CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 14/2018

Buenos Aires, 01/11/2018

VISTO las Leyes N° 24.922 y N° 26.600, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.922 establece en su artículo 17 que la pesca en todos los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina estará sujeta a las restricciones que establezca el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, con fundamento en la conservación de los recursos, para evitar excesos de explotación y prevenir efectos dañosos sobre el entorno y la unidad del sistema ecológico.

Que en los espacios marítimos de jurisdicción argentina se ha detectado la presencia de cuatro especies de tortugas marinas: la tortuga verde (Chelonia mydas), la tortuga cabezona (Caretta caretta), la tortuga carey (Eretmochelys imbricata) y la tortuga laúd (Dermochelys coriacea), las cuales utilizan la zona como ruta migratoria y área de alimentación y desarrollo.

Que las principales amenazas que enfrentan las tortugas marinas son la contaminación de las aguas con residuos sólidos urbanos y, en menor medida la captura incidental en algunos tipos de redes de pesca, por lo cual el Programa de Acción Nacional para Reducir la Interacción de las Tortugas Marinas con las Pesquerías constituye uno de los dos componentes fundamentales de un Plan de Acción Nacional para la Conservación de las Tortugas Marinas, el que también prevé incluir el “Programa de Acción Nacional para Reducir la Interacción de las Tortugas Marinas con los residuos marinos en la República Argentina”, aprobado por la Resolución Nº 317/2015 del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

Que esta iniciativa surge a partir de la implementación de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas aprobada en Argentina a través de la sanción de la Ley Nacional 26.600 del año 2010 y ratificada en 2011,y se enmarca dentro de los lineamientos de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN (FAO) para la aplicación práctica del enfoque ecosistémico, considerando fundamentales las relaciones ecológicas entre los recursos pesqueros que son objeto de captura y las especies dependientes o asociadas con tales recursos.

Que la importancia de la relación de las pesquerías con otros componentes del ecosistema ha sido destacada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO en el Acta N° 26 de fecha 20 de julio de 2006, oportunidad en la que se instruyó al INIDEP para que los programas de investigación fueran estructurados bajo un enfoque ecosistémico, y en los distintos Planes de Acción Nacionales

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con los incisos a), b) y e) del artículo 9° de la Ley N° 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el Programa de Acción Nacional para Reducir la Interacción de Tortugas Marinas con Pesquerías en la República Argentina, cuyo texto se adjunta como ANEXO I del ACTA del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 31 de fecha 1° de noviembre de 2018.

ARTICULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos D. Liberman - Ricardo Ancell Patterson - Juan M. Bosch - Juan Martin Colombo - Antonio Gustavo Trombetta - Oscar Ángel Fortunato - Juan Antonio López Cazorla - María Silvia Giangiobbe - Raul Jorge Bridi.

e. 07/11/2018 N° 84450/18 v. 07/11/2018