andes”, ubicado en la calle Juan
Manuel de Rosas, entre Av. San Martín y Gral. Roca, en la localidad de
San Martín de los Andes, provincia del Neuquén.
Que la Intendencia del Parque Nacional Nahuel Huapi, en su propuesta,
manifiesta, según lo establecido en el Artículo 10 del Reglamento, que
la Primera y Segunda vuelta se llevarán a cabo el día 13 de noviembre
de 2018 a las 11 hs., en el “Centro de Convenciones de Villa Traful”,
ubicado en Ruta Provincial N° 65 Km. 36, localidad de Villa Traful,
provincia del Neuquén.
Que de acuerdo al Artículo 8º del Reglamento, la fecha, hora y lugar de
la subasta deben ser publicados por medio del Boletín Oficial de la
Nación, a través del sistema COMPR.AR-, sus similares de las provincias
de Río Negro y Neuquén y en los diarios de mayor circulación de las
provincias de Río Negro, Neuquén y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en virtud de efectuarse una subasta pública, es pertinente
encomendar a la Asociación de Martilleros y Corredores Inmobiliarios de
la IV Circunscripción Judicial de la provincia del Neuquén, la
realización de las subastas de turnos en áreas de caza, en los términos
que determina el Capítulo II del “Reglamento Único de Caza de Ciervo
Colorado en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”.
Que la Dirección Nacional de Uso Público, la Dirección General de
Asuntos Jurídicos y las Direcciones de Concesiones, de Comunicación y
Relaciones institucionales y Regional Patagonia Norte han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso o), de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la realización de las subastas públicas de las
áreas de caza de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín
correspondientes a la Temporada 2019, para las cuales será de
aplicación el “Reglamento Único de Caza del Ciervo Colorado y del
Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín”, que
fuera aprobado por la Resolución N° 277/2011 del Honorable Directorio.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que las referidas subastas públicas se
desarrollarán de acuerdo a las áreas, períodos y valores enunciados en
los documentos IF-2018-46199592-APN-DC#APNAC e
IF-2018-46200545-APN-DC#APNAC, que forman parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Asociación de Martilleros y Corredores
Inmobiliarios de la IV Circunscripción Judicial de la provincia del
Neuquén, la realización de la subasta pública de las áreas de caza del
Parque Nacional Lanín, a llevarse a cabo el día 12 de noviembre de 2018
y del Parque Nacional Nahuel Huapi, a llevarse a cabo el día 13 de
noviembre de 2018, adjudicándose cada turno al mejor postor y quedando
a cargo de las Intendencias de los citados Parques Nacionales el cobro
de las sumas correspondientes.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a la Asociación de Martilleros y Corredores
Inmobiliarios de la IV Circunscripción Judicial de la provincia del
Neuquén, que las condiciones generales de venta serán las siguientes:
a) en el momento del remate cada adjudicatario deberá abonar en
concepto de garantía el precio base con la comisión de práctica, más el
CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del valor en que el precio de venta supere
a la base, b) el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) restante deberá ser
abonado dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes al día del
remate y c) vencido este plazo sin operarse el pago, quedará sin efecto
la adjudicación, con pérdida a favor de esta Administración del
depósito de garantía.
ARTÍCULO 5º.- Determínase para los Parques Nacionales Nahuel Huapi y
Lanín, los siguientes valores en concepto de: a) Tarifa para
acompañantes sin derecho a caza, PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($
1.850.-), b) Precintos y trofeos en áreas fiscales, según el detalle
obrante en el Anexo IF-2018-46203166-APN-DC#APNAC de la presente, c)
Permisos de caza y precintos en propiedades privadas, según el detalle
obrante en el Anexo IF-2018-46205873-APN-DC#APNAC de la presente, y d)
Tarifas a cobrar por gestión de documentación y precintos, según el
detalle obrante en el Anexo IF-2018-46206414-APN-DC#APNAC de la
presente.
ARTÍCULO 6º.- Establécese que los participantes de la subasta deberán
registrarse en la planilla de Registro Personal de Subasta de Áreas
Fiscales de Caza, que forma parte integrante de la presente como Anexo
IF-2018-46206650-APN-DC#APNAC.
ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Lanín a
proceder a la publicación en el Boletín Oficial de las Provincias del
Neuquén y Río Negro respectivamente e informar en el Sistema COMPR.AR
(https://comprar.gob.ar), la hora y lugar de la 1° y 2° vuelta de los
remates que tendrán lugar el día 12 de noviembre de 2018 a las 10:30
hs., en el “Salón de Usos Múltiples de la Municipalidad de San Martín
de los Andes” ubicado en la calle Juan Manuel de Rosas, entre Av. San
Martín y Gral. Roca, en la localidad de San Martín de los Andes,
Provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 8°.- Instrúyase a la Intendencia del Parque Nacional Nahuel
Huapi a proceder a la publicación en el Boletín Oficial de las
Provincias del Neuquén y Río Negro respectivamente e informar en el
Sistema COMPR.AR (https://comprar.gob.ar), la hora y lugar de la 1° y
2° vuelta de los remates que tendrán lugar el día 13 de noviembre de
2018 a las 11 hs., en el “Centro de Convenciones de Villa Traful”
ubicado en Ruta Provincial N° 65, Km. 36, localidad de Villa Traful,
provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 9º.- Instrúyase a la Dirección de Comunicación y Relaciones
institucionales para que gestione según corresponda la publicación en
los diarios de mayor circulación de las Provincias de Río Negro,
Neuquén y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el texto sugerido en
la NO-2018-53746180-APN-DNUP#APNAC.
ARTÍCULO 10º.- Comuníquese a la Dirección Regional Patagonia Norte y a
las Intendencias de los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín, y por
intermedio de ellas, notifíquese en legal forma a la Asociación de
Martilleros y Corredores Inmobiliarios de la IV Circunscripción
Judicial de la provincia del Neuquén, conforme lo dispuesto en los
Artículos 3° y 4° de la presente. Por el Departamento de Mesa General
de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese por UN (1) día en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Cumplido, y con las debidas
constancias, gírense las actuaciones a las citadas Intendencias para la
prosecución del trámite.
ARTÍCULO 11º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo
Federico Galli Villafañe - Roberto María Brea - Gerardo Sergio Bianchi
- Eugenio Indalecio Breard
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/10/2018 N° 80748/18 v. 26/10/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI)