ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4334
Procedimiento. Solicitudes de
compensación de saldos de impuestos. Resolución General Nº 1.658 y su
modificación. Norma modificatoria.
Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2018
VISTO la Ley Nº 3.764, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones y la Resolución General Nº 1.658 y su modificación, y
CONSIDERANDO:
Que la citada ley, de impuestos internos para determinados productos,
en su Artículo 57 establece que “El ingreso de los impuestos regidos
por este Título se efectuará mediante depósito de su importe por el
responsable en el Banco de la Nación Argentina en la cuenta “Impuestos
Internos Nacionales” orden “Dirección General Impositiva”, careciendo
de validez todo pago hecho en otra forma que la expresada excepto los
ingresos referidos a los gravámenes sobre el importe de facturación por
la provisión de gas y sobre el total de pulsos telefónicos, los que
serán percibidos e ingresados, por las entidades financieras o las
prestadoras, según corresponda, con arreglo a las disposiciones que
dicte el mencionado Organismo.”.
Que en función de la referida manda legal, esta Administración Federal
estima que no resulta de aplicación a los mencionados tributos la
compensación facultativa prevista por el segundo párrafo del Artículo
27 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones,
por lo que no se encuentra habilitado ese mecanismo de cancelación de
las obligaciones dispuesto por la resolución general indicada en el
VISTO.
Que sin perjuicio de lo expuesto, la Subdirección General de Servicios
al Contribuyente da cuenta de las inquietudes formuladas por los
contribuyentes afectados por esta temática, quienes manifiestan contar
con saldos de libre disponibilidad cuya aplicación para la cancelación
de sus deudas por impuestos internos, les facilitaría el cumplimiento
de sus obligaciones en circunstancias de dificultades financieras.
Que atendiendo a la problemática planteada y con el fin de facilitar el
cumplimiento de las obligaciones por parte de los responsables, lo que
redundará en una mejora de la recaudación de estos tributos, procede,
en uso de las facultades conferidas a esta Administración Federal por
el Artículo 24 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones, disponer, alternativamente a la modalidad de pago
prevista en el citado Artículo 57 de la Ley Nº 3.764, texto ordenado en
1979 y sus modificaciones, como medio de cancelación de los impuestos
internos regidos por esa norma, la compensación reglada por la
Resolución General N° 1.658 y su modificación.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Servicios al Contribuyente, de Recaudación y de Sistemas y
Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Artículos 24 y 27 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones, y el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de
1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 4° de la Resolución General N° 1.658 y su modificación, por el siguiente:
“ARTICULO 4°.- Los contribuyentes o responsables comprendidos en la Ley
de Impuestos Internos Nº 3.764, texto ordenado en 1979 y sus
modificaciones o en la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por
la Ley N° 24.674 y sus modificaciones, que cumplan con las condiciones
previstas por el Artículo 1°, podrán compensar las obligaciones
fiscales emergentes de dichos gravámenes, en los términos de la
presente.”.
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en la presente resolución general resultará
de aplicación para las solicitudes de compensación que se formulen a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro German Cuccioli
e. 14/11/2018 N° 86903/18 v. 14/11/2018