MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 858/2018
RESOL-2018-858-APN-MSG - Ofrécense recompensas.
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-46740823- -APN-SCPC#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N°
2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que ante la Fiscalía en lo Penal de Instrucción de la Tercera
Nominación a cargo de la Dra. María del Carmen REUTER, tramitan los
autos caratulados “REJAS ROBERTO CARLOS S/ HOMICIDIO AGRAVADO (ART. 80
INC. 1º) ART. 80, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, HOMICIDIO
AGRAVADO (ART. 80 INC. 2º) VICT. AVELLANEDA OJEDA MILAGROS DE LOS
ANGELES, BENICIO CORONEL”.
Que la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas
personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que permitan dar con el paradero de Milagros de los Ángeles
AVELLANEDA OJEDA, D.N.I. N° 39.573.079, de 26 años de edad al momento
de su desaparición, nacida el 23 de octubre del año 1990, hija de
Amalia de Jesús OJEDA y, asimismo, con el paradero de su hijo menor de
edad Benicio CORONEL, nacido el 10 de mayo del año 2015, con D.N.I Nº
54.784.599, quienes fueran vistos por última vez el día 28 de octubre
de 2016, a las 20:30 hs. saliendo de su domicilio en Pasaje Reyes
Peñaloza N° 699, Barrio Lola Mora de San Miguel de Tucumán,
desconociendo al momento su paradero.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($
250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el
paradero de Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA, con D.N.I. N°
39.573.079, nacida el 23 de octubre del año 1990, quien fuera vista por
última vez el día 28 de octubre de 2016, a las 20:30 hs. saliendo de su
domicilio en Pasaje Reyes Peñaloza N° 699, Barrio Lola Mora de San
Miguel de Tucumán, desconociendo al momento su paradero.
ARTICULO 2º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($
250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en
el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el
paradero de Benicio CORONEL, hijo de Milagros de los Ángeles AVELLANEDA
OJEDA, nacido el 10 de mayo del año 2015, con D.N.I Nº 54.784.599,
quien fuera visto por última vez el día 28 de octubre de 2016, a las
20:30 hs., junto con su madre, saliendo de su domicilio en Pasaje Reyes
Peñaloza N° 699 Barrio Lola Mora de San Miguel de Tucumán,
desconociendo al momento su paradero.
ARTICULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de
acceso rápido 134.
ARTICULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 6°.-Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de las recompensas oportunamente
ofrecidas en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 566/2022
del Ministerio de Seguridad B.O. 26/8/2022 se dispone el incremento de
las recompensas oportunamente ofrecidas por la presente Resolución, a la
suma total de PESOS UN
MILLÓN ($1.000.000). Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
e. 31/10/2018 N° 82278/18 v. 31/10/2018