ACUERDOS

Decreto 990/2018

DECTO-2018-990-APN-PTE - Modelos de Garantía y Contragarantía. Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-48660856-APN-DGD#MHA y los Modelos de Convenio de Crédito Comercial y de Convenio de Crédito a Comprador Extranjero, propuestos para ser suscriptos entre la Provincia de CÓRDOBA y la institución financiera DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA, y

CONSIDERANDO:

Que el “Programa Avanzado de Escuelas Secundarias (Escuelas PROA)” (el “PROGRAMA”), tiene como objetivo mejorar la calidad educativa de la Escuela Secundaria de gestión estatal de la Provincia de CÓRDOBA, mediante la incorporación de escuelas experimentales de formato curricular flexible y enfoque en las nuevas tecnologías, siendo el responsable de su ejecución la AGENCIA CÓRDOBA DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA (“A.C.I.F. S.E.M.”) que funciona en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO de la Provincia de CÓRDOBA.

Que en el marco del PROGRAMA, con fecha 6 de abril de 2018, se suscribió el Contrato Llave en Mano “CONSTRUCCIÓN DE 34 ESCUELAS PROA Y PROVISIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA 6 ESCUELAS PROA–PROVINCIA DE CORDOBA -CONTRATACIÓN LLAVE EN MANO” (el “CONTRATO”), entre la A.C.I.F. S.E.M. y la empresa MAKIBER SOCIEDAD ANÓNIMA, cuyo objeto es la ejecución de la mencionada obra (la “OBRA”).

Que a los efectos de la financiación de la OBRA, de conformidad con los requerimientos normativos y contractuales aplicables, corresponde suscribir entre la Provincia de CÓRDOBA y el DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA los Modelos de: a) CONVENIO DE CRÉDITO COMERCIAL por un monto de hasta EUROS DOCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO DIECINUEVE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS (EUR 12.262.119,32) y b) CONVENIO DE CRÉDITO A COMPRADOR EXTRANJERO, por un monto de EUROS SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA CON NUEVE CENTAVOS (EUR 69.036.660,09) (los “CONVENIOS DE CRÉDITO”).

Que en tal sentido, la institución financiera DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un ACUERDO DE GARANTÍA por cada uno de los CONVENIOS DE CRÉDITO, con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que la Provincia de CÓRDOBA contraiga como consecuencia de la suscripción de los mismos.

Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes de los CONVENIOS DE CRÉDITO COMERCIAL y CONVENIO DE CRÉDITO A COMPRADOR EXTRANJERO a ser suscriptos y preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA la suscripción de un CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA por cada CONVENIO DE CRÉDITO, por medio de los cuales este último se compromete a cancelar en efectivo, cualquier importe debido en virtud de lo establecido en los Convenios de Crédito Comercial y de Crédito a Comprador Extranjero y los ACUERDOS DE GARANTÍA, en los plazos previstos en los referidos Convenios de Crédito Comercial y de Crédito a Comprador Extranjero.

Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA autorizará al MINISTERIO DE HACIENDA a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

Que en estos términos, resulta oportuno aprobar los Modelos de ACUERDO DE GARANTÍA a ser suscriptos entre el DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA y la REPÚBLICA ARGENTINA y los Modelos de CONTRATO DE CONTRAGARANTÍA a ser suscriptos entre esta última y la Provincia de CÓRDOBA.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Modelos de ACUERDO DE GARANTÍA a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA que constan de DIEZ (10) cláusulas cada uno los que forman parte integrante del presente decreto como Anexo I (IF-2018-50308532-APN-SSRFI#MHA) y Anexo II (IF-2018-50308542-APN-SSRFI#MHA) respectivamente.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los Modelos de CONTRATOS DE CONTRAGARANTÍA a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA que constan de OCHO (8) artículos cada uno, adjuntos como Anexo III (IF-2018-50308704-APN-SSRFI#MHA) y Anexo IV (IF-2018-50308720-APN-SSRFI#MHA), a la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir los Acuerdos y los Contratos cuyos modelos se aprueban por medio de los artículos 1° y 2° del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los Acuerdos y a los Contratos cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° del presente decreto, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía y al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación de los ACUERDOS DE GARANTÍA y aquéllos requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución de los CONVENIOS DE CRÉDITO, a ser suscriptos entre el Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA y el DEUTSCHE BANK, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/11/2018 N° 83391/18 v. 02/11/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)