MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 918/2018

RESOL-2018-918-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2018

VISTO el Expediente EX-2018-39845370-APN-DGAJ#MSG del Registro de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros. 12.954 y 22.520 (t.o. 1992), el Decreto N° 34.952 de fecha 8 de noviembre de 1947 y la Decisión Administrativa N° 299 del 9 de marzo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 12.954 se creó el Cuerpo de Abogados del Estado, el que tendrá a su cargo el asesoramiento jurídico y la defensa ante los tribunales, del Poder Ejecutivo y de todos los organismos que integran la administración.

Que según la mentada Ley, el Cuerpo de Abogados del Estado se compondrá de una Dirección General y delegaciones en cada uno de los ministerios, secretarías de Estado y reparticiones de la administración de jurisdicción nacional que tengan actualmente constituidas asesorías o direcciones de asuntos legales y las que en lo sucesivo puedan crearse.

Que mediante el Decreto N° 34.952 del 8 de noviembre de 1947, se aprobó la Reglamentación del Cuerpo de Abogados del Estado.

Que conforme la citada Reglamentación, las delegaciones del Cuerpo de Abogados del Estado en los distintos Ministerios, Secretarías de Estado, reparticiones autárquicas y demás organismos de la Administración nacional estarán constituidas por las Direcciones de Asuntos Jurídicos o Legales, y Asesorías Letradas o Legales que los respectivos presupuestos les asignen.

En esta inteligencia, el artículo 9° del mencionado Decreto refiere que cada delegación estará a cargo de un director o asesor letrado, que en caso de excusación, recusación, ausencia, licencia o impedimento será reemplazado por un subdirector o subasesor, según sea la organización de la respectiva delegación. Que con respecto a aquellas delegaciones que no tengan subdirector o subasesor, el ministro o repartición respectiva podrán solicitar a la Dirección General del Cuerpo de Abogados la designación de un reemplazante, o autorizar para reemplazar en tales casos al asesor, a cualquier funcionario de la delegación en condiciones legales.

Que de conformidad a la Decisión Administrativa N° 299 de fecha 9 de marzo de 2018, que aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, FORMACIÓN Y CARRERA, tiene asignada como responsabilidad primaria la de prestar asesoramiento técnico-jurídico, como Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, y representar al Estado Nacional en todos aquellos procesos judiciales en los que deba intervenir el MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que dependen de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del Ministerio, la DIRECCIÓN DE ASESORÍA LEGAL Y DICTÁMENES, y las Coordinaciones de Gestión Judicial, de Acceso a la Información Pública, y la de Asuntos Registrales. Que ninguna de las dependencias mencionadas, posee facultades y competencias específicas para suplantar en todo al Titular del cuerpo de abogados de esta cartera Ministerial.

Que en caso de excusación, recusación, ausencia, licencia o impedimento en el ejercicio de sus funciones por parte del Titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, resulta necesario contar con un funcionario que esté en condiciones legales de asumir su reemplazo a fin de garantizar la continuidad y eficiente prestación del servicio permanente de asesoramiento jurídico del Ministerio.

Que la medida propiciada no generara una mayor erogación ni compromiso presupuestario para la jurisdicción.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia sin señalar observaciones a la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° del Decreto N° 34.952/47, y el artículo 4°, inciso b), aparatados 6 y 9 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Titular de la DIRECCIÓN DE ASESORÍA LEGAL Y DICTÁMENES a asumir y ejercer el reemplazo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS en caso de excusación, recusación, ausencia, licencia o impedimento en el ejercicio de funciones por parte del Titular de ésta última Dirección.

ARTÍCULO 2º: Autorizase al Titular de la Coordinación de la Gestión Judicial a asumir y ejercer el reemplazo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS en caso de excusación, recusación, ausencia, licencia o impedimento en el ejercicio de sus funciones por parte de su Titular, siempre que por las mismas razones, no pueda hacerlo el Titular de la DIRECCIÓN DE ASESORÍA LEGAL Y DICTÁMENES.

ARTICULO 3°: El reemplazo contemplado en los artículos 1° o 2° será de carácter excepcional, e implicará desempeñar las funciones inherentes al cargo de DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del Ministerio, cesando de pleno derecho una vez que desaparezcan las causales que dieron lugar al mismo.

ARTICULO 4°: El reemplazo contemplado en los artículos 1° o 2°, no generará una mayor erogación ni compromiso presupuestario alguno para esta jurisdicción.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 14/11/2018 N° 86532/18 v. 14/11/2018