MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución 906/2018

RESOL-2018-906-APN-MHA

Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2018

Visto el expediente EX-2018-49286014-APN-DGD#MHA, la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones, la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y la resolución 670 del 11 de agosto de 2000 del ex Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO

Que en el inciso a del artículo 35 del anexo del decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 reglamentario de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, se establece que el/la señor/a Jefe de Gabinete de Ministros, los/las señores/as Ministros y el señor Secretario General de la Presidencia de la Nación, dentro de sus jurisdicciones, determinarán quiénes son los funcionarios de “nivel equivalente” referidos en ese artículo.

Que en el inciso e del artículo 35 del anexo del mencionado decreto, se determina que la formalización de los actos de aprobación de gastos, ordenamiento de pagos y desembolsos se instrumentará en los formularios/ comprobantes de uso general y uniforme que establezca la Secretaría de Hacienda.

Que en el mencionado inciso se indica a su vez, que toda salida de fondos del Tesoro Nacional requiere ser formalizada mediante una orden de pago emitida por el Servicio Administrativo Financiero (SAF), la que deberá ser firmada por los señores Secretarios o Subsecretarios o funcionarios de nivel equivalente de quienes estos dependan, juntamente con los responsables de esos servicios y de las unidades de registro contable.

Que resulta primordial gestionar el pago de los servicios de la deuda pública y de los gastos asociados con cargo a la Jurisdicción 90, con la suficiente antelación a la fecha del vencimiento de las obligaciones contraídas.

Que dada la necesidad de agilizar administrativamente la suscripción de las órdenes de pago se considera necesario establecer la nómina de funcionarios que serán considerados con nivel equivalente a Secretario o Subsecretario.

Que en la resolución 670 del 11 de agosto de 2000 del ex Ministerio de Economía se dispone qué funcionarios son considerados con nivel equivalente a Secretario o Subsecretario para suscribir las órdenes de pago en los términos del artículo 8° del decreto 2662 del 29 de diciembre de 1992.

Que en atención a la derogación del decreto antes referido dispuesta en el artículo 2° del decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y a la reestructuración organizativa acaecida en la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, resulta oportuno proceder a derogar la resolución citada en el considerando anterior.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones contempladas en el inciso a del artículo 35 del anexo del decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y en la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Establecer como funcionarios de nivel equivalente a Secretario/a, al/ a la Director/a Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, al/ a la Subdirector/a Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público y al/ a la Director/a de Administración de la Deuda Pública, todos ellos del Servicio Administrativo Financiero 355 – Jurisdicción 90 Servicio de la Deuda Pública, en los términos del inciso a del artículo 35 del anexo del decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, a los fines de suscribir las Órdenes de Pago Presupuestarias y no Presupuestarias, como así también, sus documentos modificatorios y demás informes contables vinculados al Sistema de Administración Financiera.

ARTICULO 2°.- Derogar la resolución 670 del 11 de agosto de 2000 del ex Ministerio de Economía.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne

e. 08/11/2018 N° 84943/18 v. 08/11/2018