MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 858/2018

RESOL-2018-858-APN-MSG - Ofrécense recompensas.

Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-46740823- -APN-SCPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que ante la Fiscalía en lo Penal de Instrucción de la Tercera Nominación a cargo de la Dra. María del Carmen REUTER, tramitan los autos caratulados “REJAS ROBERTO CARLOS S/ HOMICIDIO AGRAVADO (ART. 80 INC. 1º) ART. 80, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, HOMICIDIO AGRAVADO (ART. 80 INC. 2º) VICT. AVELLANEDA OJEDA MILAGROS DE LOS ANGELES, BENICIO CORONEL”.

Que la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA, D.N.I. N° 39.573.079, de 26 años de edad al momento de su desaparición, nacida el 23 de octubre del año 1990, hija de Amalia de Jesús OJEDA y, asimismo, con el paradero de su hijo menor de edad Benicio CORONEL, nacido el 10 de mayo del año 2015, con D.N.I Nº 54.784.599, quienes fueran vistos por última vez el día 28 de octubre de 2016, a las 20:30 hs. saliendo de su domicilio en Pasaje Reyes Peñaloza N° 699, Barrio Lola Mora de San Miguel de Tucumán, desconociendo al momento su paradero.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA, con D.N.I. N° 39.573.079, nacida el 23 de octubre del año 1990, quien fuera vista por última vez el día 28 de octubre de 2016, a las 20:30 hs. saliendo de su domicilio en Pasaje Reyes Peñaloza N° 699, Barrio Lola Mora de San Miguel de Tucumán, desconociendo al momento su paradero.

ARTICULO 2º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Benicio CORONEL, hijo de Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA, nacido el 10 de mayo del año 2015, con D.N.I Nº 54.784.599, quien fuera visto por última vez el día 28 de octubre de 2016, a las 20:30 hs., junto con su madre, saliendo de su domicilio en Pasaje Reyes Peñaloza N° 699 Barrio Lola Mora de San Miguel de Tucumán, desconociendo al momento su paradero.

ARTICULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTICULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 5º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 6°.-Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas en la presente Resolución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)

(
Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 566/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 26/8/2022 se dispone el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas por la presente Resolución, a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000). Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)

e. 31/10/2018 N° 82278/18 v. 31/10/2018