MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Resolución 105/2018

RESOL-2018-105-APN-SGE#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-12371593-APN-DDYME#MEM, la Resolución N° 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Ley Nº 26.093 se dispuso el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio de la Nación Argentina.

Que a través del Decreto N° 1.025 del 12 de diciembre de 2017 se determinó, entre otras cosas, que el precio del biodiesel destinado al mercado interno sería determinado por el ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, por sí o a través de las dependencias creadas bajo su órbita, facultándolo a dictar las normas correspondientes.

Que por la Resolución N° 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se aprobó el Procedimiento para la Determinación del Precio de Adquisición del Biodiesel destinado a la Mezcla en el Mercado Interno.

Que corresponde determinar el precio del citado producto a partir del 1° de noviembre de 2018 de acuerdo a lo establecido en la citada resolución, y darlo a publicidad conforme con lo dispuesto en su artículo 2°.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 958/2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjase en PESOS VEINTIOCHO MIL CIENTO DOCE ($28.112) por tonelada, el precio de adquisición del biodiesel para su mezcla obligatoria con gas oil en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.093, el cual regirá para las ventas realizadas a partir del 1° de noviembre de 2018 hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Javier Alfredo Iguacel

e. 15/11/2018 N° 87300/18 v. 15/11/2018