JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
Resolución 32/2018
RESOL-2018-32-APN-SECEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2018
VISTO el Expediente EX-2018-15570388-APN-DGA#DNM del Registro de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, las Leyes Nros. 25.164, 22.431 y
27.431, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de
febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por
el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios; el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002; la
Decisión Administrativa Nº 338 de fecha 16 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27.431 que aprueba el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2018 estableció que las
decisiones administrativas que autoricen la cubertura de cargos
vacantes tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el
siguiente para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan
podido ser cubiertas.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 338 del 16 de marzo de 2018
se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley
N° 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos de
selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes pertenecientes a la
reserva establecida por el artículo 6° de dicha Ley, en el ámbito del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06 y sus modificatorios.
Que, mediante el Acto Administrativo citado en el parágrafo anterior,
se facultó a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a identificar los cargos vacantes que se consideraran
autorizados a cubrir, y cuyo descongelamiento se dispone en el artículo
4° de la dicha medida, sobre la base de la información suministrada por
los titulares de las jurisdicciones y entidades, y el análisis que
efectúe respecto de las necesidades de cobertura de vacantes.
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Reglamentario
Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y los artículos 11, 19, 51, 56 y
57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de
febrero de 2006, aplicables también para la promoción del personal
permanente a cargos superiores.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha solicitado autorización
para la cobertura determinados cargos vacantes de la planta permanente.
Que, en base a la información suministrada por el Organismo mencionado,
el análisis efectuado respecto de las necesidades de cobertura de
vacantes y lo establecido en los artículos 4° y 5° de la Decisión
Administrativa N° 338/2018, se procede a asignar los cargos vacantes al
citado Organismo, autorizados para su cobertura mediante el Régimen de
Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios.
Que por otra parte resulta importante optimizar en cada jurisdicción la
propia fuerza de trabajo y la inversión realizada en capacitación de
personal logrando así, la regularización, de las plantas de personal
que participen del llamado a concurso desde esta primera instancia.
Que, asimismo, sobre la base de la práctica recogida, se estima
necesario dotar al Estado Nacional de personal idóneo que aporte su
experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública.
Que, elaborada la propuesta, la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera se ha expedido favorablemente mediante Acta Nº 114 de fecha 09
de octubre de 2018.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA
DE EMPLEO PÚBLICO y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambos del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, han tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 338 de
fecha 16 de marzo de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Asígnanse SEISCIENTOS DIECINUEVE (619) cargos vacantes y
autorizados para su cobertura por el artículo 4° de la Decisión
Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo de 2018, a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MIGRACIONES.
ARTÍCULO 2°. - Los procesos de selección serán realizados por
convocatoria Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por
el Título IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°. - La DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deberá proceder a
la apertura de inscripción de los procesos mencionados en el artículo
anterior dentro de los cuarenta (40) días contados a partir de la fecha
de publicación de la presente.
ARTÍCULO 4°. - Establécese como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes
autorizados por Decisión Administrativa N° 338/2018 - la acreditación
de experiencia laboral superior a (DIEZ) 10 años en la Administración
Pública Nacional.
El aludido requisito de admisión no será aplicable a las personas con
discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentra bajo el
régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en
el artículo 8° de la Ley Nº 22.431.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese Pablo Martin Legorburu
e. 01/11/2018 N° 82677/18 v. 01/11/2018