CONSEJO FEDERAL PESQUERO
Resolución 14/2018
Buenos Aires, 01/11/2018
VISTO las Leyes N° 24.922 y N° 26.600, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.922 establece en su artículo 17 que la pesca en todos
los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina estará sujeta a las
restricciones que establezca el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, con
fundamento en la conservación de los recursos, para evitar excesos de
explotación y prevenir efectos dañosos sobre el entorno y la unidad del
sistema ecológico.
Que en los espacios marítimos de jurisdicción argentina se ha detectado
la presencia de cuatro especies de tortugas marinas: la tortuga verde
(Chelonia mydas), la tortuga cabezona (Caretta caretta), la tortuga
carey (Eretmochelys imbricata) y la tortuga laúd (Dermochelys
coriacea), las cuales utilizan la zona como ruta migratoria y área de
alimentación y desarrollo.
Que las principales amenazas que enfrentan las tortugas marinas son la
contaminación de las aguas con residuos sólidos urbanos y, en menor
medida la captura incidental en algunos tipos de redes de pesca, por lo
cual el Programa de Acción Nacional para Reducir la Interacción de las
Tortugas Marinas con las Pesquerías constituye uno de los dos
componentes fundamentales de un Plan de Acción Nacional para la
Conservación de las Tortugas Marinas, el que también prevé incluir el
“Programa de Acción Nacional para Reducir la Interacción de las
Tortugas Marinas con los residuos marinos en la República Argentina”,
aprobado por la Resolución Nº 317/2015 del Consejo Federal de Medio
Ambiente (COFEMA).
Que esta iniciativa surge a partir de la implementación de la
Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las
Tortugas Marinas aprobada en Argentina a través de la sanción de la Ley
Nacional 26.600 del año 2010 y ratificada en 2011,y se enmarca dentro
de los lineamientos de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
ALIMENTACIÓN (FAO) para la aplicación práctica del enfoque
ecosistémico, considerando fundamentales las relaciones ecológicas
entre los recursos pesqueros que son objeto de captura y las especies
dependientes o asociadas con tales recursos.
Que la importancia de la relación de las pesquerías con otros
componentes del ecosistema ha sido destacada por el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO en el Acta N° 26 de fecha 20 de julio de 2006, oportunidad en
la que se instruyó al INIDEP para que los programas de investigación
fueran estructurados bajo un enfoque ecosistémico, y en los distintos
Planes de Acción Nacionales
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la
presente de conformidad con los incisos a), b) y e) del artículo 9° de
la Ley N° 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el Programa de Acción Nacional para Reducir la
Interacción de Tortugas Marinas con Pesquerías en la República
Argentina, cuyo texto se adjunta como ANEXO I del ACTA del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO N° 31 de fecha 1° de noviembre de 2018.
ARTICULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Carlos D. Liberman - Ricardo Ancell
Patterson - Juan M. Bosch - Juan Martin Colombo - Antonio Gustavo
Trombetta - Oscar Ángel Fortunato - Juan Antonio López Cazorla - María
Silvia Giangiobbe - Raul Jorge Bridi.
e. 07/11/2018 N° 84450/18 v. 07/11/2018